CLAUDIA KATIME ZUÑIGA
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DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
Síntesis de la Historia y origen de sus instituciones
Doctor Ramón Pacheco Sánchez
Profesor de Derecho Internacional Público
                                                                                            
Esclavismo:
 
China: Organizado en la edad antigua, bajo una autoridad imperial, muchas veces débil y teóricamente suprema. Influyen en la costumbres de los pueblos chinos: el Emperador Amarillo; Laot Tsé y Confusio, en la investigaciones sobre la naturaleza, las plantas y su uso, el medio biológico del ser, y las enseñanzas filosofía a su pueblo. La filosofía política fue basada en la idea de dominación universal “China – Imperio del Centro – y sus emperador – Hijo del cielo”(1).El DIP es muy incipiente en sus relaciones con otras naciones. Hubo algunas costumbre cuasi internacionales. Confucio influye en el tema de la paz, condena la guerra como un mal, por excepción se aprobará la guerra justa contra un Estado que oprime a un pueblo los límites morales del poder del estado, alaba políticas que se alcancen por medios pacíficos. Los pueblos de cada uno de los señores en guerra no se consideraban enemigos entre si, no hubo discriminación entre los súbditos y un príncipe enemigo. En tiempo de paz el intercambio entre los principios y sus enviados estaba regulado por unos ceremoniales cuidadosamente graduados, según el rango de las personas. Se dice que allí nació o tuvo su origen mas primitivo o remoto el ceremonial diplomático. La gran unión de Estados chinos concebida por Confucio (519-479 AC) ha sido comparada como la de de la Sociedad de Naciones.(1) (2)
 
India: El documento mas preciado es el Código de Manú compilación hecha 100 años ac. Se destacan algunas descripciones sobre las prácticas de guerra, aun cuando parece referirse a las luchas tribales del pueblo Indu. Se considera la guerra justa como algo inevitable. “Un guerrero digno se supone que no ataca al enemigo dormido, o que ha perdido su escudo o esta desarmado, o se ha dado a la huida.” (1). Se da el respetar las plantaciones o cultivos y a las moradas y a los propios cultivadores de la tierra.(1)
 
Mesopotámia: Se desarrolla en lo que es hoy medio oriente una gran culturadel los pueblos árabes, Mesopotámia, Babilonia, Palestina y el imperio de los Hititas. Son los países de la cuenca del Mediterráneo propicios para los intercambios de mercaderías de la región e intercambios jurídicos de ciertos códigos como el de Hammurabi (3)( escrito en 1675 ac y descubierto en 1902 en escritos cuneiformes ) Es una de las culturas mas antiguas, que dejo sus vestigios a través de manuscritos. Ya cerca del 3100 ac data el tratado mas antiguo de que tenga cuenta la humanidad, se habla de un tratado de Eannatur, el victorioso señor de la ciudad-Estado de Lagash de Mosopotamia y los hombres de Humma, otra “ciudad-estado” de la misma región. Hay quienes afirman que dicho tratado traía una cláusula de arbitraje. Habiéndose señalado los limites de Lagash y Humma por Misilin rey de la comunidad Kish.Los hititas buscaban la paz y no la guerra; con Babilonia realizaron una alianza y una política de neutralidad. Es de anotar que tales tratados alcanzaron fórmulas estables, protocolos y ceremonias definidas.(4) Truyol y Serra Historia del DIP,Edit Técnos,S.A. 1998,pag.19 ).
 
Para esta época encontramos los Estados vasallos quienes celebraron tratados por sometimiento, en el que juraban fidelidad y compromisos ante el Estado superior que los manejaba subordinadamente.
 
 
 
 
Egipto : Hubo relaciones entre los Hititas y los Egipcios, en 1272ac se firmó entre Ramses II y Khattuschill III de los Hititas, un tratado redactado en el idioma arcadio babilónico, lenguaje diplomático de la época, las partes acuerdan un tratado de extradición a que quedaban sujetos los enemigos internos de cada país que buscaran refugio en el otro, muestra este tratado un sentido humanitario lo que hace contraste con las prácticas despiadadas de la época. Respaldaba la obligatoriedad del cumplimiento del tratado el juramento religioso. (4)
 
Grecia: Atenas, Argos y Esparta formaron pequeños estados, el DIP helénico estuvo caracterizado por el de liga de ciudades. Se basaba en la coexistencia de numerosos estados-ciudades libre e independientes que se asociaban en ligas, el estados-ciudad (polis) abarcaba mucho mas que la comunidad política que era regulada por la vida religiosa en torno al tempo de los dioses así como las anfictionías o reuniones de confraternización de las polis helénicas. Su cultura se basaba en el derecho del más fuerte en la época homérica ( V-IV ac) .Surge el derecho como concepción religiosa pero el sofisma trajo el racionalismo del derecho , predominando como encarnación de la voluntad del Estado, que en la democracia ateniense correspondía a la voluntad de la mayoría (5 Standmuller ).Los límites del Polis se definía por fronteras naturales; el poder del estado se ejercía indistintamente en cada una de las comunidades política como la aristocracia y la democracia. Para los griegos había una división muy clara entre los helenos y los bárbaros. Para los primeros regía del derecho internacional entre estados griegos, para los segundos el comitas gentium esto es usos y costumbres sujetos a los principios generales del derecho natural; las relaciones se desarrollaban a través de enviados o legados quines negociaban. Había enviados de las ciudades en virtud de que no existían la relaciones diplomáticas permanentes, para proteger los intereses de la ciudad estados se crearon los proxenos, en cabeza de domiciliados (metecos que era el extranjero residente ); se instituyó el derecho de ciudadanía de los extranjeros, el derecho de la ciudad de origen , el principio e derecho de paso por tierras de los mares ribereños, la declaración de la forma justa de declarar la guerra, los tratados sobre prisioneros, la entrega de cadáveres de los enemigos para recibir honras fúnebres en su patria, el asilo en los templos, todo esto basados en antiguas prácticas jurídicas Praeter lege. El derecho de la guerra fue cruel, aun cuando poco a poco se fue humanizando. Institucionalizaron el arbitraje pero como un medio para señalar las fronteras de los pueblos helénicos.
 
Judea: Instituciones como la guerra o la búsqueda de la paz, “la guerra santa” consagrada en el cristianismos y el islamismo de origen teocrático ( Deuteronomio), “Cuando hayas tomado una ciudad no rompas los árboles, ni los cortarás con hacha, porque puede servir para tu alimento” (XX-19) “Un mismo derecho tendréis: como extranjero, así será el natural ( principio de la igualdad de derecho de naturales y extranjeros)” la conversión de las espadas y las lanza en podadoras, no desenvainar la espada pueblo contra pueblo , no se adiestrarán mas en la guerra (Isaías 2:4) diríamos que son el origen del pacifismo moderno, basado en el Amor inspirado por Dios y Jesús.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Roma: El imperio Romanose caracterizó por aplicar el derecho del más fuerte y en las guerras eran despiadados ; consagraron una división entre el civitatis y el gentile o extrangieri, lo que origina el ius civilis y el ius gentium. Pero en sus relaciones con los otros pueblos, los tratados fueron un simple medio de expansión y sometimiento de su soberanía.( foedera non eaqua). Para los Romanos la guerra terminaba por el aniquilamiento militar del adversario, por la ocupación del país que se conquistaba con la rendición incondicional, o por un tratado con claro dominio de la voluntad del soberano de Roma(5 Stadummuler) Hubo algunos tratados con pueblos a los cuales Roma no pudo dominar eran de alianzan paz, amistad y hospitalidad y se concedían a los súbditos el derecho de residir en territorio romano.( foedora eaqua)Tuvo origen la institución del “uti posidetis juris2 que sirvió de regla para señalar las fronteras de los nuevos estados latinoamericanos producto de la descolonización de España en las Américas.
Instituciones que nacen primigéniamente en ésta época histórica: <Tratados sobre fronteras, <de paz alianza y amistad; <enviados y legados, <protección de los heraldos, <sanciones por incumplimiento entre tribus y clanes; < las ligas de los pueblos,< las anfictionías; < el derecho de la ciudad de origen; < el ordenamiento del bloqueo durante la guerra marítima;< el derecho de paso por tierra y por los mares ribereño;< la declaraciones de la forma justa de declarar la guerra.< Los tratados sobre prisioneros; <la entrega de cadáveres de los enemigos para recibir honras fúnebres en su patria. < Unas incipientes costumbres humanitarias sobre la guerra,< Ligas de naciones. <El amor como fundamento del pacifismo modernos; <la extradición ; <asilo; <solución de diferencias entre pueblos por arbitraje, cláusula compromisoria.< Comercio como forma de acercamiento entre los pueblos.
 
Feudalismo:
 
En el feudalismo encontramos algunas instituciones y teorías que debemos resaltar: Las relaciones de producción organizadas en el feudalismo, con la monarquía a la cabeza, la aristocracia y los ciervos de la gleba. La marcada influencia de la Iglesia Católica bajo la autoridad del papa, se divide, el poder político y las fuentes del derecho internacional en dos ramas : una de carácter ecuménico regentada por la Iglesia y la otra secular proveniente del gobernante : monarca, o emperador. El poder del papa se configura en supranacional más que internacional. Predomina la teoría teocrática del origen del poder. Y por tanto la superioridad del papa sobre el mismo. Una autoridad investida por Dios con la misión de gobernar a los gobernantes y proteger el derecho en toda la tierra, por lo que no eran necesarias las guerras ni el derecho internacional, predomina en esa época.
 
El papa era el representante supremo de la unidad de mando de la civilización occidental, en los pueblos el poder político estaba fraccionado ente los señores feudales: eclesiásticos y seculares: duques, condes, obispos, etc. Estos eran amos o dueños, tenia una serie de poderes como el de confiscar la propiedad dejada en sus territorio por los extranjeros al fallecer, quitarle un caballo a un ciervo de la gleba, a despojarlo o encarcelarlo a su arbitrio, o imponerle tributos desmedidos y abusivos, era un régimen absolutista el que imperaba.
 
 
 
 
 
 
Carta Magna de 1215 : Producto de la resistencia que la aristocracia y los Ministros de la Iglesia le hacen al Rey Juan Sin tierra, este pacta a través de la carta magna con estos señores una serie de concesiones que diríamos son el fundamento del nacimiento de una monarquía parlamentaria, por cuanto se crea un Concilium o parlamento, el cual sin su permiso, el rey no puede crear tributos, se crea la institución de el “abeas corpus” y se determina que la aristocracia solo puede ser juzgada por su pares, el derecho de los extranjeros de manejar y heredar de sus pares, franquicia a las asociaciones de mercaderes. Esto sirvió mucho por cuanto los otros países toman estos modelos, posteriormente esta el “Petition of Right” y el “Bill of Right” , en 1688, pasó de una monarquía absolutista a una monarquía parlamentaria , diríamos que se dio la primera revolución moderna en Inglaterra , allí se amplían y se conceden nuevos derechos a la aristocracia y a la burguesía naciente, se organiza el parlamento en Cámara de los Loores y de los Comunes y se hace un repartimiento del poder sentándolo en el Concilum. Lo que nos demuestra que los derechos se adquieren mediante la lucha. El pensamiento de personajes como Hobbes , este último fundado de liberalismo político Jhon Locke, Para Locke el poder no proviene de la naturaleza como decía Aristóteles, ni de Dios a través de Dios o a través del rey, en Locke el contrato lo hacen hombre libres racionales para fundar un poder limitado; el origen del poder somos nosotros mismos. “Tu tienes tanto poder cuanto yo te he dado” (Locke Dos tratados sobre el régimen Civil 1789). Locke humaniza la idea del poder; se hace secular y moderno. Fundamenta la transición de la Monarquía absoluta y la monarquía constitucional. Fundamenta una revolución. Es la base ideológica del concepto de libertad para justificar la presencia del régimen capitalista, cuando la definía como el derecho a que nadie me impida cumplir la ley (5)Los pensadores de la Libertad de John Locke a Robert Nozick Mario Grondona Editorial Sudamericana pag-24)
El mundo civilizado de la edad media se dividía en Europa y América, el medio oriente en cristianos e islamistas , había una prefiguración de la coexistencia pacífica, rotas por las cruzadas o las incursiones de los piratas y los bárbaros, se daban intercambios comerciales entre el oriente , el oriente medio y Europa, La autarquía fue una situación propia de China y Europa aislada, esta última vino a desarrollarse con el aporte en ciencia y cultura de oriente .El  desarrollo del feudalismo , articulando la sociedad europea occidental en un orden gradual de relaciones de lealtad personal , esquema que se rompe cuando se da la conquista de la unidad de poder y la de la independencia del Estado, fenómeno propicio para la burguesía incipiente a la que se le abre paso al sistema de libertad de mercado.
 
Hay tres personajes que debemos resaltar :
 
Francisco De Victoria: (1486-1546) Dominico salamantino, obispo de Tucumán. Catedrático de teología. Consagrado como “el fundador del derecho de gentes”, arremete contra los españoles, al decir que con que derecho se despoja a los aborígenes de América de sus tierras y de su cultura. Los españoles solo tiene derecho de exigir a los indios la libertad de comercio y la libertad de predicar el evangelio. el paganismo ni la condición de infieles son en modo alguno causa justas para legitimar la intervención armada sobe los pueblos aborígenes. Guerra (Vitoria citado por Luis Fernando Álvarez Londoño DIP, Publicación Universidad Pontifica Bolivariana pag 78) “El derecho de gentes no solo tiene fuerza por el pacto y el convenio de los hombres sino que tiene verdadera fuerza de ley. El orbe todo, que en cierta manera forma una república, tiene poder de dar leyes justas y a todos convenientes, como las del derecho de gentes…Y ninguna nación puede crearse menos obligada al derecho de gentes porque está dado por la autoridad de todo el orbe”.(Truyol, de Esp. 53) significa que la teoría de la primacía de Derecho Internacional ya existía en la edad media.
 
 
 
En su obra “Relectiones De jure belli dice: “Si es licito los cristianos hacer la guerra ?: Cuando sea una causa justa para repeler una injuria grave”.
“En quién radica la facultad de declara y hacer la guerra? En la república y por quien la represente.”
“Causas para que la guerra sea justa? La única causa de guerra justa es la injuria recibida, peor no cualquier injuria, sino aquella que sea proporcionalmente grave.”
 
Qué cosas son licita contra los enemigos en caso de guerra justa?. Todo es lícito cuanto sea necesario para la defensa del bien público, para recuperar lo perdido y compensar el daño y perjuicios sufridos. Se puede castigar al enemigo en la medida que lo exija la injuria recibida y para prevenir otras nuevas” ( VICTORIA citado por Luis Fernando Álvarez pag 77)
 
Francisco Suárez:( 1548 – 1617) El valor de la obra de Suárez radica en la descripción de las características esenciales del derecho de gentes, su fundamento sociológico y metafísico : el género humano decía “ la razón esencial de esta parte del derecho consiste en que el género humano , aunque dividido en reinos y naciones diferentes, tiene sin embargo, cierta unidad no solo específica, sino también cuasipolítica y moral, que resulta del precepto natural del amor y de la caridad mutua que debe extenderse a todos, aún a los extranjeros…”…..Así como una ciudad o en una provincia la costumbre introduce el derecho , así las costumbres han podido introducir el derecho de gentes en la universalidad del género humano”
 
Hugo Grosio:(1583-1645 ) Nació en Delf Holanda polígrafo y estadista estudio en la Universidad de Lyden, llamado el padre de las ciencias de derecho internacional, se le condenó a cadena perpetua y escapó a Francia donde escribió “Apología”, perseguido por defender las teorías liberales y del libre albedrío, se trasladó de allí a Suecia donde la reina Cristina le nombra su embajador en París. Su verdadero nombre era Hugo Van Groot, comúnmente llamado GROCIO. Defiende ahincadamente en un debate jurídico la tesis de Mare liberum, sostenían la tesis del dominio de los mares Portugueses, españoles e ingleses, los primeros fundados en el tratado de Tordesillas. Sale para ese momento la sorprendente tesis de el océano es libre para todos. Fuera del alcance de los cañones en la costa, para él , los mares eran o debían de ser vía libre para todas las naves , sin distinción de nacionalidad.. era la tesis del Mare liberum o mar abierto, el ingles Juan Selden escribió un tratado sobre Mare Causum o cerrado, fundado en que el soberano tenia el derecho natural de considerar como dominio suyo la porción del mar que rodea sus tierras. Elabora todo un sistema de derecho de gentes natural. Escribe sobre de iuri belli ac pacis. Propone que debe haber un derecho para la paz y un derecho para la guerra, para demostrarle a la humanidad que no obstante el conflicto y las hostilidades, entre estados, estos no se encuentran libres del dominio del derecho en su coexistencia y en sus determinaciones. Para Grocio “el derecho internacional es un punto intermedio entre el derecho natural y el derecho interno de lo estados. Su universalidad se fundamenta en la participación del derecho por medio de los tratados y por el uso y su carácter individual y regional, por su constitución a partir de la voluntad particular de lo estados. El derecho natural es el imperio de la razón universal que se manifiesta en la razón humana. El ius volumtarium es, por el contrario, el imperio de la voluntad, es decir, son mandatos y prohibiciones de una voluntad –humana o divina- a otras voluntades. ( Grocio citado por L.F. Álvarez hist. Dip pa 85)
 
 
 
 
 
 
 
La paz de Wetfalia de 1648.  Marca un hito histórico como que por primera vez se da el inicio de la práctica de lo Estados de deliberar en asambleas multilaterales para resolver los problemas por medio de tratados internacionales. Es el acuerdo de paz con que termina la famosa guerra de los 30 años. Los acuerdos se dan en los congresos de Münster y Osnabrück. Consagran el cisma religioso católicos y protestantes, como vertientes del cristianismo, mantienen la independencia de los Estados alemanes, Suiza y los países bajos, Francia recibe Alsacia. Se aplica el principio del equilibrio político como factor de poder. Significa que la voluntar que engendra el poder de un Estado no prevalece sobre los otros, es la fuente del principio de la autodeterminación y de la igualdad jurídica de los Estados. Se abre paso a las “legaciones diplomáticas permanentes”, Venecia en el Siglo XV Francia para la época de Luis XIII , Inglaterra a fines del siglo XVI, después en el Siglo XVI y XVII en Rusia , Persia , Siam USA envía su primer embajador a Francia a fines del siglo XVIII; la organización de los Ministerios de relaciones exteriores. Esto generó el conflicto de precedencia que consistía en las pretensiones de los príncipes o sus legaciones por la preeminencia y privilegios a favor de los soberanos que representaban, en especial en los ceremoniales, conflicto que fue solucionado en el Congreso de Viena de 1815, mediante un reglamento para el rango diplomático. Esas prerrogativas o privilegios dieron nacimiento a la inmunidad de jurisdicción e inviolabilidad de la persona del Meesangers. Los Cónsules perdieron su carácter diplomático y se relegaron a tener una representación de tipo comercial. La soberanía radicaba en el monarca como príncipe absoluto. El estado es el rey, las diferencias internacionales se resolvían mediante la guerra. Muy lentamente se toman algunos modelos como el de    Inglaterra.
 
Capitalismo:
Revolución americana de 1776. La situación de los colonos ingleses en América sirve de fundamento para elevar peticiones a la Corona por parte de los habitantes anglicanos, puritanos y cuáqueros, todos cristianos protestantes de las 13 colonias inglesas en América.
 
La Carta Magna de 1215, la “Petiton of Right” de 1628 y el “Bill of Right” de 1689, tenían igual validez   a un lado y al otro del océano; un Petition of Right de los Colonos a la Corona origina nuevas imposiciones de esta a los colonos .Había cierto equilibrio en el régimen sistema de libertades, institucionalizado en el triángulo de: unas cartas reales, una asamblea y un gobernador nombrado por la Corona, era la síntesis de la forma de gobierno.
 
 Debido a los continuos abusos de la corona y al final la imposición de que debía adquirir el te de calidad inferior y mas caro, origina que unos colonos disfrazados de indios en el puerto de Boston la noche del 15 de diciembre de 1773   arrojan al mar el cargamento de te  , lo que origina serias represalias por parte de la Corona; en mayo de 1775 se inicia la guerra de independencia , en 1778 se internacionaliza la guerra con la participación de Francia, España y Holanda, pero fue en 1776 que se expide la famosa Declaración de Derechos fundamentales , la que hoy conocemos como la Declaración de Derechos del buen pueblo de Virginia .
 
El aporte de la revolución americana es significativo para la política , los gobiernos y el mundo contemporáneo, sirve de soporte al proceso de la revolución Francesa , para la organización de su sistema pos revolucionarios; el modelo presidencialista es adoptado por la mayoría de los Estados del Mundo, se inicia el concepto del Estado moderno   la organización de las ramas del poder publico concebidas por Locke y Montesquiu, el estado federal, la organización de los Estados Federales , para este momento tienen la mas antigua constitución del orbe desde 1787.
 
Se le hace un gran aporte político a la humanidad y al DIP. La Declaración de Derechos del buen pueblo de Virginia del 12 de junio de 1776 que consagra : el derecho a la vida, la libertad , buscar la felicidad la igualdad, la propiedad, la seguridad, la resistencia a la opresión ,el poder inherente al pueblo y proceder de él, ser los Magistrados servidores del pueblo, el deber del gobierno de dar protección y seguridad al pueblo, contra el peligro del mal gobierno , la matota de la comunidad tiene el derecho indiscutible, inalienable, e irrevocable de reformarlo , alterarlo o abolirlo, la separación de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial, , las elecciones de su gobernantes y representantes del pueblo, los deberes de los procesadospenalmente deben ser juzgado por un jurado que represente al pueblo, el habeas corpus, la libertad de prensa, y la tolerancia religiosa. Por primera vez vemos el nacimiento de un gobierno democrático moderno, régimen presidencialista, el federalismo de Estado, un Departamento de Estado que es un Ministerio de Relaciones exteriores. Todo lo anterior sirve de marco a la organización política de los pueblos del continente Americano en especial. El primer embajador enviado por USA A Francia fue Benjamín Franklin ante el Rey Luis XVI.
 
La revolución francesa 1789.Se institucionalizó en la revolución francesa los principio de Libertad, Igualdad y Fraternidad, salidos de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 (26 de agosto) que sirven de marco a la institucionalización de los Derecho del Hombre que cobija a toda la humanidad para éste momento. VOLNEY  en su proyecto presentado a la Asamblea Francesa de 1790 en un proyecto de Declaración decía: “La universalidad del género humano constituye una sola sociedad, cuyos fines son la paz y la felicidad de todos. Los pueblos y los Estados son como los individuos y gozan de los mismos derechos. La invasión de un Estado por otro amenaza la libertad y la seguridad de todos, La asamblea Nacional decreta como precepto constitucional que la nación Francesa no emprenderá guerra tendientes a ampliar su territorio actual.”
El abate GREGORY en 1792 llevo un proyecto de declaración a la Asamblea Nacional que decía “El interés particular de un pueblo se haya subordinado al interés general de la familia humana. Los pueblos son independientes y soberanos. Cada pueblo es libre de darse una organización y cambiar de gobierno., Ningún estado puede intervenir en asuntos internos de otro.”
El pensamiento de estos personajes sirvieron de fundamento, al lado de la tesis de DE VICTORIA, SUÁREZ Y GROCIO a ser la tesis modernas que sirven al concepto de la coexistencia pacífica, al principio de la no intervención, el principio de la igualdad jurídica de los Estados, la personalidad jurídica de los Estados fundada en la soberanía, la libertad y la independencia y la autodeterminación de los pueblos. Decreto del 22 de mayo de 1790 de la Asamblea Constituyente : “la nación francesa renuncia, y no emprenderá ninguna guerra con miras de hacer conquista y no empleará jamás su fuerza contra la libertad de ningún pueblo”
El aporte a la histórico se sintetiza en: Libertad igualdad y fraternidad, la soberanía popular, la separación de poderes, los derechos del hombre las constituciones escritas.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
El congreso de Viena de 1815. Es el congreso de Viena de 1815 que promulga la Santa alianza nace el 4 de junio de 1815, inspirada por la baronesa Bárbara Juliana Krunder, esposa del barón Von Krundener en que participan Rusia, Austria y Prusia, y la adhesión de Inglaterra , corresponde a la idea del Zar ALEJANDRO, de conseguir en tiempo de paz la cooperación que había alcanzado a derribar a NAPOLEON .Se instituye como un idearios de una organización supranacional. Logró mantener el “statu quo” en lo territorial y en el campo político interno de los Estados gracias a las fuerzas estatales y a la intervención militar , en Austria , Nápoles, Piamonte, Francia, España(1823) .Se invita a todos los Estados a participar en ella. La paz internacional depende de la paz interna, por lo que se debía respaldar la intervención de la Santa Alianza en aquellos Estados que mantuvieran “revoluciones generales.  Nace para contrarrestar el avance de las ideas salidas la revolución francesa, coincide con la caída de Napoleón, pretender restaurar las dinastías depuestas producto de la revolución en la América hispánica.
 
Busca restaurar en su trono a los monarcas depuestos, originado de las guerras de revolución e independencia, declara la libre navegación de los ríos internacionales, la abolición del tráfico de esclavos, la expedición de un reglamento sobre agentes diplomáticos (con el cual termina el conflicto de precedencia y la neutralidad perpetua de Suiza.
 
Congreso anfictiónico de Panamá: Es respuesta valerosa de Bolívar a las aspiraciones de la Santa Alianza y de España de recuperar las colonias emancipas y erigidas como Estado. Bolívar dijo La ambición de las Naciones Europeas lleva el yugo y la esclavitud a las demás partes del mundo, y todas estas partes del mundo debieran tratar de establecer el equilibrio entre ellas y Europa para destruir la preponderancia de la última. Yo llamo a esto el equilibrio del nivel.”(Citado por enrique Gaviria Liévano DIP pag. 28).La otra respuesta fue la del presidente MONROE de USA , cuando señala que “América para los americanos”, era la expresión de una declaración unilateral abrogándose el derecho de proteger a los países del hemisferio, el pensamiento Bolivariano era la defensa del sistema republicano y liberal en América.
 
Congreso de Paris de 1856. Finaliza la guerra turca admitida en el concierto europeo; se neutraliza el Mar negro, cerro la navegación al Bósforo y los Dardanelos al paso de los buques de guerra, la libre navegación de Danubio, se crean los principados de Moldavia, Valaquia y Serbia. Las declaraciones sobre el Derecho marítimo internacional de la abolición del corzo; el pabellón neutral cubre las mercancías, salvo el contrabando de guerra, el bloqueo debe ser efectivo para ser respetado. Condenó mediante una declaración el tráfico de negros
 
Convención de Ginebra de 1864, Congresos posteriores, Convenios y Declaraciones: Entre 1856 y 1899 hubo un gran número de congreso y conferencias que originaron lel desarrollo del acercamiento de los pueblos, la internacionalización de las relaciones, del fomento de los derechos humanos y del Derecho Internacional Humanitario. Salen una serie de declaraciones y convenciones como la de Ginebra de 1864 para mejorar la suerte de los heridos en campaña, neutralizó las ambulancias y hospitales y se ocupó de la Cruz roja. Los convenios de 1868 de San Petersburgo que prohíbe el uso de proyectiles explosivos, Conferencia de Bruselas de 1874 sobre leyes, usos y costumbre de la guerra. Tratados de Berlín neutralidad y libre navegación del Danubio. Congreso sobre África de Berlín de 1885 y la conferencia antiesclavista de Bruselas de 1890 que también se ocupó de los asuntos africanos pero mas que todo con un criterio científico.
 
El zar de Rusia impulsa iniciativas de gran importancia como lo fue la reacción abierta contra la paz armada.
 
 
 
SUJETOS DEL DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
Dr. Ramón Pacheco Sánchez
Profesor Derecho Internacional Público
 
TIPICO :   El Estado                                                                                                                                                                                   
Noción de estado :”
 La Nación jurídicamente organizada en un territorio que ejerce un poder que se llama soberanía. ( Rapsa)
 
Elementos del Estado :
·          Población:  Deutsch(6)   “Es una comunidad de significados compartidos” “ un grupo de personas que comparten hábitos complementarios de comunicación , sus miembros tienen una inteligencia común , sus seres y relaciones son comprendidos  Es multitud de individuos vinculados coerciblemente, es el orden en que caben nacionales y extranjeros , sobre el cual ejerce dominación la autoridad, gobernación y cuyos intereses administra, delimitado y definido por la comunidad espacial sobre la cual se ejerce jurisdicción.(6) 
·          Nación: Hecho sociológico e histórico de la Edad moderna, es uno de los supuestos o condiciones del Estado, en su concepción funcional, gobernación de un grupo humano. El Estado no nace espontáneamente, es hijo de la voluntad de organización de una nación. Es una decisión de unidad política, bajo un orden jurídico, adoptada por la nación Forma evolucionada de la comunidad, desarrollo de modos pre nacionales: como organizaciones tribales (clanes) ” ,” la comunidad urbana” (polis) la comunidades feudal basada en el dominio territorial.(7)
·          ( Constitucionalismo colombiano pag. 142 Luis Carlos Sáchica . Teoría francesa: de tipo formalista. Funda el asentimiento popular y la unanimidad de un grupo humano en torno a la unidad jurídica, a un cierto tipo de asociación política. Se basa en el pensamiento de Rousseau sobre la “voluntad general expresada por medio del contrato social.(Contrato Social J.J. Rousseau) 
·          Patria: Considerado como un sentimiento, como el afecto a ese concepto de nacionalidad , producto del arraigo y el afecto que se siente por la patria y la patria chica, si es preciso sacrificar la vida por ella ,así se hará por ese sentimiento patrio, del cual somos oriundos, de la que tenemos una entrañable relación afectiva , de la que somos parte entrañable,, por nuestra formación ,nuestras costumbres, el idioma, la religión y la tradición a la que está unido a nuestro pensamiento, nuestra familia y de nuestros ancestros.  
·         País: Se ha usado en muchos momentos como sinónimo de estado, nación o patria. El Estado, en muchas geografías están formados por varios países o identidades culturales, como el país de Gales, el país Vasco;   con sus propias costumbres idiomas e identidad, hay países que son de una solo estructura cultural, como hay varios países o estructuras culturales que se integran en u Estado.
Teoría Objetiva: Elcriterio para distinguir la nación es de orden material: raza, lengua, costumbres, religión, etc.
Teoría Subjetiva :está mas bien en los fundamentos psicológicos, sentimentales, culturales.
 
·         Territorio:
                Noción :“Parte del planeta tierra sobre el cual se erige el Estado y ejerce su soberanía ”
·         Formas de adquirir el territorio :
  • Originarios :
  • Conquista 
  • Descubrimiento
  • Ocupación y la teoría de la contigüidad, Régimen jurídico de las zonas polares ( ocupación efectiva es la habitabilidad)
            Uti possidetis jure, uti possidetis de facto
  • Derivados: la accesión, el aluvión, la avulsión ,la cesión , la adjudicación, la prescripción, la sucesión de Estados .
 
  • Elementos que se integran al concepto del territorio:
·         Suelo
·         Subsuelo
·         Espacio aéreo - aire
·          Orbita geoestacionaria o geocincrónica.( convención de la Luna y demás Cuerpos Celestes de 1969)
·         Derecho del Mar ( Convención del Mar Montigobay de 1984)
·         Mar territorial
·         Zona contigua
·         Zona económica exclusiva
·         Plataforma continental
·         Aguas interiores 
·         Océanos profundos
·         Alta mar
·          Soberanía: Poder. ( teóricos iniciales: Bodin y Hobbes en el siglo XVI y XVII) “aquel poder absoluto y perpetuo de una República, en donde se entiende que cada individuo se somete voluntariamente al Estado y a sus leyes; restringe su voluntad individual, con el fin de ver protegidos y asegurados los derechos de la sociedad. Hobbes) Ligados a los conceptos de independencia, autonomía, autodeterminación, capacidad jurídica de decidir y actuar, de negociar y ser sujeto de derecho y obligaciones internacionales, esto es persona jurídica del DIP.
·          Krasner la clasifica: soberanía internacional: reconocimiento mutuo que se hacen entidades territoriales que poseen independencia jurídica formal. Soberanía wesfaliana: reservada a la exclusión que hacen los actores externos en las decisiones de los estados. soberanía interna: referida esencialmente a la organización de la autoridad pública del Estado y al nivel de control efectivo ejercido por quienes detentan la autoridad. Soberanía interdependiente la relativa al control de las autoridades de los movimientos fronterizos.(Krasner Stphen D. Soberanía, Hipocresía organizada. Barcelona2001 pag. 14)
·         Interior o  inmanente: Se funda en la voluntad interna y unilateral del Estado. Se ejerce dentro de los límites del territorio, sobre sus nacionales y sus riquezas naturales.
·         Internacional:Surge de la voluntad de los Estados manifiesta bilateral o multilateralmente, a través de sus prácticas o sus acuerdos consagrados en los tratados a nivel regional o universal
·         Concibe “El Estado como una persona o individuo cuya autonomía debe ser respetada por el resto de los Estados” (Isaiah Berlin)
·         “La soberanía en sentido jurídico confiere derechos y obligaciones a los Estados, quienes gozan de autonomía e independencia para la regulación de sus asuntos internos, y pueden aceptar libremente, sin imposiciones foráneas, en su condición de sujetos iguales de la comunidad internacional, obligaciones orientadas a la convivencia pacífica y al fortalecimiento de relaciones de cooperación y ayuda mutua. En ocasiones ello puede requerir la aceptación de la competencia de organismos internacionales sobre algunos asuntos de competencia nacional, o la cesión de algunas competencias nacionales a instancias supranacionales. De conformidad con la jurisprudencia de esta Corte, tal posibilidad es compatible con nuestro ordenamiento constitucional, siempre que tal limitación a la soberanía no suponga una cesión total de las competencias nacionales.” (Corte Constitucional SC-578-02 Dr Manuel José Cepeda E.)
 
      Clasificación de los Estados
·          Unitarios: Formado por un todo indivisible, la soberanía se ejerce en todo el territorio, la legislación es para todo el territorio. Colombia es un Estado unitario ( Art.. 1º. Constitución de 1991)
  • Compuestos: El ejercicio de la soberanía no se cumple uniformemente, aparece dividida o fraccionada por existir otros entes con capacidad normativa o de poder, se ve en la unión personal y real, en las federaciones y las confederaciones.
·          Unión personal o real: Personal. Dos o mas estados se unen bajo la autoridad de una sola persona, conservando su organización política y propia legislación. Es accidental o temporal Ejemp. Países Bajos y el Gran ducado de Luxemburgo (1825-1890) Real: Aquí se dan instituciones comunes, como un parlamento o un Gabinete común a los Estados( Austria y Hungría 1867 1918, suecia Noruega 1814-1905)
  • Confederaciones : Varios estados para garantizar su mutua defensa interior y exterior se confederan, contratados de Unión, liga confederación como los que se sderon entre peru y Chile en 1822 y entre México y Centro América en 1825
  • Federaciones: Se caracteriza por haber una completa subordinaciónde los Estados respecto a la Federación, la que domina a los Estados que la integran. Posee un poder político superior a cada Estado miembro. Los Estados que la integran no tiene personería internacional independiente, esta en cabeza del poder federal.USA , MEXICO, BRASIL .
 
 
 
 
 
  • Comunidades internacionales de Naciones :
            Commonwelth Británico ( UK) Canadá, Australia, Nueva Zelandia, 
            Unión Sudafricana, India, Pakistán, Ceilán, Jamaica.
  • Territorios sometidos al régimen de administración fiduciaria: ej: Islas
Marianas, Marshall y Carolinas (SA), Mueva Guinea ( Australia) 
  • Reconocimiento de Estados y gobiernos :
  •  Teorías Constitutiva
  • Teoría Declarativa
  • De gobiernos. Teorías : Tobar, Betancourt , Estrada , Europa
  • De beligerancias
  • Estamos semisoberanos :Vasallos, Dominios, Protectorados, Mandatos
 
ATIPICOS :
 
  • Las Organizaciones internacionales( 104 y 105 carta UN)
  • La Nación
  • Estados con subjetividad jurídica internacional parcial :Landers
  • Estados con subjetividad de obrar limitada: San Marino, Mónaco
  • La Santa Sede - ciudad del Vaticano tratado de Letrán de 1929
  • La soberana orden de Malta
  • Los beligerantes o insurrectos Los movimientos de liberación nacional
  • El individuo como sujeto excepcional del DIP
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
FUENTES DEL DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
Dr. Ramón Pacheco Sánchez
Profesor Derecho Internacional Público
Consagrados por la doctrina y por el Artículo 38 Estatutos de la Corte Internacional de Justicia
 
  • Convenios o tratados generales o especiales
  • Noción: Manifestación de voluntades de dos o mas sujetos internacionales en un documento principal o varios conexos que producen efectos jurídicos.
  • Elementos :
  • Pacta sunt servada : Cumplimiento de la obligación y de buena fe.
  •  excepciones : imposibilidad, física, moral y la “rebuc sic stantibus”.
  • Res Inter Eliot acta: Liga únicamente a quienes suscribieron el tratado.
  • Clasificación de los Convenios o Tratados:
    generales o especiales
  • Abiertos y cerrados
  • Bilaterales, unilaterales , bipartitos
  • Tratados ley Constitución
  • Tratados marco constitución
  • Según su naturaleza: constitucionales, administrativos, políticos etc
  • Interacción entre el Convenio y la Costumbres - Teorías:
  • Efecto Declarativo
  • Cristalizador 
  • Constitutivo o generador
 
  • Costumbre Internacional: Noción: Práctica, general, uniforme y regular en el tiempo de necesario cumplimiento o conciencia jurídico (juris vel necessitatis). Origen de muchas instituciones internacionales actuales. Las normas de derecho marítimo nacen de las compilaciones de los famosos Roles de Olerón del siglo XII y del Consulado del Mar. Del Siglo XIV. el Derecho consular y diplomático nace de la practica entre los pueblos .expresa la manera de ser o sentir u obrar de las gentes. GENNY los a define como “una serie bastante de hechos repetidos mediante la cual se ha establecido una práctica constante respecto a una relación de la vida social” La CIJ reconoce como normas consuetudinarias según el aparte b del artículo 38 de los Estatutos aquellas que hubieren sido aceptadas como derecho por la práctica entre estados, la cual no requiere un plazo indefinido para convertirse en costumbre internacional (.Sentencia sobre la plataforma del Mar del Norte de 1969 entre Dinamarca , Alemania y los Países Bajos.)( Citada por E. Gaviria pag. 39 DIP Edit. Temis)
  • Elementos: Practica, regular en el tiempo, general, uniforme, juris vel necessitatis
  • Conflictos entre la El tratado y la Costumbre : Reglas:1.Deben ser de la misma naturaleza, esto es universal o regional, 2. la Especial prima sobre la general, la posterior sobre la anterior, 3. salvo que se trate de una norma que tenga el caracter de “jus cogens” que prima sobre todas las demás .
  • Principios Generales del Derecho:
  • Jurisprudencia:
  • Doctrina:
  • Resoluciones generales de la Asamblea General de las Naciones Unidas
  • Actos unilaterales de los Estados :Notificación, Reconocimiento, Protesta,
     Renuncia
  • Equidad : “Ex eaquo et bono”: Función de la equidad en el DIP:
  • Infra legem
  • Preater legem
  • Contra legem
 
 
 
RELACION ENTRE EL DERECHO INTERNACIONAL Y EL DERECHO INTERNO DE LOS ESTADOS
Dr. Ramón Pacheco Sánchez
Profesor Derecho Internacional Público
 
Las relaciones jerárquicas entre el derecho interno y el internacional en caso de conflicto, exponiendo a grandes rasgos la posiciones doctrinales correspondientes.
 
  • Teoría dualista(Triepel, Anzilotti)
  • Teorías monista : Kelsen
  • Teoría Coordinadora: Miaja de la Muela, Truyol, Verdross
  • Práctica Colombiana :
  • Doctrina basada en el concepto de la Constitución ley de leyes
  •  Doctrina que acepta la prevalencia del DIP sobre el Derecho Int. C-574-92
  • Doctrina sobre el bloque de Constitucionalidad C-225-95
  • Francia: Constitución: Art. 54 Si es contraria a la constitución, su aprobación o ratificación no se dará sino después que la Constitución haya sido revisada. 
  • Art. 55 los Tratados tendrán un autoridad superior a las leyes
  •  España: Constitución: Art.95 la celebración de un tratado internacional que contenga estipulaciones contrarias a la Constitución exigirá la previa revisión constitucional.
  • Federación Rusa: Constitución: Art. 15.4. “Los principios y normas del DIP generalmente reconocidos y los tratados internacionales de la Federación Rusa, forman parte de su sistema jurídico. Si un tratado Internacional se establecen reglas distiendas a la prevista en una ley, se aplicarán las reglas del Trato internacional”
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
LA RESPONSABILIDAD INTERNACIONAL DE LOS ESTADOS Y DE LAS ORGANIZACIONES INTERNACIONALES :
Dr. Ramón Pacheco Sánchez
Profesor Derecho Internacional Público
 
Fuentes de la responsabilidad de los Estados :
  • Usos y costumbres
  • Convenios o tratados internacionales
  • El derecho interno de los Estados
  • Proyecto de codificación deformas de la Comisión del DI de ONU:
  • Responsabilidad del Estado por hechos internacionales ilícitos
  • Noción :
  •  La responsabilidad internacional:
  • 1. La existencia de un acto u omisión que viole una obligación prevista en una norma internacional vigente entre el estado responsable del acto u omisión y el Estado perjudicado por tal acto u omisión.
  • 2. El acto ilícito debe ser imputable al Estado como persona jurídica
  • 3. Debe haber producido un perjuicio o daño como consecuencia del acto ilícito.
  • Clases de daño :
Material o pecuniario
Daño Moral
           Daño sobre bienes jurídicos
  • Efectos de la reparación:
Se condene a pagar como indemnización por los daños causados
 
  • Clases de reparación :
  • La restitución
  • La indemnización
  • Satisfacción
 
  • Clases de responsabilidad :
  • Directa:
      El comportamiento de cualquiera de los Órganos del Estado: Ejecutivo, 
           Legislativo , Judicial
  • Indirecta:
Cuando el Estado responde por daños causados con violación de las normas internacionales cometidos por otro Estado. Por otros personas por denegación de justicia.
 
  • Fundamentos jurídicos de la responsabilidad del Estado
 
Responsabilidad objetiva: El Estado es responsable por el solo hecho de haberse infligirse daño a la persona o haberse violado la norma de derecho internacional.
Basta probar: 1. Que se hay causado el daño, 2. Que existe un nexo de causalidad entre el daño y el agente 3. Que hay violado una norma de derecho internacional.
 
 
Responsabilidad Subjetiva: No se basa únicamente en el hecho de haberse producido el daño y que existe un nexo de causalidad entre éste y el agente , sino que debe establecerse si el daño se produjo como consecuencia de la acción gravemente culposa o dolosa de los Agentes u órganos del Estado .
 
  • Circunstancias excluyentes de la ilicitud:
 
  1. Consentimiento
  2. Contramedida
  3. Fuerza mayor y caso fortuito
  4. Peligro extremo
  5. Estado de necesidad
  6. Legítima defensa

Protección diplomática:
 
Noción: El estado hace suyas las reclamaciones de sus nacionales cuando quiera que se haya inferido daños o lesiones su sus personas o a sus bienes. Es potestativa no obligatoria.
 
  • Requisitos :
  • Que tenga la misma nacionalidad del Estado reclamante
  • Agotamiento de recursos internos.
  • Que el reclamante haya observado una conducta limpia
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

 
 

DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
Síntesis de la Historia y origen de sus instituciones
Doctor Ramón Pacheco Sánchez
Profesor de Derecho Internacional Público
                                                                                            
Esclavismo:
 
China: Organizado en la edad antigua, bajo una autoridad imperial, muchas veces débil y teóricamente suprema. Influyen en la costumbres de los pueblos chinos: el Emperador Amarillo; Laot Tsé y Confusio, en la investigaciones sobre la naturaleza, las plantas y su uso, el medio biológico del ser, y las enseñanzas filosofía a su pueblo. La filosofía política fue basada en la idea de dominación universal “China – Imperio del Centro – y sus emperador – Hijo del cielo”(1).El DIP es muy incipiente en sus relaciones con otras naciones. Hubo algunas costumbre cuasi internacionales. Confucio influye en el tema de la paz, condena la guerra como un mal, por excepción se aprobará la guerra justa contra un Estado que oprime a un pueblo los límites morales del poder del estado, alaba políticas que se alcancen por medios pacíficos. Los pueblos de cada uno de los señores en guerra no se consideraban enemigos entre si, no hubo discriminación entre los súbditos y un príncipe enemigo. En tiempo de paz el intercambio entre los principios y sus enviados estaba regulado por unos ceremoniales cuidadosamente graduados, según el rango de las personas. Se dice que allí nació o tuvo su origen mas primitivo o remoto el ceremonial diplomático. La gran unión de Estados chinos concebida por Confucio (519-479 AC) ha sido comparada como la de de la Sociedad de Naciones.(1) (2)
 
India: El documento mas preciado es el Código de Manú compilación hecha 100 años ac. Se destacan algunas descripciones sobre las prácticas de guerra, aun cuando parece referirse a las luchas tribales del pueblo Indu. Se considera la guerra justa como algo inevitable. “Un guerrero digno se supone que no ataca al enemigo dormido, o que ha perdido su escudo o esta desarmado, o se ha dado a la huida.” (1). Se da el respetar las plantaciones o cultivos y a las moradas y a los propios cultivadores de la tierra.(1)
 
Mesopotámia: Se desarrolla en lo que es hoy medio oriente una gran culturadel los pueblos árabes, Mesopotámia, Babilonia, Palestina y el imperio de los Hititas. Son los países de la cuenca del Mediterráneo propicios para los intercambios de mercaderías de la región e intercambios jurídicos de ciertos códigos como el de Hammurabi (3)( escrito en 1675 ac y descubierto en 1902 en escritos cuneiformes ) Es una de las culturas mas antiguas, que dejo sus vestigios a través de manuscritos. Ya cerca del 3100 ac data el tratado mas antiguo de que tenga cuenta la humanidad, se habla de un tratado de Eannatur, el victorioso señor de la ciudad-Estado de Lagash de Mosopotamia y los hombres de Humma, otra “ciudad-estado” de la misma región. Hay quienes afirman que dicho tratado traía una cláusula de arbitraje. Habiéndose señalado los limites de Lagash y Humma por Misilin rey de la comunidad Kish.Los hititas buscaban la paz y no la guerra; con Babilonia realizaron una alianza y una política de neutralidad. Es de anotar que tales tratados alcanzaron fórmulas estables, protocolos y ceremonias definidas.(4) Truyol y Serra Historia del DIP,Edit Técnos,S.A. 1998,pag.19 ).
 
Para esta época encontramos los Estados vasallos quienes celebraron tratados por sometimiento, en el que juraban fidelidad y compromisos ante el Estado superior que los manejaba subordinadamente.
 
 
 
 
Egipto : Hubo relaciones entre los Hititas y los Egipcios, en 1272ac se firmó entre Ramses II y Khattuschill III de los Hititas, un tratado redactado en el idioma arcadio babilónico, lenguaje diplomático de la época, las partes acuerdan un tratado de extradición a que quedaban sujetos los enemigos internos de cada país que buscaran refugio en el otro, muestra este tratado un sentido humanitario lo que hace contraste con las prácticas despiadadas de la época. Respaldaba la obligatoriedad del cumplimiento del tratado el juramento religioso. (4)
 
Grecia: Atenas, Argos y Esparta formaron pequeños estados, el DIP helénico estuvo caracterizado por el de liga de ciudades. Se basaba en la coexistencia de numerosos estados-ciudades libre e independientes que se asociaban en ligas, el estados-ciudad (polis) abarcaba mucho mas que la comunidad política que era regulada por la vida religiosa en torno al tempo de los dioses así como las anfictionías o reuniones de confraternización de las polis helénicas. Su cultura se basaba en el derecho del más fuerte en la época homérica ( V-IV ac) .Surge el derecho como concepción religiosa pero el sofisma trajo el racionalismo del derecho , predominando como encarnación de la voluntad del Estado, que en la democracia ateniense correspondía a la voluntad de la mayoría (5 Standmuller ).Los límites del Polis se definía por fronteras naturales; el poder del estado se ejercía indistintamente en cada una de las comunidades política como la aristocracia y la democracia. Para los griegos había una división muy clara entre los helenos y los bárbaros. Para los primeros regía del derecho internacional entre estados griegos, para los segundos el comitas gentium esto es usos y costumbres sujetos a los principios generales del derecho natural; las relaciones se desarrollaban a través de enviados o legados quines negociaban. Había enviados de las ciudades en virtud de que no existían la relaciones diplomáticas permanentes, para proteger los intereses de la ciudad estados se crearon los proxenos, en cabeza de domiciliados (metecos que era el extranjero residente ); se instituyó el derecho de ciudadanía de los extranjeros, el derecho de la ciudad de origen , el principio e derecho de paso por tierras de los mares ribereños, la declaración de la forma justa de declarar la guerra, los tratados sobre prisioneros, la entrega de cadáveres de los enemigos para recibir honras fúnebres en su patria, el asilo en los templos, todo esto basados en antiguas prácticas jurídicas Praeter lege. El derecho de la guerra fue cruel, aun cuando poco a poco se fue humanizando. Institucionalizaron el arbitraje pero como un medio para señalar las fronteras de los pueblos helénicos.
 
Judea: Instituciones como la guerra o la búsqueda de la paz, “la guerra santa” consagrada en el cristianismos y el islamismo de origen teocrático ( Deuteronomio), “Cuando hayas tomado una ciudad no rompas los árboles, ni los cortarás con hacha, porque puede servir para tu alimento” (XX-19) “Un mismo derecho tendréis: como extranjero, así será el natural ( principio de la igualdad de derecho de naturales y extranjeros)” la conversión de las espadas y las lanza en podadoras, no desenvainar la espada pueblo contra pueblo , no se adiestrarán mas en la guerra (Isaías 2:4) diríamos que son el origen del pacifismo moderno, basado en el Amor inspirado por Dios y Jesús.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Roma: El imperio Romanose caracterizó por aplicar el derecho del más fuerte y en las guerras eran despiadados ; consagraron una división entre el civitatis y el gentile o extrangieri, lo que origina el ius civilis y el ius gentium. Pero en sus relaciones con los otros pueblos, los tratados fueron un simple medio de expansión y sometimiento de su soberanía.( foedera non eaqua). Para los Romanos la guerra terminaba por el aniquilamiento militar del adversario, por la ocupación del país que se conquistaba con la rendición incondicional, o por un tratado con claro dominio de la voluntad del soberano de Roma(5 Stadummuler) Hubo algunos tratados con pueblos a los cuales Roma no pudo dominar eran de alianzan paz, amistad y hospitalidad y se concedían a los súbditos el derecho de residir en territorio romano.( foedora eaqua)Tuvo origen la institución del “uti posidetis juris2 que sirvió de regla para señalar las fronteras de los nuevos estados latinoamericanos producto de la descolonización de España en las Américas.
Instituciones que nacen primigéniamente en ésta época histórica: <Tratados sobre fronteras, <de paz alianza y amistad; <enviados y legados, <protección de los heraldos, <sanciones por incumplimiento entre tribus y clanes; < las ligas de los pueblos,< las anfictionías; < el derecho de la ciudad de origen; < el ordenamiento del bloqueo durante la guerra marítima;< el derecho de paso por tierra y por los mares ribereño;< la declaraciones de la forma justa de declarar la guerra.< Los tratados sobre prisioneros; <la entrega de cadáveres de los enemigos para recibir honras fúnebres en su patria. < Unas incipientes costumbres humanitarias sobre la guerra,< Ligas de naciones. <El amor como fundamento del pacifismo modernos; <la extradición ; <asilo; <solución de diferencias entre pueblos por arbitraje, cláusula compromisoria.< Comercio como forma de acercamiento entre los pueblos.
 
Feudalismo:
 
En el feudalismo encontramos algunas instituciones y teorías que debemos resaltar: Las relaciones de producción organizadas en el feudalismo, con la monarquía a la cabeza, la aristocracia y los ciervos de la gleba. La marcada influencia de la Iglesia Católica bajo la autoridad del papa, se divide, el poder político y las fuentes del derecho internacional en dos ramas : una de carácter ecuménico regentada por la Iglesia y la otra secular proveniente del gobernante : monarca, o emperador. El poder del papa se configura en supranacional más que internacional. Predomina la teoría teocrática del origen del poder. Y por tanto la superioridad del papa sobre el mismo. Una autoridad investida por Dios con la misión de gobernar a los gobernantes y proteger el derecho en toda la tierra, por lo que no eran necesarias las guerras ni el derecho internacional, predomina en esa época.
 
El papa era el representante supremo de la unidad de mando de la civilización occidental, en los pueblos el poder político estaba fraccionado ente los señores feudales: eclesiásticos y seculares: duques, condes, obispos, etc. Estos eran amos o dueños, tenia una serie de poderes como el de confiscar la propiedad dejada en sus territorio por los extranjeros al fallecer, quitarle un caballo a un ciervo de la gleba, a despojarlo o encarcelarlo a su arbitrio, o imponerle tributos desmedidos y abusivos, era un régimen absolutista el que imperaba.
 
 
 
 
 
 
Carta Magna de 1215 : Producto de la resistencia que la aristocracia y los Ministros de la Iglesia le hacen al Rey Juan Sin tierra, este pacta a través de la carta magna con estos señores una serie de concesiones que diríamos son el fundamento del nacimiento de una monarquía parlamentaria, por cuanto se crea un Concilium o parlamento, el cual sin su permiso, el rey no puede crear tributos, se crea la institución de el “abeas corpus” y se determina que la aristocracia solo puede ser juzgada por su pares, el derecho de los extranjeros de manejar y heredar de sus pares, franquicia a las asociaciones de mercaderes. Esto sirvió mucho por cuanto los otros países toman estos modelos, posteriormente esta el “Petition of Right” y el “Bill of Right” , en 1688, pasó de una monarquía absolutista a una monarquía parlamentaria , diríamos que se dio la primera revolución moderna en Inglaterra , allí se amplían y se conceden nuevos derechos a la aristocracia y a la burguesía naciente, se organiza el parlamento en Cámara de los Loores y de los Comunes y se hace un repartimiento del poder sentándolo en el Concilum. Lo que nos demuestra que los derechos se adquieren mediante la lucha. El pensamiento de personajes como Hobbes , este último fundado de liberalismo político Jhon Locke, Para Locke el poder no proviene de la naturaleza como decía Aristóteles, ni de Dios a través de Dios o a través del rey, en Locke el contrato lo hacen hombre libres racionales para fundar un poder limitado; el origen del poder somos nosotros mismos. “Tu tienes tanto poder cuanto yo te he dado” (Locke Dos tratados sobre el régimen Civil 1789). Locke humaniza la idea del poder; se hace secular y moderno. Fundamenta la transición de la Monarquía absoluta y la monarquía constitucional. Fundamenta una revolución. Es la base ideológica del concepto de libertad para justificar la presencia del régimen capitalista, cuando la definía como el derecho a que nadie me impida cumplir la ley (5)Los pensadores de la Libertad de John Locke a Robert Nozick Mario Grondona Editorial Sudamericana pag-24)
El mundo civilizado de la edad media se dividía en Europa y América, el medio oriente en cristianos e islamistas , había una prefiguración de la coexistencia pacífica, rotas por las cruzadas o las incursiones de los piratas y los bárbaros, se daban intercambios comerciales entre el oriente , el oriente medio y Europa, La autarquía fue una situación propia de China y Europa aislada, esta última vino a desarrollarse con el aporte en ciencia y cultura de oriente .El  desarrollo del feudalismo , articulando la sociedad europea occidental en un orden gradual de relaciones de lealtad personal , esquema que se rompe cuando se da la conquista de la unidad de poder y la de la independencia del Estado, fenómeno propicio para la burguesía incipiente a la que se le abre paso al sistema de libertad de mercado.
 
Hay tres personajes que debemos resaltar :
 
Francisco De Victoria: (1486-1546) Dominico salamantino, obispo de Tucumán. Catedrático de teología. Consagrado como “el fundador del derecho de gentes”, arremete contra los españoles, al decir que con que derecho se despoja a los aborígenes de América de sus tierras y de su cultura. Los españoles solo tiene derecho de exigir a los indios la libertad de comercio y la libertad de predicar el evangelio. el paganismo ni la condición de infieles son en modo alguno causa justas para legitimar la intervención armada sobe los pueblos aborígenes. Guerra (Vitoria citado por Luis Fernando Álvarez Londoño DIP, Publicación Universidad Pontifica Bolivariana pag 78) “El derecho de gentes no solo tiene fuerza por el pacto y el convenio de los hombres sino que tiene verdadera fuerza de ley. El orbe todo, que en cierta manera forma una república, tiene poder de dar leyes justas y a todos convenientes, como las del derecho de gentes…Y ninguna nación puede crearse menos obligada al derecho de gentes porque está dado por la autoridad de todo el orbe”.(Truyol, de Esp. 53) significa que la teoría de la primacía de Derecho Internacional ya existía en la edad media.
 
 
 
En su obra “Relectiones De jure belli dice: “Si es licito los cristianos hacer la guerra ?: Cuando sea una causa justa para repeler una injuria grave”.
“En quién radica la facultad de declara y hacer la guerra? En la república y por quien la represente.”
“Causas para que la guerra sea justa? La única causa de guerra justa es la injuria recibida, peor no cualquier injuria, sino aquella que sea proporcionalmente grave.”
 
Qué cosas son licita contra los enemigos en caso de guerra justa?. Todo es lícito cuanto sea necesario para la defensa del bien público, para recuperar lo perdido y compensar el daño y perjuicios sufridos. Se puede castigar al enemigo en la medida que lo exija la injuria recibida y para prevenir otras nuevas” ( VICTORIA citado por Luis Fernando Álvarez pag 77)
 
Francisco Suárez:( 1548 – 1617) El valor de la obra de Suárez radica en la descripción de las características esenciales del derecho de gentes, su fundamento sociológico y metafísico : el género humano decía “ la razón esencial de esta parte del derecho consiste en que el género humano , aunque dividido en reinos y naciones diferentes, tiene sin embargo, cierta unidad no solo específica, sino también cuasipolítica y moral, que resulta del precepto natural del amor y de la caridad mutua que debe extenderse a todos, aún a los extranjeros…”…..Así como una ciudad o en una provincia la costumbre introduce el derecho , así las costumbres han podido introducir el derecho de gentes en la universalidad del género humano”
 
Hugo Grosio:(1583-1645 ) Nació en Delf Holanda polígrafo y estadista estudio en la Universidad de Lyden, llamado el padre de las ciencias de derecho internacional, se le condenó a cadena perpetua y escapó a Francia donde escribió “Apología”, perseguido por defender las teorías liberales y del libre albedrío, se trasladó de allí a Suecia donde la reina Cristina le nombra su embajador en París. Su verdadero nombre era Hugo Van Groot, comúnmente llamado GROCIO. Defiende ahincadamente en un debate jurídico la tesis de Mare liberum, sostenían la tesis del dominio de los mares Portugueses, españoles e ingleses, los primeros fundados en el tratado de Tordesillas. Sale para ese momento la sorprendente tesis de el océano es libre para todos. Fuera del alcance de los cañones en la costa, para él , los mares eran o debían de ser vía libre para todas las naves , sin distinción de nacionalidad.. era la tesis del Mare liberum o mar abierto, el ingles Juan Selden escribió un tratado sobre Mare Causum o cerrado, fundado en que el soberano tenia el derecho natural de considerar como dominio suyo la porción del mar que rodea sus tierras. Elabora todo un sistema de derecho de gentes natural. Escribe sobre de iuri belli ac pacis. Propone que debe haber un derecho para la paz y un derecho para la guerra, para demostrarle a la humanidad que no obstante el conflicto y las hostilidades, entre estados, estos no se encuentran libres del dominio del derecho en su coexistencia y en sus determinaciones. Para Grocio “el derecho internacional es un punto intermedio entre el derecho natural y el derecho interno de lo estados. Su universalidad se fundamenta en la participación del derecho por medio de los tratados y por el uso y su carácter individual y regional, por su constitución a partir de la voluntad particular de lo estados. El derecho natural es el imperio de la razón universal que se manifiesta en la razón humana. El ius volumtarium es, por el contrario, el imperio de la voluntad, es decir, son mandatos y prohibiciones de una voluntad –humana o divina- a otras voluntades. ( Grocio citado por L.F. Álvarez hist. Dip pa 85)
 
 
 
 
 
 
 
La paz de Wetfalia de 1648.  Marca un hito histórico como que por primera vez se da el inicio de la práctica de lo Estados de deliberar en asambleas multilaterales para resolver los problemas por medio de tratados internacionales. Es el acuerdo de paz con que termina la famosa guerra de los 30 años. Los acuerdos se dan en los congresos de Münster y Osnabrück. Consagran el cisma religioso católicos y protestantes, como vertientes del cristianismo, mantienen la independencia de los Estados alemanes, Suiza y los países bajos, Francia recibe Alsacia. Se aplica el principio del equilibrio político como factor de poder. Significa que la voluntar que engendra el poder de un Estado no prevalece sobre los otros, es la fuente del principio de la autodeterminación y de la igualdad jurídica de los Estados. Se abre paso a las “legaciones diplomáticas permanentes”, Venecia en el Siglo XV Francia para la época de Luis XIII , Inglaterra a fines del siglo XVI, después en el Siglo XVI y XVII en Rusia , Persia , Siam USA envía su primer embajador a Francia a fines del siglo XVIII; la organización de los Ministerios de relaciones exteriores. Esto generó el conflicto de precedencia que consistía en las pretensiones de los príncipes o sus legaciones por la preeminencia y privilegios a favor de los soberanos que representaban, en especial en los ceremoniales, conflicto que fue solucionado en el Congreso de Viena de 1815, mediante un reglamento para el rango diplomático. Esas prerrogativas o privilegios dieron nacimiento a la inmunidad de jurisdicción e inviolabilidad de la persona del Meesangers. Los Cónsules perdieron su carácter diplomático y se relegaron a tener una representación de tipo comercial. La soberanía radicaba en el monarca como príncipe absoluto. El estado es el rey, las diferencias internacionales se resolvían mediante la guerra. Muy lentamente se toman algunos modelos como el de    Inglaterra.
 
Capitalismo:
Revolución americana de 1776. La situación de los colonos ingleses en América sirve de fundamento para elevar peticiones a la Corona por parte de los habitantes anglicanos, puritanos y cuáqueros, todos cristianos protestantes de las 13 colonias inglesas en América.
 
La Carta Magna de 1215, la “Petiton of Right” de 1628 y el “Bill of Right” de 1689, tenían igual validez   a un lado y al otro del océano; un Petition of Right de los Colonos a la Corona origina nuevas imposiciones de esta a los colonos .Había cierto equilibrio en el régimen sistema de libertades, institucionalizado en el triángulo de: unas cartas reales, una asamblea y un gobernador nombrado por la Corona, era la síntesis de la forma de gobierno.
 
 Debido a los continuos abusos de la corona y al final la imposición de que debía adquirir el te de calidad inferior y mas caro, origina que unos colonos disfrazados de indios en el puerto de Boston la noche del 15 de diciembre de 1773   arrojan al mar el cargamento de te  , lo que origina serias represalias por parte de la Corona; en mayo de 1775 se inicia la guerra de independencia , en 1778 se internacionaliza la guerra con la participación de Francia, España y Holanda, pero fue en 1776 que se expide la famosa Declaración de Derechos fundamentales , la que hoy conocemos como la Declaración de Derechos del buen pueblo de Virginia .
 
El aporte de la revolución americana es significativo para la política , los gobiernos y el mundo contemporáneo, sirve de soporte al proceso de la revolución Francesa , para la organización de su sistema pos revolucionarios; el modelo presidencialista es adoptado por la mayoría de los Estados del Mundo, se inicia el concepto del Estado moderno   la organización de las ramas del poder publico concebidas por Locke y Montesquiu, el estado federal, la organización de los Estados Federales , para este momento tienen la mas antigua constitución del orbe desde 1787.
 
Se le hace un gran aporte político a la humanidad y al DIP. La Declaración de Derechos del buen pueblo de Virginia del 12 de junio de 1776 que consagra : el derecho a la vida, la libertad , buscar la felicidad la igualdad, la propiedad, la seguridad, la resistencia a la opresión ,el poder inherente al pueblo y proceder de él, ser los Magistrados servidores del pueblo, el deber del gobierno de dar protección y seguridad al pueblo, contra el peligro del mal gobierno , la matota de la comunidad tiene el derecho indiscutible, inalienable, e irrevocable de reformarlo , alterarlo o abolirlo, la separación de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial, , las elecciones de su gobernantes y representantes del pueblo, los deberes de los procesadospenalmente deben ser juzgado por un jurado que represente al pueblo, el habeas corpus, la libertad de prensa, y la tolerancia religiosa. Por primera vez vemos el nacimiento de un gobierno democrático moderno, régimen presidencialista, el federalismo de Estado, un Departamento de Estado que es un Ministerio de Relaciones exteriores. Todo lo anterior sirve de marco a la organización política de los pueblos del continente Americano en especial. El primer embajador enviado por USA A Francia fue Benjamín Franklin ante el Rey Luis XVI.
 
La revolución francesa 1789.Se institucionalizó en la revolución francesa los principio de Libertad, Igualdad y Fraternidad, salidos de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 (26 de agosto) que sirven de marco a la institucionalización de los Derecho del Hombre que cobija a toda la humanidad para éste momento. VOLNEY  en su proyecto presentado a la Asamblea Francesa de 1790 en un proyecto de Declaración decía: “La universalidad del género humano constituye una sola sociedad, cuyos fines son la paz y la felicidad de todos. Los pueblos y los Estados son como los individuos y gozan de los mismos derechos. La invasión de un Estado por otro amenaza la libertad y la seguridad de todos, La asamblea Nacional decreta como precepto constitucional que la nación Francesa no emprenderá guerra tendientes a ampliar su territorio actual.”
El abate GREGORY en 1792 llevo un proyecto de declaración a la Asamblea Nacional que decía “El interés particular de un pueblo se haya subordinado al interés general de la familia humana. Los pueblos son independientes y soberanos. Cada pueblo es libre de darse una organización y cambiar de gobierno., Ningún estado puede intervenir en asuntos internos de otro.”
El pensamiento de estos personajes sirvieron de fundamento, al lado de la tesis de DE VICTORIA, SUÁREZ Y GROCIO a ser la tesis modernas que sirven al concepto de la coexistencia pacífica, al principio de la no intervención, el principio de la igualdad jurídica de los Estados, la personalidad jurídica de los Estados fundada en la soberanía, la libertad y la independencia y la autodeterminación de los pueblos. Decreto del 22 de mayo de 1790 de la Asamblea Constituyente : “la nación francesa renuncia, y no emprenderá ninguna guerra con miras de hacer conquista y no empleará jamás su fuerza contra la libertad de ningún pueblo”
El aporte a la histórico se sintetiza en: Libertad igualdad y fraternidad, la soberanía popular, la separación de poderes, los derechos del hombre las constituciones escritas.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
El congreso de Viena de 1815. Es el congreso de Viena de 1815 que promulga la Santa alianza nace el 4 de junio de 1815, inspirada por la baronesa Bárbara Juliana Krunder, esposa del barón Von Krundener en que participan Rusia, Austria y Prusia, y la adhesión de Inglaterra , corresponde a la idea del Zar ALEJANDRO, de conseguir en tiempo de paz la cooperación que había alcanzado a derribar a NAPOLEON .Se instituye como un idearios de una organización supranacional. Logró mantener el “statu quo” en lo territorial y en el campo político interno de los Estados gracias a las fuerzas estatales y a la intervención militar , en Austria , Nápoles, Piamonte, Francia, España(1823) .Se invita a todos los Estados a participar en ella. La paz internacional depende de la paz interna, por lo que se debía respaldar la intervención de la Santa Alianza en aquellos Estados que mantuvieran “revoluciones generales.  Nace para contrarrestar el avance de las ideas salidas la revolución francesa, coincide con la caída de Napoleón, pretender restaurar las dinastías depuestas producto de la revolución en la América hispánica.
 
Busca restaurar en su trono a los monarcas depuestos, originado de las guerras de revolución e independencia, declara la libre navegación de los ríos internacionales, la abolición del tráfico de esclavos, la expedición de un reglamento sobre agentes diplomáticos (con el cual termina el conflicto de precedencia y la neutralidad perpetua de Suiza.
 
Congreso anfictiónico de Panamá: Es respuesta valerosa de Bolívar a las aspiraciones de la Santa Alianza y de España de recuperar las colonias emancipas y erigidas como Estado. Bolívar dijo La ambición de las Naciones Europeas lleva el yugo y la esclavitud a las demás partes del mundo, y todas estas partes del mundo debieran tratar de establecer el equilibrio entre ellas y Europa para destruir la preponderancia de la última. Yo llamo a esto el equilibrio del nivel.”(Citado por enrique Gaviria Liévano DIP pag. 28).La otra respuesta fue la del presidente MONROE de USA , cuando señala que “América para los americanos”, era la expresión de una declaración unilateral abrogándose el derecho de proteger a los países del hemisferio, el pensamiento Bolivariano era la defensa del sistema republicano y liberal en América.
 
Congreso de Paris de 1856. Finaliza la guerra turca admitida en el concierto europeo; se neutraliza el Mar negro, cerro la navegación al Bósforo y los Dardanelos al paso de los buques de guerra, la libre navegación de Danubio, se crean los principados de Moldavia, Valaquia y Serbia. Las declaraciones sobre el Derecho marítimo internacional de la abolición del corzo; el pabellón neutral cubre las mercancías, salvo el contrabando de guerra, el bloqueo debe ser efectivo para ser respetado. Condenó mediante una declaración el tráfico de negros
 
Convención de Ginebra de 1864, Congresos posteriores, Convenios y Declaraciones: Entre 1856 y 1899 hubo un gran número de congreso y conferencias que originaron lel desarrollo del acercamiento de los pueblos, la internacionalización de las relaciones, del fomento de los derechos humanos y del Derecho Internacional Humanitario. Salen una serie de declaraciones y convenciones como la de Ginebra de 1864 para mejorar la suerte de los heridos en campaña, neutralizó las ambulancias y hospitales y se ocupó de la Cruz roja. Los convenios de 1868 de San Petersburgo que prohíbe el uso de proyectiles explosivos, Conferencia de Bruselas de 1874 sobre leyes, usos y costumbre de la guerra. Tratados de Berlín neutralidad y libre navegación del Danubio. Congreso sobre África de Berlín de 1885 y la conferencia antiesclavista de Bruselas de 1890 que también se ocupó de los asuntos africanos pero mas que todo con un criterio científico.
 
El zar de Rusia impulsa iniciativas de gran importancia como lo fue la reacción abierta contra la paz armada.
 
 
 
SUJETOS DEL DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
Dr. Ramón Pacheco Sánchez
Profesor Derecho Internacional Público
 
TIPICO :   El Estado                                                                                                                                                                                   
Noción de estado :”
 La Nación jurídicamente organizada en un territorio que ejerce un poder que se llama soberanía. ( Rapsa)
 
Elementos del Estado :
·          Población:  Deutsch(6)   “Es una comunidad de significados compartidos” “ un grupo de personas que comparten hábitos complementarios de comunicación , sus miembros tienen una inteligencia común , sus seres y relaciones son comprendidos  Es multitud de individuos vinculados coerciblemente, es el orden en que caben nacionales y extranjeros , sobre el cual ejerce dominación la autoridad, gobernación y cuyos intereses administra, delimitado y definido por la comunidad espacial sobre la cual se ejerce jurisdicción.(6) 
·          Nación: Hecho sociológico e histórico de la Edad moderna, es uno de los supuestos o condiciones del Estado, en su concepción funcional, gobernación de un grupo humano. El Estado no nace espontáneamente, es hijo de la voluntad de organización de una nación. Es una decisión de unidad política, bajo un orden jurídico, adoptada por la nación Forma evolucionada de la comunidad, desarrollo de modos pre nacionales: como organizaciones tribales (clanes) ” ,” la comunidad urbana” (polis) la comunidades feudal basada en el dominio territorial.(7)
·          ( Constitucionalismo colombiano pag. 142 Luis Carlos Sáchica . Teoría francesa: de tipo formalista. Funda el asentimiento popular y la unanimidad de un grupo humano en torno a la unidad jurídica, a un cierto tipo de asociación política. Se basa en el pensamiento de Rousseau sobre la “voluntad general expresada por medio del contrato social.(Contrato Social J.J. Rousseau) 
·          Patria: Considerado como un sentimiento, como el afecto a ese concepto de nacionalidad , producto del arraigo y el afecto que se siente por la patria y la patria chica, si es preciso sacrificar la vida por ella ,así se hará por ese sentimiento patrio, del cual somos oriundos, de la que tenemos una entrañable relación afectiva , de la que somos parte entrañable,, por nuestra formación ,nuestras costumbres, el idioma, la religión y la tradición a la que está unido a nuestro pensamiento, nuestra familia y de nuestros ancestros.  
·         País: Se ha usado en muchos momentos como sinónimo de estado, nación o patria. El Estado, en muchas geografías están formados por varios países o identidades culturales, como el país de Gales, el país Vasco;   con sus propias costumbres idiomas e identidad, hay países que son de una solo estructura cultural, como hay varios países o estructuras culturales que se integran en u Estado.
Teoría Objetiva: Elcriterio para distinguir la nación es de orden material: raza, lengua, costumbres, religión, etc.
Teoría Subjetiva :está mas bien en los fundamentos psicológicos, sentimentales, culturales.
 
·         Territorio:
                Noción :“Parte del planeta tierra sobre el cual se erige el Estado y ejerce su soberanía ”
·         Formas de adquirir el territorio :
  • Originarios :
  • Conquista 
  • Descubrimiento
  • Ocupación y la teoría de la contigüidad, Régimen jurídico de las zonas polares ( ocupación efectiva es la habitabilidad)
            Uti possidetis jure, uti possidetis de facto
  • Derivados: la accesión, el aluvión, la avulsión ,la cesión , la adjudicación, la prescripción, la sucesión de Estados .
 
  • Elementos que se integran al concepto del territorio:
·         Suelo
·         Subsuelo
·         Espacio aéreo - aire
·          Orbita geoestacionaria o geocincrónica.( convención de la Luna y demás Cuerpos Celestes de 1969)
·         Derecho del Mar ( Convención del Mar Montigobay de 1984)
·         Mar territorial
·         Zona contigua
·         Zona económica exclusiva
·         Plataforma continental
·         Aguas interiores 
·         Océanos profundos
·         Alta mar
·          Soberanía: Poder. ( teóricos iniciales: Bodin y Hobbes en el siglo XVI y XVII) “aquel poder absoluto y perpetuo de una República, en donde se entiende que cada individuo se somete voluntariamente al Estado y a sus leyes; restringe su voluntad individual, con el fin de ver protegidos y asegurados los derechos de la sociedad. Hobbes) Ligados a los conceptos de independencia, autonomía, autodeterminación, capacidad jurídica de decidir y actuar, de negociar y ser sujeto de derecho y obligaciones internacionales, esto es persona jurídica del DIP.
·          Krasner la clasifica: soberanía internacional: reconocimiento mutuo que se hacen entidades territoriales que poseen independencia jurídica formal. Soberanía wesfaliana: reservada a la exclusión que hacen los actores externos en las decisiones de los estados. soberanía interna: referida esencialmente a la organización de la autoridad pública del Estado y al nivel de control efectivo ejercido por quienes detentan la autoridad. Soberanía interdependiente la relativa al control de las autoridades de los movimientos fronterizos.(Krasner Stphen D. Soberanía, Hipocresía organizada. Barcelona2001 pag. 14)
·         Interior o  inmanente: Se funda en la voluntad interna y unilateral del Estado. Se ejerce dentro de los límites del territorio, sobre sus nacionales y sus riquezas naturales.
·         Internacional:Surge de la voluntad de los Estados manifiesta bilateral o multilateralmente, a través de sus prácticas o sus acuerdos consagrados en los tratados a nivel regional o universal
·         Concibe “El Estado como una persona o individuo cuya autonomía debe ser respetada por el resto de los Estados” (Isaiah Berlin)
·         “La soberanía en sentido jurídico confiere derechos y obligaciones a los Estados, quienes gozan de autonomía e independencia para la regulación de sus asuntos internos, y pueden aceptar libremente, sin imposiciones foráneas, en su condición de sujetos iguales de la comunidad internacional, obligaciones orientadas a la convivencia pacífica y al fortalecimiento de relaciones de cooperación y ayuda mutua. En ocasiones ello puede requerir la aceptación de la competencia de organismos internacionales sobre algunos asuntos de competencia nacional, o la cesión de algunas competencias nacionales a instancias supranacionales. De conformidad con la jurisprudencia de esta Corte, tal posibilidad es compatible con nuestro ordenamiento constitucional, siempre que tal limitación a la soberanía no suponga una cesión total de las competencias nacionales.” (Corte Constitucional SC-578-02 Dr Manuel José Cepeda E.)
 
      Clasificación de los Estados
·          Unitarios: Formado por un todo indivisible, la soberanía se ejerce en todo el territorio, la legislación es para todo el territorio. Colombia es un Estado unitario ( Art.. 1º. Constitución de 1991)
  • Compuestos: El ejercicio de la soberanía no se cumple uniformemente, aparece dividida o fraccionada por existir otros entes con capacidad normativa o de poder, se ve en la unión personal y real, en las federaciones y las confederaciones.
·          Unión personal o real: Personal. Dos o mas estados se unen bajo la autoridad de una sola persona, conservando su organización política y propia legislación. Es accidental o temporal Ejemp. Países Bajos y el Gran ducado de Luxemburgo (1825-1890) Real: Aquí se dan instituciones comunes, como un parlamento o un Gabinete común a los Estados( Austria y Hungría 1867 1918, suecia Noruega 1814-1905)
  • Confederaciones : Varios estados para garantizar su mutua defensa interior y exterior se confederan, contratados de Unión, liga confederación como los que se sderon entre peru y Chile en 1822 y entre México y Centro América en 1825
  • Federaciones: Se caracteriza por haber una completa subordinaciónde los Estados respecto a la Federación, la que domina a los Estados que la integran. Posee un poder político superior a cada Estado miembro. Los Estados que la integran no tiene personería internacional independiente, esta en cabeza del poder federal.USA , MEXICO, BRASIL .
 
 
 
 
 
  • Comunidades internacionales de Naciones :
            Commonwelth Británico ( UK) Canadá, Australia, Nueva Zelandia, 
            Unión Sudafricana, India, Pakistán, Ceilán, Jamaica.
  • Territorios sometidos al régimen de administración fiduciaria: ej: Islas
Marianas, Marshall y Carolinas (SA), Mueva Guinea ( Australia) 
  • Reconocimiento de Estados y gobiernos :
  •  Teorías Constitutiva
  • Teoría Declarativa
  • De gobiernos. Teorías : Tobar, Betancourt , Estrada , Europa
  • De beligerancias
  • Estamos semisoberanos :Vasallos, Dominios, Protectorados, Mandatos
 
ATIPICOS :
 
  • Las Organizaciones internacionales( 104 y 105 carta UN)
  • La Nación
  • Estados con subjetividad jurídica internacional parcial :Landers
  • Estados con subjetividad de obrar limitada: San Marino, Mónaco
  • La Santa Sede - ciudad del Vaticano tratado de Letrán de 1929
  • La soberana orden de Malta
  • Los beligerantes o insurrectos Los movimientos de liberación nacional
  • El individuo como sujeto excepcional del DIP
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
FUENTES DEL DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
Dr. Ramón Pacheco Sánchez
Profesor Derecho Internacional Público
Consagrados por la doctrina y por el Artículo 38 Estatutos de la Corte Internacional de Justicia
 
  • Convenios o tratados generales o especiales
  • Noción: Manifestación de voluntades de dos o mas sujetos internacionales en un documento principal o varios conexos que producen efectos jurídicos.
  • Elementos :
  • Pacta sunt servada : Cumplimiento de la obligación y de buena fe.
  •  excepciones : imposibilidad, física, moral y la “rebuc sic stantibus”.
  • Res Inter Eliot acta: Liga únicamente a quienes suscribieron el tratado.
  • Clasificación de los Convenios o Tratados:
    generales o especiales
  • Abiertos y cerrados
  • Bilaterales, unilaterales , bipartitos
  • Tratados ley Constitución
  • Tratados marco constitución
  • Según su naturaleza: constitucionales, administrativos, políticos etc
  • Interacción entre el Convenio y la Costumbres - Teorías:
  • Efecto Declarativo
  • Cristalizador 
  • Constitutivo o generador
 
  • Costumbre Internacional: Noción: Práctica, general, uniforme y regular en el tiempo de necesario cumplimiento o conciencia jurídico (juris vel necessitatis). Origen de muchas instituciones internacionales actuales. Las normas de derecho marítimo nacen de las compilaciones de los famosos Roles de Olerón del siglo XII y del Consulado del Mar. Del Siglo XIV. el Derecho consular y diplomático nace de la practica entre los pueblos .expresa la manera de ser o sentir u obrar de las gentes. GENNY los a define como “una serie bastante de hechos repetidos mediante la cual se ha establecido una práctica constante respecto a una relación de la vida social” La CIJ reconoce como normas consuetudinarias según el aparte b del artículo 38 de los Estatutos aquellas que hubieren sido aceptadas como derecho por la práctica entre estados, la cual no requiere un plazo indefinido para convertirse en costumbre internacional (.Sentencia sobre la plataforma del Mar del Norte de 1969 entre Dinamarca , Alemania y los Países Bajos.)( Citada por E. Gaviria pag. 39 DIP Edit. Temis)
  • Elementos: Practica, regular en el tiempo, general, uniforme, juris vel necessitatis
  • Conflictos entre la El tratado y la Costumbre : Reglas:1.Deben ser de la misma naturaleza, esto es universal o regional, 2. la Especial prima sobre la general, la posterior sobre la anterior, 3. salvo que se trate de una norma que tenga el caracter de “jus cogens” que prima sobre todas las demás .
  • Principios Generales del Derecho:
  • Jurisprudencia:
  • Doctrina:
  • Resoluciones generales de la Asamblea General de las Naciones Unidas
  • Actos unilaterales de los Estados :Notificación, Reconocimiento, Protesta,
     Renuncia
  • Equidad : “Ex eaquo et bono”: Función de la equidad en el DIP:
  • Infra legem
  • Preater legem
  • Contra legem
 
 
 
RELACION ENTRE EL DERECHO INTERNACIONAL Y EL DERECHO INTERNO DE LOS ESTADOS
Dr. Ramón Pacheco Sánchez
Profesor Derecho Internacional Público
 
Las relaciones jerárquicas entre el derecho interno y el internacional en caso de conflicto, exponiendo a grandes rasgos la posiciones doctrinales correspondientes.
 
  • Teoría dualista(Triepel, Anzilotti)
  • Teorías monista : Kelsen
  • Teoría Coordinadora: Miaja de la Muela, Truyol, Verdross
  • Práctica Colombiana :
  • Doctrina basada en el concepto de la Constitución ley de leyes
  •  Doctrina que acepta la prevalencia del DIP sobre el Derecho Int. C-574-92
  • Doctrina sobre el bloque de Constitucionalidad C-225-95
  • Francia: Constitución: Art. 54 Si es contraria a la constitución, su aprobación o ratificación no se dará sino después que la Constitución haya sido revisada. 
  • Art. 55 los Tratados tendrán un autoridad superior a las leyes
  •  España: Constitución: Art.95 la celebración de un tratado internacional que contenga estipulaciones contrarias a la Constitución exigirá la previa revisión constitucional.
  • Federación Rusa: Constitución: Art. 15.4. “Los principios y normas del DIP generalmente reconocidos y los tratados internacionales de la Federación Rusa, forman parte de su sistema jurídico. Si un tratado Internacional se establecen reglas distiendas a la prevista en una ley, se aplicarán las reglas del Trato internacional”
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
LA RESPONSABILIDAD INTERNACIONAL DE LOS ESTADOS Y DE LAS ORGANIZACIONES INTERNACIONALES :
Dr. Ramón Pacheco Sánchez
Profesor Derecho Internacional Público
 
Fuentes de la responsabilidad de los Estados :
  • Usos y costumbres
  • Convenios o tratados internacionales
  • El derecho interno de los Estados
  • Proyecto de codificación deformas de la Comisión del DI de ONU:
  • Responsabilidad del Estado por hechos internacionales ilícitos
  • Noción :
  •  La responsabilidad internacional:
  • 1. La existencia de un acto u omisión que viole una obligación prevista en una norma internacional vigente entre el estado responsable del acto u omisión y el Estado perjudicado por tal acto u omisión.
  • 2. El acto ilícito debe ser imputable al Estado como persona jurídica
  • 3. Debe haber producido un perjuicio o daño como consecuencia del acto ilícito.
  • Clases de daño :
Material o pecuniario
Daño Moral
           Daño sobre bienes jurídicos
  • Efectos de la reparación:
Se condene a pagar como indemnización por los daños causados
 
  • Clases de reparación :
  • La restitución
  • La indemnización
  • Satisfacción
 
  • Clases de responsabilidad :
  • Directa:
      El comportamiento de cualquiera de los Órganos del Estado: Ejecutivo, 
           Legislativo , Judicial
  • Indirecta:
Cuando el Estado responde por daños causados con violación de las normas internacionales cometidos por otro Estado. Por otros personas por denegación de justicia.
 
  • Fundamentos jurídicos de la responsabilidad del Estado
 
Responsabilidad objetiva: El Estado es responsable por el solo hecho de haberse infligirse daño a la persona o haberse violado la norma de derecho internacional.
Basta probar: 1. Que se hay causado el daño, 2. Que existe un nexo de causalidad entre el daño y el agente 3. Que hay violado una norma de derecho internacional.
 
 
Responsabilidad Subjetiva: No se basa únicamente en el hecho de haberse producido el daño y que existe un nexo de causalidad entre éste y el agente , sino que debe establecerse si el daño se produjo como consecuencia de la acción gravemente culposa o dolosa de los Agentes u órganos del Estado .
 
  • Circunstancias excluyentes de la ilicitud:
 
  1. Consentimiento
  2. Contramedida
  3. Fuerza mayor y caso fortuito
  4. Peligro extremo
  5. Estado de necesidad
  6. Legítima defensa

Protección diplomática:
 
Noción: El estado hace suyas las reclamaciones de sus nacionales cuando quiera que se haya inferido daños o lesiones su sus personas o a sus bienes. Es potestativa no obligatoria.
 
  • Requisitos :
  • Que tenga la misma nacionalidad del Estado reclamante
  • Agotamiento de recursos internos.
  • Que el reclamante haya observado una conducta limpia
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

 
 

DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
Síntesis de la Historia y origen de sus instituciones
Doctor Ramón Pacheco Sánchez
Profesor de Derecho Internacional Público
                                                                                            
Esclavismo:
 
China: Organizado en la edad antigua, bajo una autoridad imperial, muchas veces débil y teóricamente suprema. Influyen en la costumbres de los pueblos chinos: el Emperador Amarillo; Laot Tsé y Confusio, en la investigaciones sobre la naturaleza, las plantas y su uso, el medio biológico del ser, y las enseñanzas filosofía a su pueblo. La filosofía política fue basada en la idea de dominación universal “China – Imperio del Centro – y sus emperador – Hijo del cielo”(1).El DIP es muy incipiente en sus relaciones con otras naciones. Hubo algunas costumbre cuasi internacionales. Confucio influye en el tema de la paz, condena la guerra como un mal, por excepción se aprobará la guerra justa contra un Estado que oprime a un pueblo los límites morales del poder del estado, alaba políticas que se alcancen por medios pacíficos. Los pueblos de cada uno de los señores en guerra no se consideraban enemigos entre si, no hubo discriminación entre los súbditos y un príncipe enemigo. En tiempo de paz el intercambio entre los principios y sus enviados estaba regulado por unos ceremoniales cuidadosamente graduados, según el rango de las personas. Se dice que allí nació o tuvo su origen mas primitivo o remoto el ceremonial diplomático. La gran unión de Estados chinos concebida por Confucio (519-479 AC) ha sido comparada como la de de la Sociedad de Naciones.(1) (2)
 
India: El documento mas preciado es el Código de Manú compilación hecha 100 años ac. Se destacan algunas descripciones sobre las prácticas de guerra, aun cuando parece referirse a las luchas tribales del pueblo Indu. Se considera la guerra justa como algo inevitable. “Un guerrero digno se supone que no ataca al enemigo dormido, o que ha perdido su escudo o esta desarmado, o se ha dado a la huida.” (1). Se da el respetar las plantaciones o cultivos y a las moradas y a los propios cultivadores de la tierra.(1)
 
Mesopotámia: Se desarrolla en lo que es hoy medio oriente una gran culturadel los pueblos árabes, Mesopotámia, Babilonia, Palestina y el imperio de los Hititas. Son los países de la cuenca del Mediterráneo propicios para los intercambios de mercaderías de la región e intercambios jurídicos de ciertos códigos como el de Hammurabi (3)( escrito en 1675 ac y descubierto en 1902 en escritos cuneiformes ) Es una de las culturas mas antiguas, que dejo sus vestigios a través de manuscritos. Ya cerca del 3100 ac data el tratado mas antiguo de que tenga cuenta la humanidad, se habla de un tratado de Eannatur, el victorioso señor de la ciudad-Estado de Lagash de Mosopotamia y los hombres de Humma, otra “ciudad-estado” de la misma región. Hay quienes afirman que dicho tratado traía una cláusula de arbitraje. Habiéndose señalado los limites de Lagash y Humma por Misilin rey de la comunidad Kish.Los hititas buscaban la paz y no la guerra; con Babilonia realizaron una alianza y una política de neutralidad. Es de anotar que tales tratados alcanzaron fórmulas estables, protocolos y ceremonias definidas.(4) Truyol y Serra Historia del DIP,Edit Técnos,S.A. 1998,pag.19 ).
 
Para esta época encontramos los Estados vasallos quienes celebraron tratados por sometimiento, en el que juraban fidelidad y compromisos ante el Estado superior que los manejaba subordinadamente.
 
 
 
 
Egipto : Hubo relaciones entre los Hititas y los Egipcios, en 1272ac se firmó entre Ramses II y Khattuschill III de los Hititas, un tratado redactado en el idioma arcadio babilónico, lenguaje diplomático de la época, las partes acuerdan un tratado de extradición a que quedaban sujetos los enemigos internos de cada país que buscaran refugio en el otro, muestra este tratado un sentido humanitario lo que hace contraste con las prácticas despiadadas de la época. Respaldaba la obligatoriedad del cumplimiento del tratado el juramento religioso. (4)
 
Grecia: Atenas, Argos y Esparta formaron pequeños estados, el DIP helénico estuvo caracterizado por el de liga de ciudades. Se basaba en la coexistencia de numerosos estados-ciudades libre e independientes que se asociaban en ligas, el estados-ciudad (polis) abarcaba mucho mas que la comunidad política que era regulada por la vida religiosa en torno al tempo de los dioses así como las anfictionías o reuniones de confraternización de las polis helénicas. Su cultura se basaba en el derecho del más fuerte en la época homérica ( V-IV ac) .Surge el derecho como concepción religiosa pero el sofisma trajo el racionalismo del derecho , predominando como encarnación de la voluntad del Estado, que en la democracia ateniense correspondía a la voluntad de la mayoría (5 Standmuller ).Los límites del Polis se definía por fronteras naturales; el poder del estado se ejercía indistintamente en cada una de las comunidades política como la aristocracia y la democracia. Para los griegos había una división muy clara entre los helenos y los bárbaros. Para los primeros regía del derecho internacional entre estados griegos, para los segundos el comitas gentium esto es usos y costumbres sujetos a los principios generales del derecho natural; las relaciones se desarrollaban a través de enviados o legados quines negociaban. Había enviados de las ciudades en virtud de que no existían la relaciones diplomáticas permanentes, para proteger los intereses de la ciudad estados se crearon los proxenos, en cabeza de domiciliados (metecos que era el extranjero residente ); se instituyó el derecho de ciudadanía de los extranjeros, el derecho de la ciudad de origen , el principio e derecho de paso por tierras de los mares ribereños, la declaración de la forma justa de declarar la guerra, los tratados sobre prisioneros, la entrega de cadáveres de los enemigos para recibir honras fúnebres en su patria, el asilo en los templos, todo esto basados en antiguas prácticas jurídicas Praeter lege. El derecho de la guerra fue cruel, aun cuando poco a poco se fue humanizando. Institucionalizaron el arbitraje pero como un medio para señalar las fronteras de los pueblos helénicos.
 
Judea: Instituciones como la guerra o la búsqueda de la paz, “la guerra santa” consagrada en el cristianismos y el islamismo de origen teocrático ( Deuteronomio), “Cuando hayas tomado una ciudad no rompas los árboles, ni los cortarás con hacha, porque puede servir para tu alimento” (XX-19) “Un mismo derecho tendréis: como extranjero, así será el natural ( principio de la igualdad de derecho de naturales y extranjeros)” la conversión de las espadas y las lanza en podadoras, no desenvainar la espada pueblo contra pueblo , no se adiestrarán mas en la guerra (Isaías 2:4) diríamos que son el origen del pacifismo moderno, basado en el Amor inspirado por Dios y Jesús.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Roma: El imperio Romanose caracterizó por aplicar el derecho del más fuerte y en las guerras eran despiadados ; consagraron una división entre el civitatis y el gentile o extrangieri, lo que origina el ius civilis y el ius gentium. Pero en sus relaciones con los otros pueblos, los tratados fueron un simple medio de expansión y sometimiento de su soberanía.( foedera non eaqua). Para los Romanos la guerra terminaba por el aniquilamiento militar del adversario, por la ocupación del país que se conquistaba con la rendición incondicional, o por un tratado con claro dominio de la voluntad del soberano de Roma(5 Stadummuler) Hubo algunos tratados con pueblos a los cuales Roma no pudo dominar eran de alianzan paz, amistad y hospitalidad y se concedían a los súbditos el derecho de residir en territorio romano.( foedora eaqua)Tuvo origen la institución del “uti posidetis juris2 que sirvió de regla para señalar las fronteras de los nuevos estados latinoamericanos producto de la descolonización de España en las Américas.
Instituciones que nacen primigéniamente en ésta época histórica: <Tratados sobre fronteras, <de paz alianza y amistad; <enviados y legados, <protección de los heraldos, <sanciones por incumplimiento entre tribus y clanes; < las ligas de los pueblos,< las anfictionías; < el derecho de la ciudad de origen; < el ordenamiento del bloqueo durante la guerra marítima;< el derecho de paso por tierra y por los mares ribereño;< la declaraciones de la forma justa de declarar la guerra.< Los tratados sobre prisioneros; <la entrega de cadáveres de los enemigos para recibir honras fúnebres en su patria. < Unas incipientes costumbres humanitarias sobre la guerra,< Ligas de naciones. <El amor como fundamento del pacifismo modernos; <la extradición ; <asilo; <solución de diferencias entre pueblos por arbitraje, cláusula compromisoria.< Comercio como forma de acercamiento entre los pueblos.
 
Feudalismo:
 
En el feudalismo encontramos algunas instituciones y teorías que debemos resaltar: Las relaciones de producción organizadas en el feudalismo, con la monarquía a la cabeza, la aristocracia y los ciervos de la gleba. La marcada influencia de la Iglesia Católica bajo la autoridad del papa, se divide, el poder político y las fuentes del derecho internacional en dos ramas : una de carácter ecuménico regentada por la Iglesia y la otra secular proveniente del gobernante : monarca, o emperador. El poder del papa se configura en supranacional más que internacional. Predomina la teoría teocrática del origen del poder. Y por tanto la superioridad del papa sobre el mismo. Una autoridad investida por Dios con la misión de gobernar a los gobernantes y proteger el derecho en toda la tierra, por lo que no eran necesarias las guerras ni el derecho internacional, predomina en esa época.
 
El papa era el representante supremo de la unidad de mando de la civilización occidental, en los pueblos el poder político estaba fraccionado ente los señores feudales: eclesiásticos y seculares: duques, condes, obispos, etc. Estos eran amos o dueños, tenia una serie de poderes como el de confiscar la propiedad dejada en sus territorio por los extranjeros al fallecer, quitarle un caballo a un ciervo de la gleba, a despojarlo o encarcelarlo a su arbitrio, o imponerle tributos desmedidos y abusivos, era un régimen absolutista el que imperaba.
 
 
 
 
 
 
Carta Magna de 1215 : Producto de la resistencia que la aristocracia y los Ministros de la Iglesia le hacen al Rey Juan Sin tierra, este pacta a través de la carta magna con estos señores una serie de concesiones que diríamos son el fundamento del nacimiento de una monarquía parlamentaria, por cuanto se crea un Concilium o parlamento, el cual sin su permiso, el rey no puede crear tributos, se crea la institución de el “abeas corpus” y se determina que la aristocracia solo puede ser juzgada por su pares, el derecho de los extranjeros de manejar y heredar de sus pares, franquicia a las asociaciones de mercaderes. Esto sirvió mucho por cuanto los otros países toman estos modelos, posteriormente esta el “Petition of Right” y el “Bill of Right” , en 1688, pasó de una monarquía absolutista a una monarquía parlamentaria , diríamos que se dio la primera revolución moderna en Inglaterra , allí se amplían y se conceden nuevos derechos a la aristocracia y a la burguesía naciente, se organiza el parlamento en Cámara de los Loores y de los Comunes y se hace un repartimiento del poder sentándolo en el Concilum. Lo que nos demuestra que los derechos se adquieren mediante la lucha. El pensamiento de personajes como Hobbes , este último fundado de liberalismo político Jhon Locke, Para Locke el poder no proviene de la naturaleza como decía Aristóteles, ni de Dios a través de Dios o a través del rey, en Locke el contrato lo hacen hombre libres racionales para fundar un poder limitado; el origen del poder somos nosotros mismos. “Tu tienes tanto poder cuanto yo te he dado” (Locke Dos tratados sobre el régimen Civil 1789). Locke humaniza la idea del poder; se hace secular y moderno. Fundamenta la transición de la Monarquía absoluta y la monarquía constitucional. Fundamenta una revolución. Es la base ideológica del concepto de libertad para justificar la presencia del régimen capitalista, cuando la definía como el derecho a que nadie me impida cumplir la ley (5)Los pensadores de la Libertad de John Locke a Robert Nozick Mario Grondona Editorial Sudamericana pag-24)
El mundo civilizado de la edad media se dividía en Europa y América, el medio oriente en cristianos e islamistas , había una prefiguración de la coexistencia pacífica, rotas por las cruzadas o las incursiones de los piratas y los bárbaros, se daban intercambios comerciales entre el oriente , el oriente medio y Europa, La autarquía fue una situación propia de China y Europa aislada, esta última vino a desarrollarse con el aporte en ciencia y cultura de oriente .El  desarrollo del feudalismo , articulando la sociedad europea occidental en un orden gradual de relaciones de lealtad personal , esquema que se rompe cuando se da la conquista de la unidad de poder y la de la independencia del Estado, fenómeno propicio para la burguesía incipiente a la que se le abre paso al sistema de libertad de mercado.
 
Hay tres personajes que debemos resaltar :
 
Francisco De Victoria: (1486-1546) Dominico salamantino, obispo de Tucumán. Catedrático de teología. Consagrado como “el fundador del derecho de gentes”, arremete contra los españoles, al decir que con que derecho se despoja a los aborígenes de América de sus tierras y de su cultura. Los españoles solo tiene derecho de exigir a los indios la libertad de comercio y la libertad de predicar el evangelio. el paganismo ni la condición de infieles son en modo alguno causa justas para legitimar la intervención armada sobe los pueblos aborígenes. Guerra (Vitoria citado por Luis Fernando Álvarez Londoño DIP, Publicación Universidad Pontifica Bolivariana pag 78) “El derecho de gentes no solo tiene fuerza por el pacto y el convenio de los hombres sino que tiene verdadera fuerza de ley. El orbe todo, que en cierta manera forma una república, tiene poder de dar leyes justas y a todos convenientes, como las del derecho de gentes…Y ninguna nación puede crearse menos obligada al derecho de gentes porque está dado por la autoridad de todo el orbe”.(Truyol, de Esp. 53) significa que la teoría de la primacía de Derecho Internacional ya existía en la edad media.
 
 
 
En su obra “Relectiones De jure belli dice: “Si es licito los cristianos hacer la guerra ?: Cuando sea una causa justa para repeler una injuria grave”.
“En quién radica la facultad de declara y hacer la guerra? En la república y por quien la represente.”
“Causas para que la guerra sea justa? La única causa de guerra justa es la injuria recibida, peor no cualquier injuria, sino aquella que sea proporcionalmente grave.”
 
Qué cosas son licita contra los enemigos en caso de guerra justa?. Todo es lícito cuanto sea necesario para la defensa del bien público, para recuperar lo perdido y compensar el daño y perjuicios sufridos. Se puede castigar al enemigo en la medida que lo exija la injuria recibida y para prevenir otras nuevas” ( VICTORIA citado por Luis Fernando Álvarez pag 77)
 
Francisco Suárez:( 1548 – 1617) El valor de la obra de Suárez radica en la descripción de las características esenciales del derecho de gentes, su fundamento sociológico y metafísico : el género humano decía “ la razón esencial de esta parte del derecho consiste en que el género humano , aunque dividido en reinos y naciones diferentes, tiene sin embargo, cierta unidad no solo específica, sino también cuasipolítica y moral, que resulta del precepto natural del amor y de la caridad mutua que debe extenderse a todos, aún a los extranjeros…”…..Así como una ciudad o en una provincia la costumbre introduce el derecho , así las costumbres han podido introducir el derecho de gentes en la universalidad del género humano”
 
Hugo Grosio:(1583-1645 ) Nació en Delf Holanda polígrafo y estadista estudio en la Universidad de Lyden, llamado el padre de las ciencias de derecho internacional, se le condenó a cadena perpetua y escapó a Francia donde escribió “Apología”, perseguido por defender las teorías liberales y del libre albedrío, se trasladó de allí a Suecia donde la reina Cristina le nombra su embajador en París. Su verdadero nombre era Hugo Van Groot, comúnmente llamado GROCIO. Defiende ahincadamente en un debate jurídico la tesis de Mare liberum, sostenían la tesis del dominio de los mares Portugueses, españoles e ingleses, los primeros fundados en el tratado de Tordesillas. Sale para ese momento la sorprendente tesis de el océano es libre para todos. Fuera del alcance de los cañones en la costa, para él , los mares eran o debían de ser vía libre para todas las naves , sin distinción de nacionalidad.. era la tesis del Mare liberum o mar abierto, el ingles Juan Selden escribió un tratado sobre Mare Causum o cerrado, fundado en que el soberano tenia el derecho natural de considerar como dominio suyo la porción del mar que rodea sus tierras. Elabora todo un sistema de derecho de gentes natural. Escribe sobre de iuri belli ac pacis. Propone que debe haber un derecho para la paz y un derecho para la guerra, para demostrarle a la humanidad que no obstante el conflicto y las hostilidades, entre estados, estos no se encuentran libres del dominio del derecho en su coexistencia y en sus determinaciones. Para Grocio “el derecho internacional es un punto intermedio entre el derecho natural y el derecho interno de lo estados. Su universalidad se fundamenta en la participación del derecho por medio de los tratados y por el uso y su carácter individual y regional, por su constitución a partir de la voluntad particular de lo estados. El derecho natural es el imperio de la razón universal que se manifiesta en la razón humana. El ius volumtarium es, por el contrario, el imperio de la voluntad, es decir, son mandatos y prohibiciones de una voluntad –humana o divina- a otras voluntades. ( Grocio citado por L.F. Álvarez hist. Dip pa 85)
 
 
 
 
 
 
 
La paz de Wetfalia de 1648.  Marca un hito histórico como que por primera vez se da el inicio de la práctica de lo Estados de deliberar en asambleas multilaterales para resolver los problemas por medio de tratados internacionales. Es el acuerdo de paz con que termina la famosa guerra de los 30 años. Los acuerdos se dan en los congresos de Münster y Osnabrück. Consagran el cisma religioso católicos y protestantes, como vertientes del cristianismo, mantienen la independencia de los Estados alemanes, Suiza y los países bajos, Francia recibe Alsacia. Se aplica el principio del equilibrio político como factor de poder. Significa que la voluntar que engendra el poder de un Estado no prevalece sobre los otros, es la fuente del principio de la autodeterminación y de la igualdad jurídica de los Estados. Se abre paso a las “legaciones diplomáticas permanentes”, Venecia en el Siglo XV Francia para la época de Luis XIII , Inglaterra a fines del siglo XVI, después en el Siglo XVI y XVII en Rusia , Persia , Siam USA envía su primer embajador a Francia a fines del siglo XVIII; la organización de los Ministerios de relaciones exteriores. Esto generó el conflicto de precedencia que consistía en las pretensiones de los príncipes o sus legaciones por la preeminencia y privilegios a favor de los soberanos que representaban, en especial en los ceremoniales, conflicto que fue solucionado en el Congreso de Viena de 1815, mediante un reglamento para el rango diplomático. Esas prerrogativas o privilegios dieron nacimiento a la inmunidad de jurisdicción e inviolabilidad de la persona del Meesangers. Los Cónsules perdieron su carácter diplomático y se relegaron a tener una representación de tipo comercial. La soberanía radicaba en el monarca como príncipe absoluto. El estado es el rey, las diferencias internacionales se resolvían mediante la guerra. Muy lentamente se toman algunos modelos como el de    Inglaterra.
 
Capitalismo:
Revolución americana de 1776. La situación de los colonos ingleses en América sirve de fundamento para elevar peticiones a la Corona por parte de los habitantes anglicanos, puritanos y cuáqueros, todos cristianos protestantes de las 13 colonias inglesas en América.
 
La Carta Magna de 1215, la “Petiton of Right” de 1628 y el “Bill of Right” de 1689, tenían igual validez   a un lado y al otro del océano; un Petition of Right de los Colonos a la Corona origina nuevas imposiciones de esta a los colonos .Había cierto equilibrio en el régimen sistema de libertades, institucionalizado en el triángulo de: unas cartas reales, una asamblea y un gobernador nombrado por la Corona, era la síntesis de la forma de gobierno.
 
 Debido a los continuos abusos de la corona y al final la imposición de que debía adquirir el te de calidad inferior y mas caro, origina que unos colonos disfrazados de indios en el puerto de Boston la noche del 15 de diciembre de 1773   arrojan al mar el cargamento de te  , lo que origina serias represalias por parte de la Corona; en mayo de 1775 se inicia la guerra de independencia , en 1778 se internacionaliza la guerra con la participación de Francia, España y Holanda, pero fue en 1776 que se expide la famosa Declaración de Derechos fundamentales , la que hoy conocemos como la Declaración de Derechos del buen pueblo de Virginia .
 
El aporte de la revolución americana es significativo para la política , los gobiernos y el mundo contemporáneo, sirve de soporte al proceso de la revolución Francesa , para la organización de su sistema pos revolucionarios; el modelo presidencialista es adoptado por la mayoría de los Estados del Mundo, se inicia el concepto del Estado moderno   la organización de las ramas del poder publico concebidas por Locke y Montesquiu, el estado federal, la organización de los Estados Federales , para este momento tienen la mas antigua constitución del orbe desde 1787.
 
Se le hace un gran aporte político a la humanidad y al DIP. La Declaración de Derechos del buen pueblo de Virginia del 12 de junio de 1776 que consagra : el derecho a la vida, la libertad , buscar la felicidad la igualdad, la propiedad, la seguridad, la resistencia a la opresión ,el poder inherente al pueblo y proceder de él, ser los Magistrados servidores del pueblo, el deber del gobierno de dar protección y seguridad al pueblo, contra el peligro del mal gobierno , la matota de la comunidad tiene el derecho indiscutible, inalienable, e irrevocable de reformarlo , alterarlo o abolirlo, la separación de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial, , las elecciones de su gobernantes y representantes del pueblo, los deberes de los procesadospenalmente deben ser juzgado por un jurado que represente al pueblo, el habeas corpus, la libertad de prensa, y la tolerancia religiosa. Por primera vez vemos el nacimiento de un gobierno democrático moderno, régimen presidencialista, el federalismo de Estado, un Departamento de Estado que es un Ministerio de Relaciones exteriores. Todo lo anterior sirve de marco a la organización política de los pueblos del continente Americano en especial. El primer embajador enviado por USA A Francia fue Benjamín Franklin ante el Rey Luis XVI.
 
La revolución francesa 1789.Se institucionalizó en la revolución francesa los principio de Libertad, Igualdad y Fraternidad, salidos de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 (26 de agosto) que sirven de marco a la institucionalización de los Derecho del Hombre que cobija a toda la humanidad para éste momento. VOLNEY  en su proyecto presentado a la Asamblea Francesa de 1790 en un proyecto de Declaración decía: “La universalidad del género humano constituye una sola sociedad, cuyos fines son la paz y la felicidad de todos. Los pueblos y los Estados son como los individuos y gozan de los mismos derechos. La invasión de un Estado por otro amenaza la libertad y la seguridad de todos, La asamblea Nacional decreta como precepto constitucional que la nación Francesa no emprenderá guerra tendientes a ampliar su territorio actual.”
El abate GREGORY en 1792 llevo un proyecto de declaración a la Asamblea Nacional que decía “El interés particular de un pueblo se haya subordinado al interés general de la familia humana. Los pueblos son independientes y soberanos. Cada pueblo es libre de darse una organización y cambiar de gobierno., Ningún estado puede intervenir en asuntos internos de otro.”
El pensamiento de estos personajes sirvieron de fundamento, al lado de la tesis de DE VICTORIA, SUÁREZ Y GROCIO a ser la tesis modernas que sirven al concepto de la coexistencia pacífica, al principio de la no intervención, el principio de la igualdad jurídica de los Estados, la personalidad jurídica de los Estados fundada en la soberanía, la libertad y la independencia y la autodeterminación de los pueblos. Decreto del 22 de mayo de 1790 de la Asamblea Constituyente : “la nación francesa renuncia, y no emprenderá ninguna guerra con miras de hacer conquista y no empleará jamás su fuerza contra la libertad de ningún pueblo”
El aporte a la histórico se sintetiza en: Libertad igualdad y fraternidad, la soberanía popular, la separación de poderes, los derechos del hombre las constituciones escritas.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
El congreso de Viena de 1815. Es el congreso de Viena de 1815 que promulga la Santa alianza nace el 4 de junio de 1815, inspirada por la baronesa Bárbara Juliana Krunder, esposa del barón Von Krundener en que participan Rusia, Austria y Prusia, y la adhesión de Inglaterra , corresponde a la idea del Zar ALEJANDRO, de conseguir en tiempo de paz la cooperación que había alcanzado a derribar a NAPOLEON .Se instituye como un idearios de una organización supranacional. Logró mantener el “statu quo” en lo territorial y en el campo político interno de los Estados gracias a las fuerzas estatales y a la intervención militar , en Austria , Nápoles, Piamonte, Francia, España(1823) .Se invita a todos los Estados a participar en ella. La paz internacional depende de la paz interna, por lo que se debía respaldar la intervención de la Santa Alianza en aquellos Estados que mantuvieran “revoluciones generales.  Nace para contrarrestar el avance de las ideas salidas la revolución francesa, coincide con la caída de Napoleón, pretender restaurar las dinastías depuestas producto de la revolución en la América hispánica.
 
Busca restaurar en su trono a los monarcas depuestos, originado de las guerras de revolución e independencia, declara la libre navegación de los ríos internacionales, la abolición del tráfico de esclavos, la expedición de un reglamento sobre agentes diplomáticos (con el cual termina el conflicto de precedencia y la neutralidad perpetua de Suiza.
 
Congreso anfictiónico de Panamá: Es respuesta valerosa de Bolívar a las aspiraciones de la Santa Alianza y de España de recuperar las colonias emancipas y erigidas como Estado. Bolívar dijo La ambición de las Naciones Europeas lleva el yugo y la esclavitud a las demás partes del mundo, y todas estas partes del mundo debieran tratar de establecer el equilibrio entre ellas y Europa para destruir la preponderancia de la última. Yo llamo a esto el equilibrio del nivel.”(Citado por enrique Gaviria Liévano DIP pag. 28).La otra respuesta fue la del presidente MONROE de USA , cuando señala que “América para los americanos”, era la expresión de una declaración unilateral abrogándose el derecho de proteger a los países del hemisferio, el pensamiento Bolivariano era la defensa del sistema republicano y liberal en América.
 
Congreso de Paris de 1856. Finaliza la guerra turca admitida en el concierto europeo; se neutraliza el Mar negro, cerro la navegación al Bósforo y los Dardanelos al paso de los buques de guerra, la libre navegación de Danubio, se crean los principados de Moldavia, Valaquia y Serbia. Las declaraciones sobre el Derecho marítimo internacional de la abolición del corzo; el pabellón neutral cubre las mercancías, salvo el contrabando de guerra, el bloqueo debe ser efectivo para ser respetado. Condenó mediante una declaración el tráfico de negros
 
Convención de Ginebra de 1864, Congresos posteriores, Convenios y Declaraciones: Entre 1856 y 1899 hubo un gran número de congreso y conferencias que originaron lel desarrollo del acercamiento de los pueblos, la internacionalización de las relaciones, del fomento de los derechos humanos y del Derecho Internacional Humanitario. Salen una serie de declaraciones y convenciones como la de Ginebra de 1864 para mejorar la suerte de los heridos en campaña, neutralizó las ambulancias y hospitales y se ocupó de la Cruz roja. Los convenios de 1868 de San Petersburgo que prohíbe el uso de proyectiles explosivos, Conferencia de Bruselas de 1874 sobre leyes, usos y costumbre de la guerra. Tratados de Berlín neutralidad y libre navegación del Danubio. Congreso sobre África de Berlín de 1885 y la conferencia antiesclavista de Bruselas de 1890 que también se ocupó de los asuntos africanos pero mas que todo con un criterio científico.
 
El zar de Rusia impulsa iniciativas de gran importancia como lo fue la reacción abierta contra la paz armada.
 
 
 
SUJETOS DEL DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
Dr. Ramón Pacheco Sánchez
Profesor Derecho Internacional Público
 
TIPICO :   El Estado                                                                                                                                                                                   
Noción de estado :”
 La Nación jurídicamente organizada en un territorio que ejerce un poder que se llama soberanía. ( Rapsa)
 
Elementos del Estado :
·          Población:  Deutsch(6)   “Es una comunidad de significados compartidos” “ un grupo de personas que comparten hábitos complementarios de comunicación , sus miembros tienen una inteligencia común , sus seres y relaciones son comprendidos  Es multitud de individuos vinculados coerciblemente, es el orden en que caben nacionales y extranjeros , sobre el cual ejerce dominación la autoridad, gobernación y cuyos intereses administra, delimitado y definido por la comunidad espacial sobre la cual se ejerce jurisdicción.(6) 
·          Nación: Hecho sociológico e histórico de la Edad moderna, es uno de los supuestos o condiciones del Estado, en su concepción funcional, gobernación de un grupo humano. El Estado no nace espontáneamente, es hijo de la voluntad de organización de una nación. Es una decisión de unidad política, bajo un orden jurídico, adoptada por la nación Forma evolucionada de la comunidad, desarrollo de modos pre nacionales: como organizaciones tribales (clanes) ” ,” la comunidad urbana” (polis) la comunidades feudal basada en el dominio territorial.(7)
·          ( Constitucionalismo colombiano pag. 142 Luis Carlos Sáchica . Teoría francesa: de tipo formalista. Funda el asentimiento popular y la unanimidad de un grupo humano en torno a la unidad jurídica, a un cierto tipo de asociación política. Se basa en el pensamiento de Rousseau sobre la “voluntad general expresada por medio del contrato social.(Contrato Social J.J. Rousseau) 
·          Patria: Considerado como un sentimiento, como el afecto a ese concepto de nacionalidad , producto del arraigo y el afecto que se siente por la patria y la patria chica, si es preciso sacrificar la vida por ella ,así se hará por ese sentimiento patrio, del cual somos oriundos, de la que tenemos una entrañable relación afectiva , de la que somos parte entrañable,, por nuestra formación ,nuestras costumbres, el idioma, la religión y la tradición a la que está unido a nuestro pensamiento, nuestra familia y de nuestros ancestros.  
·         País: Se ha usado en muchos momentos como sinónimo de estado, nación o patria. El Estado, en muchas geografías están formados por varios países o identidades culturales, como el país de Gales, el país Vasco;   con sus propias costumbres idiomas e identidad, hay países que son de una solo estructura cultural, como hay varios países o estructuras culturales que se integran en u Estado.
Teoría Objetiva: Elcriterio para distinguir la nación es de orden material: raza, lengua, costumbres, religión, etc.
Teoría Subjetiva :está mas bien en los fundamentos psicológicos, sentimentales, culturales.
 
·         Territorio:
                Noción :“Parte del planeta tierra sobre el cual se erige el Estado y ejerce su soberanía ”
·         Formas de adquirir el territorio :
  • Originarios :
  • Conquista 
  • Descubrimiento
  • Ocupación y la teoría de la contigüidad, Régimen jurídico de las zonas polares ( ocupación efectiva es la habitabilidad)
            Uti possidetis jure, uti possidetis de facto
  • Derivados: la accesión, el aluvión, la avulsión ,la cesión , la adjudicación, la prescripción, la sucesión de Estados .
 
  • Elementos que se integran al concepto del territorio:
·         Suelo
·         Subsuelo
·         Espacio aéreo - aire
·          Orbita geoestacionaria o geocincrónica.( convención de la Luna y demás Cuerpos Celestes de 1969)
·         Derecho del Mar ( Convención del Mar Montigobay de 1984)
·         Mar territorial
·         Zona contigua
·         Zona económica exclusiva
·         Plataforma continental
·         Aguas interiores 
·         Océanos profundos
·         Alta mar
·          Soberanía: Poder. ( teóricos iniciales: Bodin y Hobbes en el siglo XVI y XVII) “aquel poder absoluto y perpetuo de una República, en donde se entiende que cada individuo se somete voluntariamente al Estado y a sus leyes; restringe su voluntad individual, con el fin de ver protegidos y asegurados los derechos de la sociedad. Hobbes) Ligados a los conceptos de independencia, autonomía, autodeterminación, capacidad jurídica de decidir y actuar, de negociar y ser sujeto de derecho y obligaciones internacionales, esto es persona jurídica del DIP.
·          Krasner la clasifica: soberanía internacional: reconocimiento mutuo que se hacen entidades territoriales que poseen independencia jurídica formal. Soberanía wesfaliana: reservada a la exclusión que hacen los actores externos en las decisiones de los estados. soberanía interna: referida esencialmente a la organización de la autoridad pública del Estado y al nivel de control efectivo ejercido por quienes detentan la autoridad. Soberanía interdependiente la relativa al control de las autoridades de los movimientos fronterizos.(Krasner Stphen D. Soberanía, Hipocresía organizada. Barcelona2001 pag. 14)
·         Interior o  inmanente: Se funda en la voluntad interna y unilateral del Estado. Se ejerce dentro de los límites del territorio, sobre sus nacionales y sus riquezas naturales.
·         Internacional:Surge de la voluntad de los Estados manifiesta bilateral o multilateralmente, a través de sus prácticas o sus acuerdos consagrados en los tratados a nivel regional o universal
·         Concibe “El Estado como una persona o individuo cuya autonomía debe ser respetada por el resto de los Estados” (Isaiah Berlin)
·         “La soberanía en sentido jurídico confiere derechos y obligaciones a los Estados, quienes gozan de autonomía e independencia para la regulación de sus asuntos internos, y pueden aceptar libremente, sin imposiciones foráneas, en su condición de sujetos iguales de la comunidad internacional, obligaciones orientadas a la convivencia pacífica y al fortalecimiento de relaciones de cooperación y ayuda mutua. En ocasiones ello puede requerir la aceptación de la competencia de organismos internacionales sobre algunos asuntos de competencia nacional, o la cesión de algunas competencias nacionales a instancias supranacionales. De conformidad con la jurisprudencia de esta Corte, tal posibilidad es compatible con nuestro ordenamiento constitucional, siempre que tal limitación a la soberanía no suponga una cesión total de las competencias nacionales.” (Corte Constitucional SC-578-02 Dr Manuel José Cepeda E.)
 
      Clasificación de los Estados
·          Unitarios: Formado por un todo indivisible, la soberanía se ejerce en todo el territorio, la legislación es para todo el territorio. Colombia es un Estado unitario ( Art.. 1º. Constitución de 1991)
  • Compuestos: El ejercicio de la soberanía no se cumple uniformemente, aparece dividida o fraccionada por existir otros entes con capacidad normativa o de poder, se ve en la unión personal y real, en las federaciones y las confederaciones.
·          Unión personal o real: Personal. Dos o mas estados se unen bajo la autoridad de una sola persona, conservando su organización política y propia legislación. Es accidental o temporal Ejemp. Países Bajos y el Gran ducado de Luxemburgo (1825-1890) Real: Aquí se dan instituciones comunes, como un parlamento o un Gabinete común a los Estados( Austria y Hungría 1867 1918, suecia Noruega 1814-1905)
  • Confederaciones : Varios estados para garantizar su mutua defensa interior y exterior se confederan, contratados de Unión, liga confederación como los que se sderon entre peru y Chile en 1822 y entre México y Centro América en 1825
  • Federaciones: Se caracteriza por haber una completa subordinaciónde los Estados respecto a la Federación, la que domina a los Estados que la integran. Posee un poder político superior a cada Estado miembro. Los Estados que la integran no tiene personería internacional independiente, esta en cabeza del poder federal.USA , MEXICO, BRASIL .
 
 
 
 
 
  • Comunidades internacionales de Naciones :
            Commonwelth Británico ( UK) Canadá, Australia, Nueva Zelandia, 
            Unión Sudafricana, India, Pakistán, Ceilán, Jamaica.
  • Territorios sometidos al régimen de administración fiduciaria: ej: Islas
Marianas, Marshall y Carolinas (SA), Mueva Guinea ( Australia) 
  • Reconocimiento de Estados y gobiernos :
  •  Teorías Constitutiva
  • Teoría Declarativa
  • De gobiernos. Teorías : Tobar, Betancourt , Estrada , Europa
  • De beligerancias
  • Estamos semisoberanos :Vasallos, Dominios, Protectorados, Mandatos
 
ATIPICOS :
 
  • Las Organizaciones internacionales( 104 y 105 carta UN)
  • La Nación
  • Estados con subjetividad jurídica internacional parcial :Landers
  • Estados con subjetividad de obrar limitada: San Marino, Mónaco
  • La Santa Sede - ciudad del Vaticano tratado de Letrán de 1929
  • La soberana orden de Malta
  • Los beligerantes o insurrectos Los movimientos de liberación nacional
  • El individuo como sujeto excepcional del DIP
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
FUENTES DEL DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
Dr. Ramón Pacheco Sánchez
Profesor Derecho Internacional Público
Consagrados por la doctrina y por el Artículo 38 Estatutos de la Corte Internacional de Justicia
 
  • Convenios o tratados generales o especiales
  • Noción: Manifestación de voluntades de dos o mas sujetos internacionales en un documento principal o varios conexos que producen efectos jurídicos.
  • Elementos :
  • Pacta sunt servada : Cumplimiento de la obligación y de buena fe.
  •  excepciones : imposibilidad, física, moral y la “rebuc sic stantibus”.
  • Res Inter Eliot acta: Liga únicamente a quienes suscribieron el tratado.
  • Clasificación de los Convenios o Tratados:
    generales o especiales
  • Abiertos y cerrados
  • Bilaterales, unilaterales , bipartitos
  • Tratados ley Constitución
  • Tratados marco constitución
  • Según su naturaleza: constitucionales, administrativos, políticos etc
  • Interacción entre el Convenio y la Costumbres - Teorías:
  • Efecto Declarativo
  • Cristalizador 
  • Constitutivo o generador
 
  • Costumbre Internacional: Noción: Práctica, general, uniforme y regular en el tiempo de necesario cumplimiento o conciencia jurídico (juris vel necessitatis). Origen de muchas instituciones internacionales actuales. Las normas de derecho marítimo nacen de las compilaciones de los famosos Roles de Olerón del siglo XII y del Consulado del Mar. Del Siglo XIV. el Derecho consular y diplomático nace de la practica entre los pueblos .expresa la manera de ser o sentir u obrar de las gentes. GENNY los a define como “una serie bastante de hechos repetidos mediante la cual se ha establecido una práctica constante respecto a una relación de la vida social” La CIJ reconoce como normas consuetudinarias según el aparte b del artículo 38 de los Estatutos aquellas que hubieren sido aceptadas como derecho por la práctica entre estados, la cual no requiere un plazo indefinido para convertirse en costumbre internacional (.Sentencia sobre la plataforma del Mar del Norte de 1969 entre Dinamarca , Alemania y los Países Bajos.)( Citada por E. Gaviria pag. 39 DIP Edit. Temis)
  • Elementos: Practica, regular en el tiempo, general, uniforme, juris vel necessitatis
  • Conflictos entre la El tratado y la Costumbre : Reglas:1.Deben ser de la misma naturaleza, esto es universal o regional, 2. la Especial prima sobre la general, la posterior sobre la anterior, 3. salvo que se trate de una norma que tenga el caracter de “jus cogens” que prima sobre todas las demás .
  • Principios Generales del Derecho:
  • Jurisprudencia:
  • Doctrina:
  • Resoluciones generales de la Asamblea General de las Naciones Unidas
  • Actos unilaterales de los Estados :Notificación, Reconocimiento, Protesta,
     Renuncia
  • Equidad : “Ex eaquo et bono”: Función de la equidad en el DIP:
  • Infra legem
  • Preater legem
  • Contra legem
 
 
 
RELACION ENTRE EL DERECHO INTERNACIONAL Y EL DERECHO INTERNO DE LOS ESTADOS
Dr. Ramón Pacheco Sánchez
Profesor Derecho Internacional Público
 
Las relaciones jerárquicas entre el derecho interno y el internacional en caso de conflicto, exponiendo a grandes rasgos la posiciones doctrinales correspondientes.
 
  • Teoría dualista(Triepel, Anzilotti)
  • Teorías monista : Kelsen
  • Teoría Coordinadora: Miaja de la Muela, Truyol, Verdross
  • Práctica Colombiana :
  • Doctrina basada en el concepto de la Constitución ley de leyes
  •  Doctrina que acepta la prevalencia del DIP sobre el Derecho Int. C-574-92
  • Doctrina sobre el bloque de Constitucionalidad C-225-95
  • Francia: Constitución: Art. 54 Si es contraria a la constitución, su aprobación o ratificación no se dará sino después que la Constitución haya sido revisada. 
  • Art. 55 los Tratados tendrán un autoridad superior a las leyes
  •  España: Constitución: Art.95 la celebración de un tratado internacional que contenga estipulaciones contrarias a la Constitución exigirá la previa revisión constitucional.
  • Federación Rusa: Constitución: Art. 15.4. “Los principios y normas del DIP generalmente reconocidos y los tratados internacionales de la Federación Rusa, forman parte de su sistema jurídico. Si un tratado Internacional se establecen reglas distiendas a la prevista en una ley, se aplicarán las reglas del Trato internacional”
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
LA RESPONSABILIDAD INTERNACIONAL DE LOS ESTADOS Y DE LAS ORGANIZACIONES INTERNACIONALES :
Dr. Ramón Pacheco Sánchez
Profesor Derecho Internacional Público
 
Fuentes de la responsabilidad de los Estados :
  • Usos y costumbres
  • Convenios o tratados internacionales
  • El derecho interno de los Estados
  • Proyecto de codificación deformas de la Comisión del DI de ONU:
  • Responsabilidad del Estado por hechos internacionales ilícitos
  • Noción :
  •  La responsabilidad internacional:
  • 1. La existencia de un acto u omisión que viole una obligación prevista en una norma internacional vigente entre el estado responsable del acto u omisión y el Estado perjudicado por tal acto u omisión.
  • 2. El acto ilícito debe ser imputable al Estado como persona jurídica
  • 3. Debe haber producido un perjuicio o daño como consecuencia del acto ilícito.
  • Clases de daño :
Material o pecuniario
Daño Moral
           Daño sobre bienes jurídicos
  • Efectos de la reparación:
Se condene a pagar como indemnización por los daños causados
 
  • Clases de reparación :
  • La restitución
  • La indemnización
  • Satisfacción
 
  • Clases de responsabilidad :
  • Directa:
      El comportamiento de cualquiera de los Órganos del Estado: Ejecutivo, 
           Legislativo , Judicial
  • Indirecta:
Cuando el Estado responde por daños causados con violación de las normas internacionales cometidos por otro Estado. Por otros personas por denegación de justicia.
 
  • Fundamentos jurídicos de la responsabilidad del Estado
 
Responsabilidad objetiva: El Estado es responsable por el solo hecho de haberse infligirse daño a la persona o haberse violado la norma de derecho internacional.
Basta probar: 1. Que se hay causado el daño, 2. Que existe un nexo de causalidad entre el daño y el agente 3. Que hay violado una norma de derecho internacional.
 
 
Responsabilidad Subjetiva: No se basa únicamente en el hecho de haberse producido el daño y que existe un nexo de causalidad entre éste y el agente , sino que debe establecerse si el daño se produjo como consecuencia de la acción gravemente culposa o dolosa de los Agentes u órganos del Estado .
 
  • Circunstancias excluyentes de la ilicitud:
 
  1. Consentimiento
  2. Contramedida
  3. Fuerza mayor y caso fortuito
  4. Peligro extremo
  5. Estado de necesidad
  6. Legítima defensa

Protección diplomática:
 
Noción: El estado hace suyas las reclamaciones de sus nacionales cuando quiera que se haya inferido daños o lesiones su sus personas o a sus bienes. Es potestativa no obligatoria.
 
  • Requisitos :
  • Que tenga la misma nacionalidad del Estado reclamante
  • Agotamiento de recursos internos.
  • Que el reclamante haya observado una conducta limpia
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

 
 

DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
Síntesis de la Historia y origen de sus instituciones
Doctor Ramón Pacheco Sánchez
Profesor de Derecho Internacional Público
                                                                                            
Esclavismo:
 
China: Organizado en la edad antigua, bajo una autoridad imperial, muchas veces débil y teóricamente suprema. Influyen en la costumbres de los pueblos chinos: el Emperador Amarillo; Laot Tsé y Confusio, en la investigaciones sobre la naturaleza, las plantas y su uso, el medio biológico del ser, y las enseñanzas filosofía a su pueblo. La filosofía política fue basada en la idea de dominación universal “China – Imperio del Centro – y sus emperador – Hijo del cielo”(1).El DIP es muy incipiente en sus relaciones con otras naciones. Hubo algunas costumbre cuasi internacionales. Confucio influye en el tema de la paz, condena la guerra como un mal, por excepción se aprobará la guerra justa contra un Estado que oprime a un pueblo los límites morales del poder del estado, alaba políticas que se alcancen por medios pacíficos. Los pueblos de cada uno de los señores en guerra no se consideraban enemigos entre si, no hubo discriminación entre los súbditos y un príncipe enemigo. En tiempo de paz el intercambio entre los principios y sus enviados estaba regulado por unos ceremoniales cuidadosamente graduados, según el rango de las personas. Se dice que allí nació o tuvo su origen mas primitivo o remoto el ceremonial diplomático. La gran unión de Estados chinos concebida por Confucio (519-479 AC) ha sido comparada como la de de la Sociedad de Naciones.(1) (2)
 
India: El documento mas preciado es el Código de Manú compilación hecha 100 años ac. Se destacan algunas descripciones sobre las prácticas de guerra, aun cuando parece referirse a las luchas tribales del pueblo Indu. Se considera la guerra justa como algo inevitable. “Un guerrero digno se supone que no ataca al enemigo dormido, o que ha perdido su escudo o esta desarmado, o se ha dado a la huida.” (1). Se da el respetar las plantaciones o cultivos y a las moradas y a los propios cultivadores de la tierra.(1)
 
Mesopotámia: Se desarrolla en lo que es hoy medio oriente una gran culturadel los pueblos árabes, Mesopotámia, Babilonia, Palestina y el imperio de los Hititas. Son los países de la cuenca del Mediterráneo propicios para los intercambios de mercaderías de la región e intercambios jurídicos de ciertos códigos como el de Hammurabi (3)( escrito en 1675 ac y descubierto en 1902 en escritos cuneiformes ) Es una de las culturas mas antiguas, que dejo sus vestigios a través de manuscritos. Ya cerca del 3100 ac data el tratado mas antiguo de que tenga cuenta la humanidad, se habla de un tratado de Eannatur, el victorioso señor de la ciudad-Estado de Lagash de Mosopotamia y los hombres de Humma, otra “ciudad-estado” de la misma región. Hay quienes afirman que dicho tratado traía una cláusula de arbitraje. Habiéndose señalado los limites de Lagash y Humma por Misilin rey de la comunidad Kish.Los hititas buscaban la paz y no la guerra; con Babilonia realizaron una alianza y una política de neutralidad. Es de anotar que tales tratados alcanzaron fórmulas estables, protocolos y ceremonias definidas.(4) Truyol y Serra Historia del DIP,Edit Técnos,S.A. 1998,pag.19 ).
 
Para esta época encontramos los Estados vasallos quienes celebraron tratados por sometimiento, en el que juraban fidelidad y compromisos ante el Estado superior que los manejaba subordinadamente.
 
 
 
 
Egipto : Hubo relaciones entre los Hititas y los Egipcios, en 1272ac se firmó entre Ramses II y Khattuschill III de los Hititas, un tratado redactado en el idioma arcadio babilónico, lenguaje diplomático de la época, las partes acuerdan un tratado de extradición a que quedaban sujetos los enemigos internos de cada país que buscaran refugio en el otro, muestra este tratado un sentido humanitario lo que hace contraste con las prácticas despiadadas de la época. Respaldaba la obligatoriedad del cumplimiento del tratado el juramento religioso. (4)
 
Grecia: Atenas, Argos y Esparta formaron pequeños estados, el DIP helénico estuvo caracterizado por el de liga de ciudades. Se basaba en la coexistencia de numerosos estados-ciudades libre e independientes que se asociaban en ligas, el estados-ciudad (polis) abarcaba mucho mas que la comunidad política que era regulada por la vida religiosa en torno al tempo de los dioses así como las anfictionías o reuniones de confraternización de las polis helénicas. Su cultura se basaba en el derecho del más fuerte en la época homérica ( V-IV ac) .Surge el derecho como concepción religiosa pero el sofisma trajo el racionalismo del derecho , predominando como encarnación de la voluntad del Estado, que en la democracia ateniense correspondía a la voluntad de la mayoría (5 Standmuller ).Los límites del Polis se definía por fronteras naturales; el poder del estado se ejercía indistintamente en cada una de las comunidades política como la aristocracia y la democracia. Para los griegos había una división muy clara entre los helenos y los bárbaros. Para los primeros regía del derecho internacional entre estados griegos, para los segundos el comitas gentium esto es usos y costumbres sujetos a los principios generales del derecho natural; las relaciones se desarrollaban a través de enviados o legados quines negociaban. Había enviados de las ciudades en virtud de que no existían la relaciones diplomáticas permanentes, para proteger los intereses de la ciudad estados se crearon los proxenos, en cabeza de domiciliados (metecos que era el extranjero residente ); se instituyó el derecho de ciudadanía de los extranjeros, el derecho de la ciudad de origen , el principio e derecho de paso por tierras de los mares ribereños, la declaración de la forma justa de declarar la guerra, los tratados sobre prisioneros, la entrega de cadáveres de los enemigos para recibir honras fúnebres en su patria, el asilo en los templos, todo esto basados en antiguas prácticas jurídicas Praeter lege. El derecho de la guerra fue cruel, aun cuando poco a poco se fue humanizando. Institucionalizaron el arbitraje pero como un medio para señalar las fronteras de los pueblos helénicos.
 
Judea: Instituciones como la guerra o la búsqueda de la paz, “la guerra santa” consagrada en el cristianismos y el islamismo de origen teocrático ( Deuteronomio), “Cuando hayas tomado una ciudad no rompas los árboles, ni los cortarás con hacha, porque puede servir para tu alimento” (XX-19) “Un mismo derecho tendréis: como extranjero, así será el natural ( principio de la igualdad de derecho de naturales y extranjeros)” la conversión de las espadas y las lanza en podadoras, no desenvainar la espada pueblo contra pueblo , no se adiestrarán mas en la guerra (Isaías 2:4) diríamos que son el origen del pacifismo moderno, basado en el Amor inspirado por Dios y Jesús.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Roma: El imperio Romanose caracterizó por aplicar el derecho del más fuerte y en las guerras eran despiadados ; consagraron una división entre el civitatis y el gentile o extrangieri, lo que origina el ius civilis y el ius gentium. Pero en sus relaciones con los otros pueblos, los tratados fueron un simple medio de expansión y sometimiento de su soberanía.( foedera non eaqua). Para los Romanos la guerra terminaba por el aniquilamiento militar del adversario, por la ocupación del país que se conquistaba con la rendición incondicional, o por un tratado con claro dominio de la voluntad del soberano de Roma(5 Stadummuler) Hubo algunos tratados con pueblos a los cuales Roma no pudo dominar eran de alianzan paz, amistad y hospitalidad y se concedían a los súbditos el derecho de residir en territorio romano.( foedora eaqua)Tuvo origen la institución del “uti posidetis juris2 que sirvió de regla para señalar las fronteras de los nuevos estados latinoamericanos producto de la descolonización de España en las Américas.
Instituciones que nacen primigéniamente en ésta época histórica: <Tratados sobre fronteras, <de paz alianza y amistad; <enviados y legados, <protección de los heraldos, <sanciones por incumplimiento entre tribus y clanes; < las ligas de los pueblos,< las anfictionías; < el derecho de la ciudad de origen; < el ordenamiento del bloqueo durante la guerra marítima;< el derecho de paso por tierra y por los mares ribereño;< la declaraciones de la forma justa de declarar la guerra.< Los tratados sobre prisioneros; <la entrega de cadáveres de los enemigos para recibir honras fúnebres en su patria. < Unas incipientes costumbres humanitarias sobre la guerra,< Ligas de naciones. <El amor como fundamento del pacifismo modernos; <la extradición ; <asilo; <solución de diferencias entre pueblos por arbitraje, cláusula compromisoria.< Comercio como forma de acercamiento entre los pueblos.
 
Feudalismo:
 
En el feudalismo encontramos algunas instituciones y teorías que debemos resaltar: Las relaciones de producción organizadas en el feudalismo, con la monarquía a la cabeza, la aristocracia y los ciervos de la gleba. La marcada influencia de la Iglesia Católica bajo la autoridad del papa, se divide, el poder político y las fuentes del derecho internacional en dos ramas : una de carácter ecuménico regentada por la Iglesia y la otra secular proveniente del gobernante : monarca, o emperador. El poder del papa se configura en supranacional más que internacional. Predomina la teoría teocrática del origen del poder. Y por tanto la superioridad del papa sobre el mismo. Una autoridad investida por Dios con la misión de gobernar a los gobernantes y proteger el derecho en toda la tierra, por lo que no eran necesarias las guerras ni el derecho internacional, predomina en esa época.
 
El papa era el representante supremo de la unidad de mando de la civilización occidental, en los pueblos el poder político estaba fraccionado ente los señores feudales: eclesiásticos y seculares: duques, condes, obispos, etc. Estos eran amos o dueños, tenia una serie de poderes como el de confiscar la propiedad dejada en sus territorio por los extranjeros al fallecer, quitarle un caballo a un ciervo de la gleba, a despojarlo o encarcelarlo a su arbitrio, o imponerle tributos desmedidos y abusivos, era un régimen absolutista el que imperaba.
 
 
 
 
 
 
Carta Magna de 1215 : Producto de la resistencia que la aristocracia y los Ministros de la Iglesia le hacen al Rey Juan Sin tierra, este pacta a través de la carta magna con estos señores una serie de concesiones que diríamos son el fundamento del nacimiento de una monarquía parlamentaria, por cuanto se crea un Concilium o parlamento, el cual sin su permiso, el rey no puede crear tributos, se crea la institución de el “abeas corpus” y se determina que la aristocracia solo puede ser juzgada por su pares, el derecho de los extranjeros de manejar y heredar de sus pares, franquicia a las asociaciones de mercaderes. Esto sirvió mucho por cuanto los otros países toman estos modelos, posteriormente esta el “Petition of Right” y el “Bill of Right” , en 1688, pasó de una monarquía absolutista a una monarquía parlamentaria , diríamos que se dio la primera revolución moderna en Inglaterra , allí se amplían y se conceden nuevos derechos a la aristocracia y a la burguesía naciente, se organiza el parlamento en Cámara de los Loores y de los Comunes y se hace un repartimiento del poder sentándolo en el Concilum. Lo que nos demuestra que los derechos se adquieren mediante la lucha. El pensamiento de personajes como Hobbes , este último fundado de liberalismo político Jhon Locke, Para Locke el poder no proviene de la naturaleza como decía Aristóteles, ni de Dios a través de Dios o a través del rey, en Locke el contrato lo hacen hombre libres racionales para fundar un poder limitado; el origen del poder somos nosotros mismos. “Tu tienes tanto poder cuanto yo te he dado” (Locke Dos tratados sobre el régimen Civil 1789). Locke humaniza la idea del poder; se hace secular y moderno. Fundamenta la transición de la Monarquía absoluta y la monarquía constitucional. Fundamenta una revolución. Es la base ideológica del concepto de libertad para justificar la presencia del régimen capitalista, cuando la definía como el derecho a que nadie me impida cumplir la ley (5)Los pensadores de la Libertad de John Locke a Robert Nozick Mario Grondona Editorial Sudamericana pag-24)
El mundo civilizado de la edad media se dividía en Europa y América, el medio oriente en cristianos e islamistas , había una prefiguración de la coexistencia pacífica, rotas por las cruzadas o las incursiones de los piratas y los bárbaros, se daban intercambios comerciales entre el oriente , el oriente medio y Europa, La autarquía fue una situación propia de China y Europa aislada, esta última vino a desarrollarse con el aporte en ciencia y cultura de oriente .El  desarrollo del feudalismo , articulando la sociedad europea occidental en un orden gradual de relaciones de lealtad personal , esquema que se rompe cuando se da la conquista de la unidad de poder y la de la independencia del Estado, fenómeno propicio para la burguesía incipiente a la que se le abre paso al sistema de libertad de mercado.
 
Hay tres personajes que debemos resaltar :
 
Francisco De Victoria: (1486-1546) Dominico salamantino, obispo de Tucumán. Catedrático de teología. Consagrado como “el fundador del derecho de gentes”, arremete contra los españoles, al decir que con que derecho se despoja a los aborígenes de América de sus tierras y de su cultura. Los españoles solo tiene derecho de exigir a los indios la libertad de comercio y la libertad de predicar el evangelio. el paganismo ni la condición de infieles son en modo alguno causa justas para legitimar la intervención armada sobe los pueblos aborígenes. Guerra (Vitoria citado por Luis Fernando Álvarez Londoño DIP, Publicación Universidad Pontifica Bolivariana pag 78) “El derecho de gentes no solo tiene fuerza por el pacto y el convenio de los hombres sino que tiene verdadera fuerza de ley. El orbe todo, que en cierta manera forma una república, tiene poder de dar leyes justas y a todos convenientes, como las del derecho de gentes…Y ninguna nación puede crearse menos obligada al derecho de gentes porque está dado por la autoridad de todo el orbe”.(Truyol, de Esp. 53) significa que la teoría de la primacía de Derecho Internacional ya existía en la edad media.
 
 
 
En su obra “Relectiones De jure belli dice: “Si es licito los cristianos hacer la guerra ?: Cuando sea una causa justa para repeler una injuria grave”.
“En quién radica la facultad de declara y hacer la guerra? En la república y por quien la represente.”
“Causas para que la guerra sea justa? La única causa de guerra justa es la injuria recibida, peor no cualquier injuria, sino aquella que sea proporcionalmente grave.”
 
Qué cosas son licita contra los enemigos en caso de guerra justa?. Todo es lícito cuanto sea necesario para la defensa del bien público, para recuperar lo perdido y compensar el daño y perjuicios sufridos. Se puede castigar al enemigo en la medida que lo exija la injuria recibida y para prevenir otras nuevas” ( VICTORIA citado por Luis Fernando Álvarez pag 77)
 
Francisco Suárez:( 1548 – 1617) El valor de la obra de Suárez radica en la descripción de las características esenciales del derecho de gentes, su fundamento sociológico y metafísico : el género humano decía “ la razón esencial de esta parte del derecho consiste en que el género humano , aunque dividido en reinos y naciones diferentes, tiene sin embargo, cierta unidad no solo específica, sino también cuasipolítica y moral, que resulta del precepto natural del amor y de la caridad mutua que debe extenderse a todos, aún a los extranjeros…”…..Así como una ciudad o en una provincia la costumbre introduce el derecho , así las costumbres han podido introducir el derecho de gentes en la universalidad del género humano”
 
Hugo Grosio:(1583-1645 ) Nació en Delf Holanda polígrafo y estadista estudio en la Universidad de Lyden, llamado el padre de las ciencias de derecho internacional, se le condenó a cadena perpetua y escapó a Francia donde escribió “Apología”, perseguido por defender las teorías liberales y del libre albedrío, se trasladó de allí a Suecia donde la reina Cristina le nombra su embajador en París. Su verdadero nombre era Hugo Van Groot, comúnmente llamado GROCIO. Defiende ahincadamente en un debate jurídico la tesis de Mare liberum, sostenían la tesis del dominio de los mares Portugueses, españoles e ingleses, los primeros fundados en el tratado de Tordesillas. Sale para ese momento la sorprendente tesis de el océano es libre para todos. Fuera del alcance de los cañones en la costa, para él , los mares eran o debían de ser vía libre para todas las naves , sin distinción de nacionalidad.. era la tesis del Mare liberum o mar abierto, el ingles Juan Selden escribió un tratado sobre Mare Causum o cerrado, fundado en que el soberano tenia el derecho natural de considerar como dominio suyo la porción del mar que rodea sus tierras. Elabora todo un sistema de derecho de gentes natural. Escribe sobre de iuri belli ac pacis. Propone que debe haber un derecho para la paz y un derecho para la guerra, para demostrarle a la humanidad que no obstante el conflicto y las hostilidades, entre estados, estos no se encuentran libres del dominio del derecho en su coexistencia y en sus determinaciones. Para Grocio “el derecho internacional es un punto intermedio entre el derecho natural y el derecho interno de lo estados. Su universalidad se fundamenta en la participación del derecho por medio de los tratados y por el uso y su carácter individual y regional, por su constitución a partir de la voluntad particular de lo estados. El derecho natural es el imperio de la razón universal que se manifiesta en la razón humana. El ius volumtarium es, por el contrario, el imperio de la voluntad, es decir, son mandatos y prohibiciones de una voluntad –humana o divina- a otras voluntades. ( Grocio citado por L.F. Álvarez hist. Dip pa 85)
 
 
 
 
 
 
 
La paz de Wetfalia de 1648.  Marca un hito histórico como que por primera vez se da el inicio de la práctica de lo Estados de deliberar en asambleas multilaterales para resolver los problemas por medio de tratados internacionales. Es el acuerdo de paz con que termina la famosa guerra de los 30 años. Los acuerdos se dan en los congresos de Münster y Osnabrück. Consagran el cisma religioso católicos y protestantes, como vertientes del cristianismo, mantienen la independencia de los Estados alemanes, Suiza y los países bajos, Francia recibe Alsacia. Se aplica el principio del equilibrio político como factor de poder. Significa que la voluntar que engendra el poder de un Estado no prevalece sobre los otros, es la fuente del principio de la autodeterminación y de la igualdad jurídica de los Estados. Se abre paso a las “legaciones diplomáticas permanentes”, Venecia en el Siglo XV Francia para la época de Luis XIII , Inglaterra a fines del siglo XVI, después en el Siglo XVI y XVII en Rusia , Persia , Siam USA envía su primer embajador a Francia a fines del siglo XVIII; la organización de los Ministerios de relaciones exteriores. Esto generó el conflicto de precedencia que consistía en las pretensiones de los príncipes o sus legaciones por la preeminencia y privilegios a favor de los soberanos que representaban, en especial en los ceremoniales, conflicto que fue solucionado en el Congreso de Viena de 1815, mediante un reglamento para el rango diplomático. Esas prerrogativas o privilegios dieron nacimiento a la inmunidad de jurisdicción e inviolabilidad de la persona del Meesangers. Los Cónsules perdieron su carácter diplomático y se relegaron a tener una representación de tipo comercial. La soberanía radicaba en el monarca como príncipe absoluto. El estado es el rey, las diferencias internacionales se resolvían mediante la guerra. Muy lentamente se toman algunos modelos como el de    Inglaterra.
 
Capitalismo:
Revolución americana de 1776. La situación de los colonos ingleses en América sirve de fundamento para elevar peticiones a la Corona por parte de los habitantes anglicanos, puritanos y cuáqueros, todos cristianos protestantes de las 13 colonias inglesas en América.
 
La Carta Magna de 1215, la “Petiton of Right” de 1628 y el “Bill of Right” de 1689, tenían igual validez   a un lado y al otro del océano; un Petition of Right de los Colonos a la Corona origina nuevas imposiciones de esta a los colonos .Había cierto equilibrio en el régimen sistema de libertades, institucionalizado en el triángulo de: unas cartas reales, una asamblea y un gobernador nombrado por la Corona, era la síntesis de la forma de gobierno.
 
 Debido a los continuos abusos de la corona y al final la imposición de que debía adquirir el te de calidad inferior y mas caro, origina que unos colonos disfrazados de indios en el puerto de Boston la noche del 15 de diciembre de 1773   arrojan al mar el cargamento de te  , lo que origina serias represalias por parte de la Corona; en mayo de 1775 se inicia la guerra de independencia , en 1778 se internacionaliza la guerra con la participación de Francia, España y Holanda, pero fue en 1776 que se expide la famosa Declaración de Derechos fundamentales , la que hoy conocemos como la Declaración de Derechos del buen pueblo de Virginia .
 
El aporte de la revolución americana es significativo para la política , los gobiernos y el mundo contemporáneo, sirve de soporte al proceso de la revolución Francesa , para la organización de su sistema pos revolucionarios; el modelo presidencialista es adoptado por la mayoría de los Estados del Mundo, se inicia el concepto del Estado moderno   la organización de las ramas del poder publico concebidas por Locke y Montesquiu, el estado federal, la organización de los Estados Federales , para este momento tienen la mas antigua constitución del orbe desde 1787.
 
Se le hace un gran aporte político a la humanidad y al DIP. La Declaración de Derechos del buen pueblo de Virginia del 12 de junio de 1776 que consagra : el derecho a la vida, la libertad , buscar la felicidad la igualdad, la propiedad, la seguridad, la resistencia a la opresión ,el poder inherente al pueblo y proceder de él, ser los Magistrados servidores del pueblo, el deber del gobierno de dar protección y seguridad al pueblo, contra el peligro del mal gobierno , la matota de la comunidad tiene el derecho indiscutible, inalienable, e irrevocable de reformarlo , alterarlo o abolirlo, la separación de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial, , las elecciones de su gobernantes y representantes del pueblo, los deberes de los procesadospenalmente deben ser juzgado por un jurado que represente al pueblo, el habeas corpus, la libertad de prensa, y la tolerancia religiosa. Por primera vez vemos el nacimiento de un gobierno democrático moderno, régimen presidencialista, el federalismo de Estado, un Departamento de Estado que es un Ministerio de Relaciones exteriores. Todo lo anterior sirve de marco a la organización política de los pueblos del continente Americano en especial. El primer embajador enviado por USA A Francia fue Benjamín Franklin ante el Rey Luis XVI.
 
La revolución francesa 1789.Se institucionalizó en la revolución francesa los principio de Libertad, Igualdad y Fraternidad, salidos de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 (26 de agosto) que sirven de marco a la institucionalización de los Derecho del Hombre que cobija a toda la humanidad para éste momento. VOLNEY  en su proyecto presentado a la Asamblea Francesa de 1790 en un proyecto de Declaración decía: “La universalidad del género humano constituye una sola sociedad, cuyos fines son la paz y la felicidad de todos. Los pueblos y los Estados son como los individuos y gozan de los mismos derechos. La invasión de un Estado por otro amenaza la libertad y la seguridad de todos, La asamblea Nacional decreta como precepto constitucional que la nación Francesa no emprenderá guerra tendientes a ampliar su territorio actual.”
El abate GREGORY en 1792 llevo un proyecto de declaración a la Asamblea Nacional que decía “El interés particular de un pueblo se haya subordinado al interés general de la familia humana. Los pueblos son independientes y soberanos. Cada pueblo es libre de darse una organización y cambiar de gobierno., Ningún estado puede intervenir en asuntos internos de otro.”
El pensamiento de estos personajes sirvieron de fundamento, al lado de la tesis de DE VICTORIA, SUÁREZ Y GROCIO a ser la tesis modernas que sirven al concepto de la coexistencia pacífica, al principio de la no intervención, el principio de la igualdad jurídica de los Estados, la personalidad jurídica de los Estados fundada en la soberanía, la libertad y la independencia y la autodeterminación de los pueblos. Decreto del 22 de mayo de 1790 de la Asamblea Constituyente : “la nación francesa renuncia, y no emprenderá ninguna guerra con miras de hacer conquista y no empleará jamás su fuerza contra la libertad de ningún pueblo”
El aporte a la histórico se sintetiza en: Libertad igualdad y fraternidad, la soberanía popular, la separación de poderes, los derechos del hombre las constituciones escritas.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
El congreso de Viena de 1815. Es el congreso de Viena de 1815 que promulga la Santa alianza nace el 4 de junio de 1815, inspirada por la baronesa Bárbara Juliana Krunder, esposa del barón Von Krundener en que participan Rusia, Austria y Prusia, y la adhesión de Inglaterra , corresponde a la idea del Zar ALEJANDRO, de conseguir en tiempo de paz la cooperación que había alcanzado a derribar a NAPOLEON .Se instituye como un idearios de una organización supranacional. Logró mantener el “statu quo” en lo territorial y en el campo político interno de los Estados gracias a las fuerzas estatales y a la intervención militar , en Austria , Nápoles, Piamonte, Francia, España(1823) .Se invita a todos los Estados a participar en ella. La paz internacional depende de la paz interna, por lo que se debía respaldar la intervención de la Santa Alianza en aquellos Estados que mantuvieran “revoluciones generales.  Nace para contrarrestar el avance de las ideas salidas la revolución francesa, coincide con la caída de Napoleón, pretender restaurar las dinastías depuestas producto de la revolución en la América hispánica.
 
Busca restaurar en su trono a los monarcas depuestos, originado de las guerras de revolución e independencia, declara la libre navegación de los ríos internacionales, la abolición del tráfico de esclavos, la expedición de un reglamento sobre agentes diplomáticos (con el cual termina el conflicto de precedencia y la neutralidad perpetua de Suiza.
 
Congreso anfictiónico de Panamá: Es respuesta valerosa de Bolívar a las aspiraciones de la Santa Alianza y de España de recuperar las colonias emancipas y erigidas como Estado. Bolívar dijo La ambición de las Naciones Europeas lleva el yugo y la esclavitud a las demás partes del mundo, y todas estas partes del mundo debieran tratar de establecer el equilibrio entre ellas y Europa para destruir la preponderancia de la última. Yo llamo a esto el equilibrio del nivel.”(Citado por enrique Gaviria Liévano DIP pag. 28).La otra respuesta fue la del presidente MONROE de USA , cuando señala que “América para los americanos”, era la expresión de una declaración unilateral abrogándose el derecho de proteger a los países del hemisferio, el pensamiento Bolivariano era la defensa del sistema republicano y liberal en América.
 
Congreso de Paris de 1856. Finaliza la guerra turca admitida en el concierto europeo; se neutraliza el Mar negro, cerro la navegación al Bósforo y los Dardanelos al paso de los buques de guerra, la libre navegación de Danubio, se crean los principados de Moldavia, Valaquia y Serbia. Las declaraciones sobre el Derecho marítimo internacional de la abolición del corzo; el pabellón neutral cubre las mercancías, salvo el contrabando de guerra, el bloqueo debe ser efectivo para ser respetado. Condenó mediante una declaración el tráfico de negros
 
Convención de Ginebra de 1864, Congresos posteriores, Convenios y Declaraciones: Entre 1856 y 1899 hubo un gran número de congreso y conferencias que originaron lel desarrollo del acercamiento de los pueblos, la internacionalización de las relaciones, del fomento de los derechos humanos y del Derecho Internacional Humanitario. Salen una serie de declaraciones y convenciones como la de Ginebra de 1864 para mejorar la suerte de los heridos en campaña, neutralizó las ambulancias y hospitales y se ocupó de la Cruz roja. Los convenios de 1868 de San Petersburgo que prohíbe el uso de proyectiles explosivos, Conferencia de Bruselas de 1874 sobre leyes, usos y costumbre de la guerra. Tratados de Berlín neutralidad y libre navegación del Danubio. Congreso sobre África de Berlín de 1885 y la conferencia antiesclavista de Bruselas de 1890 que también se ocupó de los asuntos africanos pero mas que todo con un criterio científico.
 
El zar de Rusia impulsa iniciativas de gran importancia como lo fue la reacción abierta contra la paz armada.
 
 
 
SUJETOS DEL DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
Dr. Ramón Pacheco Sánchez
Profesor Derecho Internacional Público
 
TIPICO :   El Estado                                                                                                                                                                                   
Noción de estado :”
 La Nación jurídicamente organizada en un territorio que ejerce un poder que se llama soberanía. ( Rapsa)
 
Elementos del Estado :
·          Población:  Deutsch(6)   “Es una comunidad de significados compartidos” “ un grupo de personas que comparten hábitos complementarios de comunicación , sus miembros tienen una inteligencia común , sus seres y relaciones son comprendidos  Es multitud de individuos vinculados coerciblemente, es el orden en que caben nacionales y extranjeros , sobre el cual ejerce dominación la autoridad, gobernación y cuyos intereses administra, delimitado y definido por la comunidad espacial sobre la cual se ejerce jurisdicción.(6) 
·          Nación: Hecho sociológico e histórico de la Edad moderna, es uno de los supuestos o condiciones del Estado, en su concepción funcional, gobernación de un grupo humano. El Estado no nace espontáneamente, es hijo de la voluntad de organización de una nación. Es una decisión de unidad política, bajo un orden jurídico, adoptada por la nación Forma evolucionada de la comunidad, desarrollo de modos pre nacionales: como organizaciones tribales (clanes) ” ,” la comunidad urbana” (polis) la comunidades feudal basada en el dominio territorial.(7)
·          ( Constitucionalismo colombiano pag. 142 Luis Carlos Sáchica . Teoría francesa: de tipo formalista. Funda el asentimiento popular y la unanimidad de un grupo humano en torno a la unidad jurídica, a un cierto tipo de asociación política. Se basa en el pensamiento de Rousseau sobre la “voluntad general expresada por medio del contrato social.(Contrato Social J.J. Rousseau) 
·          Patria: Considerado como un sentimiento, como el afecto a ese concepto de nacionalidad , producto del arraigo y el afecto que se siente por la patria y la patria chica, si es preciso sacrificar la vida por ella ,así se hará por ese sentimiento patrio, del cual somos oriundos, de la que tenemos una entrañable relación afectiva , de la que somos parte entrañable,, por nuestra formación ,nuestras costumbres, el idioma, la religión y la tradición a la que está unido a nuestro pensamiento, nuestra familia y de nuestros ancestros.  
·         País: Se ha usado en muchos momentos como sinónimo de estado, nación o patria. El Estado, en muchas geografías están formados por varios países o identidades culturales, como el país de Gales, el país Vasco;   con sus propias costumbres idiomas e identidad, hay países que son de una solo estructura cultural, como hay varios países o estructuras culturales que se integran en u Estado.
Teoría Objetiva: Elcriterio para distinguir la nación es de orden material: raza, lengua, costumbres, religión, etc.
Teoría Subjetiva :está mas bien en los fundamentos psicológicos, sentimentales, culturales.
 
·         Territorio:
                Noción :“Parte del planeta tierra sobre el cual se erige el Estado y ejerce su soberanía ”
·         Formas de adquirir el territorio :
  • Originarios :
  • Conquista 
  • Descubrimiento
  • Ocupación y la teoría de la contigüidad, Régimen jurídico de las zonas polares ( ocupación efectiva es la habitabilidad)
            Uti possidetis jure, uti possidetis de facto
  • Derivados: la accesión, el aluvión, la avulsión ,la cesión , la adjudicación, la prescripción, la sucesión de Estados .
 
  • Elementos que se integran al concepto del territorio:
·         Suelo
·         Subsuelo
·         Espacio aéreo - aire
·          Orbita geoestacionaria o geocincrónica.( convención de la Luna y demás Cuerpos Celestes de 1969)
·         Derecho del Mar ( Convención del Mar Montigobay de 1984)
·         Mar territorial
·         Zona contigua
·         Zona económica exclusiva
·         Plataforma continental
·         Aguas interiores 
·         Océanos profundos
·         Alta mar
·          Soberanía: Poder. ( teóricos iniciales: Bodin y Hobbes en el siglo XVI y XVII) “aquel poder absoluto y perpetuo de una República, en donde se entiende que cada individuo se somete voluntariamente al Estado y a sus leyes; restringe su voluntad individual, con el fin de ver protegidos y asegurados los derechos de la sociedad. Hobbes) Ligados a los conceptos de independencia, autonomía, autodeterminación, capacidad jurídica de decidir y actuar, de negociar y ser sujeto de derecho y obligaciones internacionales, esto es persona jurídica del DIP.
·          Krasner la clasifica: soberanía internacional: reconocimiento mutuo que se hacen entidades territoriales que poseen independencia jurídica formal. Soberanía wesfaliana: reservada a la exclusión que hacen los actores externos en las decisiones de los estados. soberanía interna: referida esencialmente a la organización de la autoridad pública del Estado y al nivel de control efectivo ejercido por quienes detentan la autoridad. Soberanía interdependiente la relativa al control de las autoridades de los movimientos fronterizos.(Krasner Stphen D. Soberanía, Hipocresía organizada. Barcelona2001 pag. 14)
·         Interior o  inmanente: Se funda en la voluntad interna y unilateral del Estado. Se ejerce dentro de los límites del territorio, sobre sus nacionales y sus riquezas naturales.
·         Internacional:Surge de la voluntad de los Estados manifiesta bilateral o multilateralmente, a través de sus prácticas o sus acuerdos consagrados en los tratados a nivel regional o universal
·         Concibe “El Estado como una persona o individuo cuya autonomía debe ser respetada por el resto de los Estados” (Isaiah Berlin)
·         “La soberanía en sentido jurídico confiere derechos y obligaciones a los Estados, quienes gozan de autonomía e independencia para la regulación de sus asuntos internos, y pueden aceptar libremente, sin imposiciones foráneas, en su condición de sujetos iguales de la comunidad internacional, obligaciones orientadas a la convivencia pacífica y al fortalecimiento de relaciones de cooperación y ayuda mutua. En ocasiones ello puede requerir la aceptación de la competencia de organismos internacionales sobre algunos asuntos de competencia nacional, o la cesión de algunas competencias nacionales a instancias supranacionales. De conformidad con la jurisprudencia de esta Corte, tal posibilidad es compatible con nuestro ordenamiento constitucional, siempre que tal limitación a la soberanía no suponga una cesión total de las competencias nacionales.” (Corte Constitucional SC-578-02 Dr Manuel José Cepeda E.)
 
      Clasificación de los Estados
·          Unitarios: Formado por un todo indivisible, la soberanía se ejerce en todo el territorio, la legislación es para todo el territorio. Colombia es un Estado unitario ( Art.. 1º. Constitución de 1991)
  • Compuestos: El ejercicio de la soberanía no se cumple uniformemente, aparece dividida o fraccionada por existir otros entes con capacidad normativa o de poder, se ve en la unión personal y real, en las federaciones y las confederaciones.
·          Unión personal o real: Personal. Dos o mas estados se unen bajo la autoridad de una sola persona, conservando su organización política y propia legislación. Es accidental o temporal Ejemp. Países Bajos y el Gran ducado de Luxemburgo (1825-1890) Real: Aquí se dan instituciones comunes, como un parlamento o un Gabinete común a los Estados( Austria y Hungría 1867 1918, suecia Noruega 1814-1905)
  • Confederaciones : Varios estados para garantizar su mutua defensa interior y exterior se confederan, contratados de Unión, liga confederación como los que se sderon entre peru y Chile en 1822 y entre México y Centro América en 1825
  • Federaciones: Se caracteriza por haber una completa subordinaciónde los Estados respecto a la Federación, la que domina a los Estados que la integran. Posee un poder político superior a cada Estado miembro. Los Estados que la integran no tiene personería internacional independiente, esta en cabeza del poder federal.USA , MEXICO, BRASIL .
 
 
 
 
 
  • Comunidades internacionales de Naciones :
            Commonwelth Británico ( UK) Canadá, Australia, Nueva Zelandia, 
            Unión Sudafricana, India, Pakistán, Ceilán, Jamaica.
  • Territorios sometidos al régimen de administración fiduciaria: ej: Islas
Marianas, Marshall y Carolinas (SA), Mueva Guinea ( Australia) 
  • Reconocimiento de Estados y gobiernos :
  •  Teorías Constitutiva
  • Teoría Declarativa
  • De gobiernos. Teorías : Tobar, Betancourt , Estrada , Europa
  • De beligerancias
  • Estamos semisoberanos :Vasallos, Dominios, Protectorados, Mandatos
 
ATIPICOS :
 
  • Las Organizaciones internacionales( 104 y 105 carta UN)
  • La Nación
  • Estados con subjetividad jurídica internacional parcial :Landers
  • Estados con subjetividad de obrar limitada: San Marino, Mónaco
  • La Santa Sede - ciudad del Vaticano tratado de Letrán de 1929
  • La soberana orden de Malta
  • Los beligerantes o insurrectos Los movimientos de liberación nacional
  • El individuo como sujeto excepcional del DIP
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
FUENTES DEL DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
Dr. Ramón Pacheco Sánchez
Profesor Derecho Internacional Público
Consagrados por la doctrina y por el Artículo 38 Estatutos de la Corte Internacional de Justicia
 
  • Convenios o tratados generales o especiales
  • Noción: Manifestación de voluntades de dos o mas sujetos internacionales en un documento principal o varios conexos que producen efectos jurídicos.
  • Elementos :
  • Pacta sunt servada : Cumplimiento de la obligación y de buena fe.
  •  excepciones : imposibilidad, física, moral y la “rebuc sic stantibus”.
  • Res Inter Eliot acta: Liga únicamente a quienes suscribieron el tratado.
  • Clasificación de los Convenios o Tratados:
    generales o especiales
  • Abiertos y cerrados
  • Bilaterales, unilaterales , bipartitos
  • Tratados ley Constitución
  • Tratados marco constitución
  • Según su naturaleza: constitucionales, administrativos, políticos etc
  • Interacción entre el Convenio y la Costumbres - Teorías:
  • Efecto Declarativo
  • Cristalizador 
  • Constitutivo o generador
 
  • Costumbre Internacional: Noción: Práctica, general, uniforme y regular en el tiempo de necesario cumplimiento o conciencia jurídico (juris vel necessitatis). Origen de muchas instituciones internacionales actuales. Las normas de derecho marítimo nacen de las compilaciones de los famosos Roles de Olerón del siglo XII y del Consulado del Mar. Del Siglo XIV. el Derecho consular y diplomático nace de la practica entre los pueblos .expresa la manera de ser o sentir u obrar de las gentes. GENNY los a define como “una serie bastante de hechos repetidos mediante la cual se ha establecido una práctica constante respecto a una relación de la vida social” La CIJ reconoce como normas consuetudinarias según el aparte b del artículo 38 de los Estatutos aquellas que hubieren sido aceptadas como derecho por la práctica entre estados, la cual no requiere un plazo indefinido para convertirse en costumbre internacional (.Sentencia sobre la plataforma del Mar del Norte de 1969 entre Dinamarca , Alemania y los Países Bajos.)( Citada por E. Gaviria pag. 39 DIP Edit. Temis)
  • Elementos: Practica, regular en el tiempo, general, uniforme, juris vel necessitatis
  • Conflictos entre la El tratado y la Costumbre : Reglas:1.Deben ser de la misma naturaleza, esto es universal o regional, 2. la Especial prima sobre la general, la posterior sobre la anterior, 3. salvo que se trate de una norma que tenga el caracter de “jus cogens” que prima sobre todas las demás .
  • Principios Generales del Derecho:
  • Jurisprudencia:
  • Doctrina:
  • Resoluciones generales de la Asamblea General de las Naciones Unidas
  • Actos unilaterales de los Estados :Notificación, Reconocimiento, Protesta,
     Renuncia
  • Equidad : “Ex eaquo et bono”: Función de la equidad en el DIP:
  • Infra legem
  • Preater legem
  • Contra legem
 
 
 
RELACION ENTRE EL DERECHO INTERNACIONAL Y EL DERECHO INTERNO DE LOS ESTADOS
Dr. Ramón Pacheco Sánchez
Profesor Derecho Internacional Público
 
Las relaciones jerárquicas entre el derecho interno y el internacional en caso de conflicto, exponiendo a grandes rasgos la posiciones doctrinales correspondientes.
 
  • Teoría dualista(Triepel, Anzilotti)
  • Teorías monista : Kelsen
  • Teoría Coordinadora: Miaja de la Muela, Truyol, Verdross
  • Práctica Colombiana :
  • Doctrina basada en el concepto de la Constitución ley de leyes
  •  Doctrina que acepta la prevalencia del DIP sobre el Derecho Int. C-574-92
  • Doctrina sobre el bloque de Constitucionalidad C-225-95
  • Francia: Constitución: Art. 54 Si es contraria a la constitución, su aprobación o ratificación no se dará sino después que la Constitución haya sido revisada. 
  • Art. 55 los Tratados tendrán un autoridad superior a las leyes
  •  España: Constitución: Art.95 la celebración de un tratado internacional que contenga estipulaciones contrarias a la Constitución exigirá la previa revisión constitucional.
  • Federación Rusa: Constitución: Art. 15.4. “Los principios y normas del DIP generalmente reconocidos y los tratados internacionales de la Federación Rusa, forman parte de su sistema jurídico. Si un tratado Internacional se establecen reglas distiendas a la prevista en una ley, se aplicarán las reglas del Trato internacional”
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
LA RESPONSABILIDAD INTERNACIONAL DE LOS ESTADOS Y DE LAS ORGANIZACIONES INTERNACIONALES :
Dr. Ramón Pacheco Sánchez
Profesor Derecho Internacional Público
 
Fuentes de la responsabilidad de los Estados :
  • Usos y costumbres
  • Convenios o tratados internacionales
  • El derecho interno de los Estados
  • Proyecto de codificación deformas de la Comisión del DI de ONU:
  • Responsabilidad del Estado por hechos internacionales ilícitos
  • Noción :
  •  La responsabilidad internacional:
  • 1. La existencia de un acto u omisión que viole una obligación prevista en una norma internacional vigente entre el estado responsable del acto u omisión y el Estado perjudicado por tal acto u omisión.
  • 2. El acto ilícito debe ser imputable al Estado como persona jurídica
  • 3. Debe haber producido un perjuicio o daño como consecuencia del acto ilícito.
  • Clases de daño :
Material o pecuniario
Daño Moral
           Daño sobre bienes jurídicos
  • Efectos de la reparación:
Se condene a pagar como indemnización por los daños causados
 
  • Clases de reparación :
  • La restitución
  • La indemnización
  • Satisfacción
 
  • Clases de responsabilidad :
  • Directa:
      El comportamiento de cualquiera de los Órganos del Estado: Ejecutivo, 
           Legislativo , Judicial
  • Indirecta:
Cuando el Estado responde por daños causados con violación de las normas internacionales cometidos por otro Estado. Por otros personas por denegación de justicia.
 
  • Fundamentos jurídicos de la responsabilidad del Estado
 
Responsabilidad objetiva: El Estado es responsable por el solo hecho de haberse infligirse daño a la persona o haberse violado la norma de derecho internacional.
Basta probar: 1. Que se hay causado el daño, 2. Que existe un nexo de causalidad entre el daño y el agente 3. Que hay violado una norma de derecho internacional.
 
 
Responsabilidad Subjetiva: No se basa únicamente en el hecho de haberse producido el daño y que existe un nexo de causalidad entre éste y el agente , sino que debe establecerse si el daño se produjo como consecuencia de la acción gravemente culposa o dolosa de los Agentes u órganos del Estado .
 
  • Circunstancias excluyentes de la ilicitud:
 
  1. Consentimiento
  2. Contramedida
  3. Fuerza mayor y caso fortuito
  4. Peligro extremo
  5. Estado de necesidad
  6. Legítima defensa

Protección diplomática:
 
Noción: El estado hace suyas las reclamaciones de sus nacionales cuando quiera que se haya inferido daños o lesiones su sus personas o a sus bienes. Es potestativa no obligatoria.
 
  • Requisitos :
  • Que tenga la misma nacionalidad del Estado reclamante
  • Agotamiento de recursos internos.
  • Que el reclamante haya observado una conducta limpia
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

 
 

DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
Síntesis de la Historia y origen de sus instituciones
Doctor Ramón Pacheco Sánchez
Profesor de Derecho Internacional Público
                                                                                            
Esclavismo:
 
China: Organizado en la edad antigua, bajo una autoridad imperial, muchas veces débil y teóricamente suprema. Influyen en la costumbres de los pueblos chinos: el Emperador Amarillo; Laot Tsé y Confusio, en la investigaciones sobre la naturaleza, las plantas y su uso, el medio biológico del ser, y las enseñanzas filosofía a su pueblo. La filosofía política fue basada en la idea de dominación universal “China – Imperio del Centro – y sus emperador – Hijo del cielo”(1).El DIP es muy incipiente en sus relaciones con otras naciones. Hubo algunas costumbre cuasi internacionales. Confucio influye en el tema de la paz, condena la guerra como un mal, por excepción se aprobará la guerra justa contra un Estado que oprime a un pueblo los límites morales del poder del estado, alaba políticas que se alcancen por medios pacíficos. Los pueblos de cada uno de los señores en guerra no se consideraban enemigos entre si, no hubo discriminación entre los súbditos y un príncipe enemigo. En tiempo de paz el intercambio entre los principios y sus enviados estaba regulado por unos ceremoniales cuidadosamente graduados, según el rango de las personas. Se dice que allí nació o tuvo su origen mas primitivo o remoto el ceremonial diplomático. La gran unión de Estados chinos concebida por Confucio (519-479 AC) ha sido comparada como la de de la Sociedad de Naciones.(1) (2)
 
India: El documento mas preciado es el Código de Manú compilación hecha 100 años ac. Se destacan algunas descripciones sobre las prácticas de guerra, aun cuando parece referirse a las luchas tribales del pueblo Indu. Se considera la guerra justa como algo inevitable. “Un guerrero digno se supone que no ataca al enemigo dormido, o que ha perdido su escudo o esta desarmado, o se ha dado a la huida.” (1). Se da el respetar las plantaciones o cultivos y a las moradas y a los propios cultivadores de la tierra.(1)
 
Mesopotámia: Se desarrolla en lo que es hoy medio oriente una gran culturadel los pueblos árabes, Mesopotámia, Babilonia, Palestina y el imperio de los Hititas. Son los países de la cuenca del Mediterráneo propicios para los intercambios de mercaderías de la región e intercambios jurídicos de ciertos códigos como el de Hammurabi (3)( escrito en 1675 ac y descubierto en 1902 en escritos cuneiformes ) Es una de las culturas mas antiguas, que dejo sus vestigios a través de manuscritos. Ya cerca del 3100 ac data el tratado mas antiguo de que tenga cuenta la humanidad, se habla de un tratado de Eannatur, el victorioso señor de la ciudad-Estado de Lagash de Mosopotamia y los hombres de Humma, otra “ciudad-estado” de la misma región. Hay quienes afirman que dicho tratado traía una cláusula de arbitraje. Habiéndose señalado los limites de Lagash y Humma por Misilin rey de la comunidad Kish.Los hititas buscaban la paz y no la guerra; con Babilonia realizaron una alianza y una política de neutralidad. Es de anotar que tales tratados alcanzaron fórmulas estables, protocolos y ceremonias definidas.(4) Truyol y Serra Historia del DIP,Edit Técnos,S.A. 1998,pag.19 ).
 
Para esta época encontramos los Estados vasallos quienes celebraron tratados por sometimiento, en el que juraban fidelidad y compromisos ante el Estado superior que los manejaba subordinadamente.
 
 
 
 
Egipto : Hubo relaciones entre los Hititas y los Egipcios, en 1272ac se firmó entre Ramses II y Khattuschill III de los Hititas, un tratado redactado en el idioma arcadio babilónico, lenguaje diplomático de la época, las partes acuerdan un tratado de extradición a que quedaban sujetos los enemigos internos de cada país que buscaran refugio en el otro, muestra este tratado un sentido humanitario lo que hace contraste con las prácticas despiadadas de la época. Respaldaba la obligatoriedad del cumplimiento del tratado el juramento religioso. (4)
 
Grecia: Atenas, Argos y Esparta formaron pequeños estados, el DIP helénico estuvo caracterizado por el de liga de ciudades. Se basaba en la coexistencia de numerosos estados-ciudades libre e independientes que se asociaban en ligas, el estados-ciudad (polis) abarcaba mucho mas que la comunidad política que era regulada por la vida religiosa en torno al tempo de los dioses así como las anfictionías o reuniones de confraternización de las polis helénicas. Su cultura se basaba en el derecho del más fuerte en la época homérica ( V-IV ac) .Surge el derecho como concepción religiosa pero el sofisma trajo el racionalismo del derecho , predominando como encarnación de la voluntad del Estado, que en la democracia ateniense correspondía a la voluntad de la mayoría (5 Standmuller ).Los límites del Polis se definía por fronteras naturales; el poder del estado se ejercía indistintamente en cada una de las comunidades política como la aristocracia y la democracia. Para los griegos había una división muy clara entre los helenos y los bárbaros. Para los primeros regía del derecho internacional entre estados griegos, para los segundos el comitas gentium esto es usos y costumbres sujetos a los principios generales del derecho natural; las relaciones se desarrollaban a través de enviados o legados quines negociaban. Había enviados de las ciudades en virtud de que no existían la relaciones diplomáticas permanentes, para proteger los intereses de la ciudad estados se crearon los proxenos, en cabeza de domiciliados (metecos que era el extranjero residente ); se instituyó el derecho de ciudadanía de los extranjeros, el derecho de la ciudad de origen , el principio e derecho de paso por tierras de los mares ribereños, la declaración de la forma justa de declarar la guerra, los tratados sobre prisioneros, la entrega de cadáveres de los enemigos para recibir honras fúnebres en su patria, el asilo en los templos, todo esto basados en antiguas prácticas jurídicas Praeter lege. El derecho de la guerra fue cruel, aun cuando poco a poco se fue humanizando. Institucionalizaron el arbitraje pero como un medio para señalar las fronteras de los pueblos helénicos.
 
Judea: Instituciones como la guerra o la búsqueda de la paz, “la guerra santa” consagrada en el cristianismos y el islamismo de origen teocrático ( Deuteronomio), “Cuando hayas tomado una ciudad no rompas los árboles, ni los cortarás con hacha, porque puede servir para tu alimento” (XX-19) “Un mismo derecho tendréis: como extranjero, así será el natural ( principio de la igualdad de derecho de naturales y extranjeros)” la conversión de las espadas y las lanza en podadoras, no desenvainar la espada pueblo contra pueblo , no se adiestrarán mas en la guerra (Isaías 2:4) diríamos que son el origen del pacifismo moderno, basado en el Amor inspirado por Dios y Jesús.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Roma: El imperio Romanose caracterizó por aplicar el derecho del más fuerte y en las guerras eran despiadados ; consagraron una división entre el civitatis y el gentile o extrangieri, lo que origina el ius civilis y el ius gentium. Pero en sus relaciones con los otros pueblos, los tratados fueron un simple medio de expansión y sometimiento de su soberanía.( foedera non eaqua). Para los Romanos la guerra terminaba por el aniquilamiento militar del adversario, por la ocupación del país que se conquistaba con la rendición incondicional, o por un tratado con claro dominio de la voluntad del soberano de Roma(5 Stadummuler) Hubo algunos tratados con pueblos a los cuales Roma no pudo dominar eran de alianzan paz, amistad y hospitalidad y se concedían a los súbditos el derecho de residir en territorio romano.( foedora eaqua)Tuvo origen la institución del “uti posidetis juris2 que sirvió de regla para señalar las fronteras de los nuevos estados latinoamericanos producto de la descolonización de España en las Américas.
Instituciones que nacen primigéniamente en ésta época histórica: <Tratados sobre fronteras, <de paz alianza y amistad; <enviados y legados, <protección de los heraldos, <sanciones por incumplimiento entre tribus y clanes; < las ligas de los pueblos,< las anfictionías; < el derecho de la ciudad de origen; < el ordenamiento del bloqueo durante la guerra marítima;< el derecho de paso por tierra y por los mares ribereño;< la declaraciones de la forma justa de declarar la guerra.< Los tratados sobre prisioneros; <la entrega de cadáveres de los enemigos para recibir honras fúnebres en su patria. < Unas incipientes costumbres humanitarias sobre la guerra,< Ligas de naciones. <El amor como fundamento del pacifismo modernos; <la extradición ; <asilo; <solución de diferencias entre pueblos por arbitraje, cláusula compromisoria.< Comercio como forma de acercamiento entre los pueblos.
 
Feudalismo:
 
En el feudalismo encontramos algunas instituciones y teorías que debemos resaltar: Las relaciones de producción organizadas en el feudalismo, con la monarquía a la cabeza, la aristocracia y los ciervos de la gleba. La marcada influencia de la Iglesia Católica bajo la autoridad del papa, se divide, el poder político y las fuentes del derecho internacional en dos ramas : una de carácter ecuménico regentada por la Iglesia y la otra secular proveniente del gobernante : monarca, o emperador. El poder del papa se configura en supranacional más que internacional. Predomina la teoría teocrática del origen del poder. Y por tanto la superioridad del papa sobre el mismo. Una autoridad investida por Dios con la misión de gobernar a los gobernantes y proteger el derecho en toda la tierra, por lo que no eran necesarias las guerras ni el derecho internacional, predomina en esa época.
 
El papa era el representante supremo de la unidad de mando de la civilización occidental, en los pueblos el poder político estaba fraccionado ente los señores feudales: eclesiásticos y seculares: duques, condes, obispos, etc. Estos eran amos o dueños, tenia una serie de poderes como el de confiscar la propiedad dejada en sus territorio por los extranjeros al fallecer, quitarle un caballo a un ciervo de la gleba, a despojarlo o encarcelarlo a su arbitrio, o imponerle tributos desmedidos y abusivos, era un régimen absolutista el que imperaba.
 
 
 
 
 
 
Carta Magna de 1215 : Producto de la resistencia que la aristocracia y los Ministros de la Iglesia le hacen al Rey Juan Sin tierra, este pacta a través de la carta magna con estos señores una serie de concesiones que diríamos son el fundamento del nacimiento de una monarquía parlamentaria, por cuanto se crea un Concilium o parlamento, el cual sin su permiso, el rey no puede crear tributos, se crea la institución de el “abeas corpus” y se determina que la aristocracia solo puede ser juzgada por su pares, el derecho de los extranjeros de manejar y heredar de sus pares, franquicia a las asociaciones de mercaderes. Esto sirvió mucho por cuanto los otros países toman estos modelos, posteriormente esta el “Petition of Right” y el “Bill of Right” , en 1688, pasó de una monarquía absolutista a una monarquía parlamentaria , diríamos que se dio la primera revolución moderna en Inglaterra , allí se amplían y se conceden nuevos derechos a la aristocracia y a la burguesía naciente, se organiza el parlamento en Cámara de los Loores y de los Comunes y se hace un repartimiento del poder sentándolo en el Concilum. Lo que nos demuestra que los derechos se adquieren mediante la lucha. El pensamiento de personajes como Hobbes , este último fundado de liberalismo político Jhon Locke, Para Locke el poder no proviene de la naturaleza como decía Aristóteles, ni de Dios a través de Dios o a través del rey, en Locke el contrato lo hacen hombre libres racionales para fundar un poder limitado; el origen del poder somos nosotros mismos. “Tu tienes tanto poder cuanto yo te he dado” (Locke Dos tratados sobre el régimen Civil 1789). Locke humaniza la idea del poder; se hace secular y moderno. Fundamenta la transición de la Monarquía absoluta y la monarquía constitucional. Fundamenta una revolución. Es la base ideológica del concepto de libertad para justificar la presencia del régimen capitalista, cuando la definía como el derecho a que nadie me impida cumplir la ley (5)Los pensadores de la Libertad de John Locke a Robert Nozick Mario Grondona Editorial Sudamericana pag-24)
El mundo civilizado de la edad media se dividía en Europa y América, el medio oriente en cristianos e islamistas , había una prefiguración de la coexistencia pacífica, rotas por las cruzadas o las incursiones de los piratas y los bárbaros, se daban intercambios comerciales entre el oriente , el oriente medio y Europa, La autarquía fue una situación propia de China y Europa aislada, esta última vino a desarrollarse con el aporte en ciencia y cultura de oriente .El  desarrollo del feudalismo , articulando la sociedad europea occidental en un orden gradual de relaciones de lealtad personal , esquema que se rompe cuando se da la conquista de la unidad de poder y la de la independencia del Estado, fenómeno propicio para la burguesía incipiente a la que se le abre paso al sistema de libertad de mercado.
 
Hay tres personajes que debemos resaltar :
 
Francisco De Victoria: (1486-1546) Dominico salamantino, obispo de Tucumán. Catedrático de teología. Consagrado como “el fundador del derecho de gentes”, arremete contra los españoles, al decir que con que derecho se despoja a los aborígenes de América de sus tierras y de su cultura. Los españoles solo tiene derecho de exigir a los indios la libertad de comercio y la libertad de predicar el evangelio. el paganismo ni la condición de infieles son en modo alguno causa justas para legitimar la intervención armada sobe los pueblos aborígenes. Guerra (Vitoria citado por Luis Fernando Álvarez Londoño DIP, Publicación Universidad Pontifica Bolivariana pag 78) “El derecho de gentes no solo tiene fuerza por el pacto y el convenio de los hombres sino que tiene verdadera fuerza de ley. El orbe todo, que en cierta manera forma una república, tiene poder de dar leyes justas y a todos convenientes, como las del derecho de gentes…Y ninguna nación puede crearse menos obligada al derecho de gentes porque está dado por la autoridad de todo el orbe”.(Truyol, de Esp. 53) significa que la teoría de la primacía de Derecho Internacional ya existía en la edad media.
 
 
 
En su obra “Relectiones De jure belli dice: “Si es licito los cristianos hacer la guerra ?: Cuando sea una causa justa para repeler una injuria grave”.
“En quién radica la facultad de declara y hacer la guerra? En la república y por quien la represente.”
“Causas para que la guerra sea justa? La única causa de guerra justa es la injuria recibida, peor no cualquier injuria, sino aquella que sea proporcionalmente grave.”
 
Qué cosas son licita contra los enemigos en caso de guerra justa?. Todo es lícito cuanto sea necesario para la defensa del bien público, para recuperar lo perdido y compensar el daño y perjuicios sufridos. Se puede castigar al enemigo en la medida que lo exija la injuria recibida y para prevenir otras nuevas” ( VICTORIA citado por Luis Fernando Álvarez pag 77)
 
Francisco Suárez:( 1548 – 1617) El valor de la obra de Suárez radica en la descripción de las características esenciales del derecho de gentes, su fundamento sociológico y metafísico : el género humano decía “ la razón esencial de esta parte del derecho consiste en que el género humano , aunque dividido en reinos y naciones diferentes, tiene sin embargo, cierta unidad no solo específica, sino también cuasipolítica y moral, que resulta del precepto natural del amor y de la caridad mutua que debe extenderse a todos, aún a los extranjeros…”…..Así como una ciudad o en una provincia la costumbre introduce el derecho , así las costumbres han podido introducir el derecho de gentes en la universalidad del género humano”
 
Hugo Grosio:(1583-1645 ) Nació en Delf Holanda polígrafo y estadista estudio en la Universidad de Lyden, llamado el padre de las ciencias de derecho internacional, se le condenó a cadena perpetua y escapó a Francia donde escribió “Apología”, perseguido por defender las teorías liberales y del libre albedrío, se trasladó de allí a Suecia donde la reina Cristina le nombra su embajador en París. Su verdadero nombre era Hugo Van Groot, comúnmente llamado GROCIO. Defiende ahincadamente en un debate jurídico la tesis de Mare liberum, sostenían la tesis del dominio de los mares Portugueses, españoles e ingleses, los primeros fundados en el tratado de Tordesillas. Sale para ese momento la sorprendente tesis de el océano es libre para todos. Fuera del alcance de los cañones en la costa, para él , los mares eran o debían de ser vía libre para todas las naves , sin distinción de nacionalidad.. era la tesis del Mare liberum o mar abierto, el ingles Juan Selden escribió un tratado sobre Mare Causum o cerrado, fundado en que el soberano tenia el derecho natural de considerar como dominio suyo la porción del mar que rodea sus tierras. Elabora todo un sistema de derecho de gentes natural. Escribe sobre de iuri belli ac pacis. Propone que debe haber un derecho para la paz y un derecho para la guerra, para demostrarle a la humanidad que no obstante el conflicto y las hostilidades, entre estados, estos no se encuentran libres del dominio del derecho en su coexistencia y en sus determinaciones. Para Grocio “el derecho internacional es un punto intermedio entre el derecho natural y el derecho interno de lo estados. Su universalidad se fundamenta en la participación del derecho por medio de los tratados y por el uso y su carácter individual y regional, por su constitución a partir de la voluntad particular de lo estados. El derecho natural es el imperio de la razón universal que se manifiesta en la razón humana. El ius volumtarium es, por el contrario, el imperio de la voluntad, es decir, son mandatos y prohibiciones de una voluntad –humana o divina- a otras voluntades. ( Grocio citado por L.F. Álvarez hist. Dip pa 85)
 
 
 
 
 
 
 
La paz de Wetfalia de 1648.  Marca un hito histórico como que por primera vez se da el inicio de la práctica de lo Estados de deliberar en asambleas multilaterales para resolver los problemas por medio de tratados internacionales. Es el acuerdo de paz con que termina la famosa guerra de los 30 años. Los acuerdos se dan en los congresos de Münster y Osnabrück. Consagran el cisma religioso católicos y protestantes, como vertientes del cristianismo, mantienen la independencia de los Estados alemanes, Suiza y los países bajos, Francia recibe Alsacia. Se aplica el principio del equilibrio político como factor de poder. Significa que la voluntar que engendra el poder de un Estado no prevalece sobre los otros, es la fuente del principio de la autodeterminación y de la igualdad jurídica de los Estados. Se abre paso a las “legaciones diplomáticas permanentes”, Venecia en el Siglo XV Francia para la época de Luis XIII , Inglaterra a fines del siglo XVI, después en el Siglo XVI y XVII en Rusia , Persia , Siam USA envía su primer embajador a Francia a fines del siglo XVIII; la organización de los Ministerios de relaciones exteriores. Esto generó el conflicto de precedencia que consistía en las pretensiones de los príncipes o sus legaciones por la preeminencia y privilegios a favor de los soberanos que representaban, en especial en los ceremoniales, conflicto que fue solucionado en el Congreso de Viena de 1815, mediante un reglamento para el rango diplomático. Esas prerrogativas o privilegios dieron nacimiento a la inmunidad de jurisdicción e inviolabilidad de la persona del Meesangers. Los Cónsules perdieron su carácter diplomático y se relegaron a tener una representación de tipo comercial. La soberanía radicaba en el monarca como príncipe absoluto. El estado es el rey, las diferencias internacionales se resolvían mediante la guerra. Muy lentamente se toman algunos modelos como el de    Inglaterra.
 
Capitalismo:
Revolución americana de 1776. La situación de los colonos ingleses en América sirve de fundamento para elevar peticiones a la Corona por parte de los habitantes anglicanos, puritanos y cuáqueros, todos cristianos protestantes de las 13 colonias inglesas en América.
 
La Carta Magna de 1215, la “Petiton of Right” de 1628 y el “Bill of Right” de 1689, tenían igual validez   a un lado y al otro del océano; un Petition of Right de los Colonos a la Corona origina nuevas imposiciones de esta a los colonos .Había cierto equilibrio en el régimen sistema de libertades, institucionalizado en el triángulo de: unas cartas reales, una asamblea y un gobernador nombrado por la Corona, era la síntesis de la forma de gobierno.
 
 Debido a los continuos abusos de la corona y al final la imposición de que debía adquirir el te de calidad inferior y mas caro, origina que unos colonos disfrazados de indios en el puerto de Boston la noche del 15 de diciembre de 1773   arrojan al mar el cargamento de te  , lo que origina serias represalias por parte de la Corona; en mayo de 1775 se inicia la guerra de independencia , en 1778 se internacionaliza la guerra con la participación de Francia, España y Holanda, pero fue en 1776 que se expide la famosa Declaración de Derechos fundamentales , la que hoy conocemos como la Declaración de Derechos del buen pueblo de Virginia .
 
El aporte de la revolución americana es significativo para la política , los gobiernos y el mundo contemporáneo, sirve de soporte al proceso de la revolución Francesa , para la organización de su sistema pos revolucionarios; el modelo presidencialista es adoptado por la mayoría de los Estados del Mundo, se inicia el concepto del Estado moderno   la organización de las ramas del poder publico concebidas por Locke y Montesquiu, el estado federal, la organización de los Estados Federales , para este momento tienen la mas antigua constitución del orbe desde 1787.
 
Se le hace un gran aporte político a la humanidad y al DIP. La Declaración de Derechos del buen pueblo de Virginia del 12 de junio de 1776 que consagra : el derecho a la vida, la libertad , buscar la felicidad la igualdad, la propiedad, la seguridad, la resistencia a la opresión ,el poder inherente al pueblo y proceder de él, ser los Magistrados servidores del pueblo, el deber del gobierno de dar protección y seguridad al pueblo, contra el peligro del mal gobierno , la matota de la comunidad tiene el derecho indiscutible, inalienable, e irrevocable de reformarlo , alterarlo o abolirlo, la separación de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial, , las elecciones de su gobernantes y representantes del pueblo, los deberes de los procesadospenalmente deben ser juzgado por un jurado que represente al pueblo, el habeas corpus, la libertad de prensa, y la tolerancia religiosa. Por primera vez vemos el nacimiento de un gobierno democrático moderno, régimen presidencialista, el federalismo de Estado, un Departamento de Estado que es un Ministerio de Relaciones exteriores. Todo lo anterior sirve de marco a la organización política de los pueblos del continente Americano en especial. El primer embajador enviado por USA A Francia fue Benjamín Franklin ante el Rey Luis XVI.
 
La revolución francesa 1789.Se institucionalizó en la revolución francesa los principio de Libertad, Igualdad y Fraternidad, salidos de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 (26 de agosto) que sirven de marco a la institucionalización de los Derecho del Hombre que cobija a toda la humanidad para éste momento. VOLNEY  en su proyecto presentado a la Asamblea Francesa de 1790 en un proyecto de Declaración decía: “La universalidad del género humano constituye una sola sociedad, cuyos fines son la paz y la felicidad de todos. Los pueblos y los Estados son como los individuos y gozan de los mismos derechos. La invasión de un Estado por otro amenaza la libertad y la seguridad de todos, La asamblea Nacional decreta como precepto constitucional que la nación Francesa no emprenderá guerra tendientes a ampliar su territorio actual.”
El abate GREGORY en 1792 llevo un proyecto de declaración a la Asamblea Nacional que decía “El interés particular de un pueblo se haya subordinado al interés general de la familia humana. Los pueblos son independientes y soberanos. Cada pueblo es libre de darse una organización y cambiar de gobierno., Ningún estado puede intervenir en asuntos internos de otro.”
El pensamiento de estos personajes sirvieron de fundamento, al lado de la tesis de DE VICTORIA, SUÁREZ Y GROCIO a ser la tesis modernas que sirven al concepto de la coexistencia pacífica, al principio de la no intervención, el principio de la igualdad jurídica de los Estados, la personalidad jurídica de los Estados fundada en la soberanía, la libertad y la independencia y la autodeterminación de los pueblos. Decreto del 22 de mayo de 1790 de la Asamblea Constituyente : “la nación francesa renuncia, y no emprenderá ninguna guerra con miras de hacer conquista y no empleará jamás su fuerza contra la libertad de ningún pueblo”
El aporte a la histórico se sintetiza en: Libertad igualdad y fraternidad, la soberanía popular, la separación de poderes, los derechos del hombre las constituciones escritas.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
El congreso de Viena de 1815. Es el congreso de Viena de 1815 que promulga la Santa alianza nace el 4 de junio de 1815, inspirada por la baronesa Bárbara Juliana Krunder, esposa del barón Von Krundener en que participan Rusia, Austria y Prusia, y la adhesión de Inglaterra , corresponde a la idea del Zar ALEJANDRO, de conseguir en tiempo de paz la cooperación que había alcanzado a derribar a NAPOLEON .Se instituye como un idearios de una organización supranacional. Logró mantener el “statu quo” en lo territorial y en el campo político interno de los Estados gracias a las fuerzas estatales y a la intervención militar , en Austria , Nápoles, Piamonte, Francia, España(1823) .Se invita a todos los Estados a participar en ella. La paz internacional depende de la paz interna, por lo que se debía respaldar la intervención de la Santa Alianza en aquellos Estados que mantuvieran “revoluciones generales.  Nace para contrarrestar el avance de las ideas salidas la revolución francesa, coincide con la caída de Napoleón, pretender restaurar las dinastías depuestas producto de la revolución en la América hispánica.
 
Busca restaurar en su trono a los monarcas depuestos, originado de las guerras de revolución e independencia, declara la libre navegación de los ríos internacionales, la abolición del tráfico de esclavos, la expedición de un reglamento sobre agentes diplomáticos (con el cual termina el conflicto de precedencia y la neutralidad perpetua de Suiza.
 
Congreso anfictiónico de Panamá: Es respuesta valerosa de Bolívar a las aspiraciones de la Santa Alianza y de España de recuperar las colonias emancipas y erigidas como Estado. Bolívar dijo La ambición de las Naciones Europeas lleva el yugo y la esclavitud a las demás partes del mundo, y todas estas partes del mundo debieran tratar de establecer el equilibrio entre ellas y Europa para destruir la preponderancia de la última. Yo llamo a esto el equilibrio del nivel.”(Citado por enrique Gaviria Liévano DIP pag. 28).La otra respuesta fue la del presidente MONROE de USA , cuando señala que “América para los americanos”, era la expresión de una declaración unilateral abrogándose el derecho de proteger a los países del hemisferio, el pensamiento Bolivariano era la defensa del sistema republicano y liberal en América.
 
Congreso de Paris de 1856. Finaliza la guerra turca admitida en el concierto europeo; se neutraliza el Mar negro, cerro la navegación al Bósforo y los Dardanelos al paso de los buques de guerra, la libre navegación de Danubio, se crean los principados de Moldavia, Valaquia y Serbia. Las declaraciones sobre el Derecho marítimo internacional de la abolición del corzo; el pabellón neutral cubre las mercancías, salvo el contrabando de guerra, el bloqueo debe ser efectivo para ser respetado. Condenó mediante una declaración el tráfico de negros
 
Convención de Ginebra de 1864, Congresos posteriores, Convenios y Declaraciones: Entre 1856 y 1899 hubo un gran número de congreso y conferencias que originaron lel desarrollo del acercamiento de los pueblos, la internacionalización de las relaciones, del fomento de los derechos humanos y del Derecho Internacional Humanitario. Salen una serie de declaraciones y convenciones como la de Ginebra de 1864 para mejorar la suerte de los heridos en campaña, neutralizó las ambulancias y hospitales y se ocupó de la Cruz roja. Los convenios de 1868 de San Petersburgo que prohíbe el uso de proyectiles explosivos, Conferencia de Bruselas de 1874 sobre leyes, usos y costumbre de la guerra. Tratados de Berlín neutralidad y libre navegación del Danubio. Congreso sobre África de Berlín de 1885 y la conferencia antiesclavista de Bruselas de 1890 que también se ocupó de los asuntos africanos pero mas que todo con un criterio científico.
 
El zar de Rusia impulsa iniciativas de gran importancia como lo fue la reacción abierta contra la paz armada.
 
 
 
SUJETOS DEL DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
Dr. Ramón Pacheco Sánchez
Profesor Derecho Internacional Público
 
TIPICO :   El Estado                                                                                                                                                                                   
Noción de estado :”
 La Nación jurídicamente organizada en un territorio que ejerce un poder que se llama soberanía. ( Rapsa)
 
Elementos del Estado :
·          Población:  Deutsch(6)   “Es una comunidad de significados compartidos” “ un grupo de personas que comparten hábitos complementarios de comunicación , sus miembros tienen una inteligencia común , sus seres y relaciones son comprendidos  Es multitud de individuos vinculados coerciblemente, es el orden en que caben nacionales y extranjeros , sobre el cual ejerce dominación la autoridad, gobernación y cuyos intereses administra, delimitado y definido por la comunidad espacial sobre la cual se ejerce jurisdicción.(6) 
·          Nación: Hecho sociológico e histórico de la Edad moderna, es uno de los supuestos o condiciones del Estado, en su concepción funcional, gobernación de un grupo humano. El Estado no nace espontáneamente, es hijo de la voluntad de organización de una nación. Es una decisión de unidad política, bajo un orden jurídico, adoptada por la nación Forma evolucionada de la comunidad, desarrollo de modos pre nacionales: como organizaciones tribales (clanes) ” ,” la comunidad urbana” (polis) la comunidades feudal basada en el dominio territorial.(7)
·          ( Constitucionalismo colombiano pag. 142 Luis Carlos Sáchica . Teoría francesa: de tipo formalista. Funda el asentimiento popular y la unanimidad de un grupo humano en torno a la unidad jurídica, a un cierto tipo de asociación política. Se basa en el pensamiento de Rousseau sobre la “voluntad general expresada por medio del contrato social.(Contrato Social J.J. Rousseau) 
·          Patria: Considerado como un sentimiento, como el afecto a ese concepto de nacionalidad , producto del arraigo y el afecto que se siente por la patria y la patria chica, si es preciso sacrificar la vida por ella ,así se hará por ese sentimiento patrio, del cual somos oriundos, de la que tenemos una entrañable relación afectiva , de la que somos parte entrañable,, por nuestra formación ,nuestras costumbres, el idioma, la religión y la tradición a la que está unido a nuestro pensamiento, nuestra familia y de nuestros ancestros.  
·         País: Se ha usado en muchos momentos como sinónimo de estado, nación o patria. El Estado, en muchas geografías están formados por varios países o identidades culturales, como el país de Gales, el país Vasco;   con sus propias costumbres idiomas e identidad, hay países que son de una solo estructura cultural, como hay varios países o estructuras culturales que se integran en u Estado.
Teoría Objetiva: Elcriterio para distinguir la nación es de orden material: raza, lengua, costumbres, religión, etc.
Teoría Subjetiva :está mas bien en los fundamentos psicológicos, sentimentales, culturales.
 
·         Territorio:
                Noción :“Parte del planeta tierra sobre el cual se erige el Estado y ejerce su soberanía ”
·         Formas de adquirir el territorio :
  • Originarios :
  • Conquista 
  • Descubrimiento
  • Ocupación y la teoría de la contigüidad, Régimen jurídico de las zonas polares ( ocupación efectiva es la habitabilidad)
            Uti possidetis jure, uti possidetis de facto
  • Derivados: la accesión, el aluvión, la avulsión ,la cesión , la adjudicación, la prescripción, la sucesión de Estados .
 
  • Elementos que se integran al concepto del territorio:
·         Suelo
·         Subsuelo
·         Espacio aéreo - aire
·          Orbita geoestacionaria o geocincrónica.( convención de la Luna y demás Cuerpos Celestes de 1969)
·         Derecho del Mar ( Convención del Mar Montigobay de 1984)
·         Mar territorial
·         Zona contigua
·         Zona económica exclusiva
·         Plataforma continental
·         Aguas interiores 
·         Océanos profundos
·         Alta mar
·          Soberanía: Poder. ( teóricos iniciales: Bodin y Hobbes en el siglo XVI y XVII) “aquel poder absoluto y perpetuo de una República, en donde se entiende que cada individuo se somete voluntariamente al Estado y a sus leyes; restringe su voluntad individual, con el fin de ver protegidos y asegurados los derechos de la sociedad. Hobbes) Ligados a los conceptos de independencia, autonomía, autodeterminación, capacidad jurídica de decidir y actuar, de negociar y ser sujeto de derecho y obligaciones internacionales, esto es persona jurídica del DIP.
·          Krasner la clasifica: soberanía internacional: reconocimiento mutuo que se hacen entidades territoriales que poseen independencia jurídica formal. Soberanía wesfaliana: reservada a la exclusión que hacen los actores externos en las decisiones de los estados. soberanía interna: referida esencialmente a la organización de la autoridad pública del Estado y al nivel de control efectivo ejercido por quienes detentan la autoridad. Soberanía interdependiente la relativa al control de las autoridades de los movimientos fronterizos.(Krasner Stphen D. Soberanía, Hipocresía organizada. Barcelona2001 pag. 14)
·         Interior o  inmanente: Se funda en la voluntad interna y unilateral del Estado. Se ejerce dentro de los límites del territorio, sobre sus nacionales y sus riquezas naturales.
·         Internacional:Surge de la voluntad de los Estados manifiesta bilateral o multilateralmente, a través de sus prácticas o sus acuerdos consagrados en los tratados a nivel regional o universal
·         Concibe “El Estado como una persona o individuo cuya autonomía debe ser respetada por el resto de los Estados” (Isaiah Berlin)
·         “La soberanía en sentido jurídico confiere derechos y obligaciones a los Estados, quienes gozan de autonomía e independencia para la regulación de sus asuntos internos, y pueden aceptar libremente, sin imposiciones foráneas, en su condición de sujetos iguales de la comunidad internacional, obligaciones orientadas a la convivencia pacífica y al fortalecimiento de relaciones de cooperación y ayuda mutua. En ocasiones ello puede requerir la aceptación de la competencia de organismos internacionales sobre algunos asuntos de competencia nacional, o la cesión de algunas competencias nacionales a instancias supranacionales. De conformidad con la jurisprudencia de esta Corte, tal posibilidad es compatible con nuestro ordenamiento constitucional, siempre que tal limitación a la soberanía no suponga una cesión total de las competencias nacionales.” (Corte Constitucional SC-578-02 Dr Manuel José Cepeda E.)
 
      Clasificación de los Estados
·          Unitarios: Formado por un todo indivisible, la soberanía se ejerce en todo el territorio, la legislación es para todo el territorio. Colombia es un Estado unitario ( Art.. 1º. Constitución de 1991)
  • Compuestos: El ejercicio de la soberanía no se cumple uniformemente, aparece dividida o fraccionada por existir otros entes con capacidad normativa o de poder, se ve en la unión personal y real, en las federaciones y las confederaciones.
·          Unión personal o real: Personal. Dos o mas estados se unen bajo la autoridad de una sola persona, conservando su organización política y propia legislación. Es accidental o temporal Ejemp. Países Bajos y el Gran ducado de Luxemburgo (1825-1890) Real: Aquí se dan instituciones comunes, como un parlamento o un Gabinete común a los Estados( Austria y Hungría 1867 1918, suecia Noruega 1814-1905)
  • Confederaciones : Varios estados para garantizar su mutua defensa interior y exterior se confederan, contratados de Unión, liga confederación como los que se sderon entre peru y Chile en 1822 y entre México y Centro América en 1825
  • Federaciones: Se caracteriza por haber una completa subordinaciónde los Estados respecto a la Federación, la que domina a los Estados que la integran. Posee un poder político superior a cada Estado miembro. Los Estados que la integran no tiene personería internacional independiente, esta en cabeza del poder federal.USA , MEXICO, BRASIL .
 
 
 
 
 
  • Comunidades internacionales de Naciones :
            Commonwelth Británico ( UK) Canadá, Australia, Nueva Zelandia, 
            Unión Sudafricana, India, Pakistán, Ceilán, Jamaica.
  • Territorios sometidos al régimen de administración fiduciaria: ej: Islas
Marianas, Marshall y Carolinas (SA), Mueva Guinea ( Australia) 
  • Reconocimiento de Estados y gobiernos :
  •  Teorías Constitutiva
  • Teoría Declarativa
  • De gobiernos. Teorías : Tobar, Betancourt , Estrada , Europa
  • De beligerancias
  • Estamos semisoberanos :Vasallos, Dominios, Protectorados, Mandatos
 
ATIPICOS :
 
  • Las Organizaciones internacionales( 104 y 105 carta UN)
  • La Nación
  • Estados con subjetividad jurídica internacional parcial :Landers
  • Estados con subjetividad de obrar limitada: San Marino, Mónaco
  • La Santa Sede - ciudad del Vaticano tratado de Letrán de 1929
  • La soberana orden de Malta
  • Los beligerantes o insurrectos Los movimientos de liberación nacional
  • El individuo como sujeto excepcional del DIP
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
FUENTES DEL DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO
Dr. Ramón Pacheco Sánchez
Profesor Derecho Internacional Público
Consagrados por la doctrina y por el Artículo 38 Estatutos de la Corte Internacional de Justicia
 
  • Convenios o tratados generales o especiales
  • Noción: Manifestación de voluntades de dos o mas sujetos internacionales en un documento principal o varios conexos que producen efectos jurídicos.
  • Elementos :
  • Pacta sunt servada : Cumplimiento de la obligación y de buena fe.
  •  excepciones : imposibilidad, física, moral y la “rebuc sic stantibus”.
  • Res Inter Eliot acta: Liga únicamente a quienes suscribieron el tratado.
  • Clasificación de los Convenios o Tratados:
    generales o especiales
  • Abiertos y cerrados
  • Bilaterales, unilaterales , bipartitos
  • Tratados ley Constitución
  • Tratados marco constitución
  • Según su naturaleza: constitucionales, administrativos, políticos etc
  • Interacción entre el Convenio y la Costumbres - Teorías:
  • Efecto Declarativo
  • Cristalizador 
  • Constitutivo o generador
 
  • Costumbre Internacional: Noción: Práctica, general, uniforme y regular en el tiempo de necesario cumplimiento o conciencia jurídico (juris vel necessitatis). Origen de muchas instituciones internacionales actuales. Las normas de derecho marítimo nacen de las compilaciones de los famosos Roles de Olerón del siglo XII y del Consulado del Mar. Del Siglo XIV. el Derecho consular y diplomático nace de la practica entre los pueblos .expresa la manera de ser o sentir u obrar de las gentes. GENNY los a define como “una serie bastante de hechos repetidos mediante la cual se ha establecido una práctica constante respecto a una relación de la vida social” La CIJ reconoce como normas consuetudinarias según el aparte b del artículo 38 de los Estatutos aquellas que hubieren sido aceptadas como derecho por la práctica entre estados, la cual no requiere un plazo indefinido para convertirse en costumbre internacional (.Sentencia sobre la plataforma del Mar del Norte de 1969 entre Dinamarca , Alemania y los Países Bajos.)( Citada por E. Gaviria pag. 39 DIP Edit. Temis)
  • Elementos: Practica, regular en el tiempo, general, uniforme, juris vel necessitatis
  • Conflictos entre la El tratado y la Costumbre : Reglas:1.Deben ser de la misma naturaleza, esto es universal o regional, 2. la Especial prima sobre la general, la posterior sobre la anterior, 3. salvo que se trate de una norma que tenga el caracter de “jus cogens” que prima sobre todas las demás .
  • Principios Generales del Derecho:
  • Jurisprudencia:
  • Doctrina:
  • Resoluciones generales de la Asamblea General de las Naciones Unidas
  • Actos unilaterales de los Estados :Notificación, Reconocimiento, Protesta,
     Renuncia
  • Equidad : “Ex eaquo et bono”: Función de la equidad en el DIP:
  • Infra legem
  • Preater legem
  • Contra legem
 
 
 
RELACION ENTRE EL DERECHO INTERNACIONAL Y EL DERECHO INTERNO DE LOS ESTADOS
Dr. Ramón Pacheco Sánchez
Profesor Derecho Internacional Público
 
Las relaciones jerárquicas entre el derecho interno y el internacional en caso de conflicto, exponiendo a grandes rasgos la posiciones doctrinales correspondientes.
 
  • Teoría dualista(Triepel, Anzilotti)
  • Teorías monista : Kelsen
  • Teoría Coordinadora: Miaja de la Muela, Truyol, Verdross
  • Práctica Colombiana :
  • Doctrina basada en el concepto de la Constitución ley de leyes
  •  Doctrina que acepta la prevalencia del DIP sobre el Derecho Int. C-574-92
  • Doctrina sobre el bloque de Constitucionalidad C-225-95
  • Francia: Constitución: Art. 54 Si es contraria a la constitución, su aprobación o ratificación no se dará sino después que la Constitución haya sido revisada. 
  • Art. 55 los Tratados tendrán un autoridad superior a las leyes
  •  España: Constitución: Art.95 la celebración de un tratado internacional que contenga estipulaciones contrarias a la Constitución exigirá la previa revisión constitucional.
  • Federación Rusa: Constitución: Art. 15.4. “Los principios y normas del DIP generalmente reconocidos y los tratados internacionales de la Federación Rusa, forman parte de su sistema jurídico. Si un tratado Internacional se establecen reglas distiendas a la prevista en una ley, se aplicarán las reglas del Trato internacional”
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
LA RESPONSABILIDAD INTERNACIONAL DE LOS ESTADOS Y DE LAS ORGANIZACIONES INTERNACIONALES :
Dr. Ramón Pacheco Sánchez
Profesor Derecho Internacional Público
 
Fuentes de la responsabilidad de los Estados :
  • Usos y costumbres
  • Convenios o tratados internacionales
  • El derecho interno de los Estados
  • Proyecto de codificación deformas de la Comisión del DI de ONU:
  • Responsabilidad del Estado por hechos internacionales ilícitos
  • Noción :
  •  La responsabilidad internacional:
  • 1. La existencia de un acto u omisión que viole una obligación prevista en una norma internacional vigente entre el estado responsable del acto u omisión y el Estado perjudicado por tal acto u omisión.
  • 2. El acto ilícito debe ser imputable al Estado como persona jurídica
  • 3. Debe haber producido un perjuicio o daño como consecuencia del acto ilícito.
  • Clases de daño :
Material o pecuniario
Daño Moral
           Daño sobre bienes jurídicos
  • Efectos de la reparación:
Se condene a pagar como indemnización por los daños causados
 
  • Clases de reparación :
  • La restitución
  • La indemnización
  • Satisfacción
 
  • Clases de responsabilidad :
  • Directa:
      El comportamiento de cualquiera de los Órganos del Estado: Ejecutivo, 
           Legislativo , Judicial
  • Indirecta:
Cuando el Estado responde por daños causados con violación de las normas internacionales cometidos por otro Estado. Por otros personas por denegación de justicia.
 
  • Fundamentos jurídicos de la responsabilidad del Estado
 
Responsabilidad objetiva: El Estado es responsable por el solo hecho de haberse infligirse daño a la persona o haberse violado la norma de derecho internacional.
Basta probar: 1. Que se hay causado el daño, 2. Que existe un nexo de causalidad entre el daño y el agente 3. Que hay violado una norma de derecho internacional.
 
 
Responsabilidad Subjetiva: No se basa únicamente en el hecho de haberse producido el daño y que existe un nexo de causalidad entre éste y el agente , sino que debe establecerse si el daño se produjo como consecuencia de la acción gravemente culposa o dolosa de los Agentes u órganos del Estado .
 
  • Circunstancias excluyentes de la ilicitud:
 
  1. Consentimiento
  2. Contramedida
  3. Fuerza mayor y caso fortuito
  4. Peligro extremo
  5. Estado de necesidad
  6. Legítima defensa

Protección diplomática:
 
Noción: El estado hace suyas las reclamaciones de sus nacionales cuando quiera que se haya inferido daños o lesiones su sus personas o a sus bienes. Es potestativa no obligatoria.
 
  • Requisitos :
  • Que tenga la misma nacionalidad del Estado reclamante
  • Agotamiento de recursos internos.
  • Que el reclamante haya observado una conducta limpia
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

 
WEBSITE PERSONAL  
  Información relacionada con mi ejercicio profesional como abogada y docente de las asignaturas de Región Y Contexto Caribe y Teorías Constitucionales.  
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